Parecieron en forma de Cabildo los Oficiales de República del pueblo de San Antonio Tepetlán, nombrados en esta escritura, quienes otorgan poder a don Vicente Agudo, vecino del pueblo de Naolinco, para que defienda a su pueblo de todos los pleitos que tenga o tuviere con cualquier persona o comunidad, haga pedimentos, alegaciones, escritos y demás que sea necesario, compareciendo ante las autoridades correspondientes, por lo que se le da éste con libre y general administración y con facultad de sustituir.
El Gobernador Domingo Jiménez, primer Alcalde, Nicolás Vázquez, junto con otros Oficiales y naturales del pueblo de Santa María Asunción Misantla, otorgan poder a Vicente Agudo, vecino de esta cabecera, para que en sus nombres cobre todas las cantidades de pesos, plata, oro, que les adeuden y si por dichas cobranzas se ofreciere contienda de juicio, haga todos los actos, autos y diligencias jurídicas que se ofrezcan.
Nicolás Pérez, Domingo Reyes, Manuel Pérez, Tomás Antonio Huesca, Luis José Barradas y José Patricio Fernández, vecinos del pueblo de Naolinco, en nombre y representación del vecindario de razón de Naolinco, compuesto por: José de Acosta, Manuel Fernández, Julia Cueva, Manuel Antonio, Nicolás Barrera, Antonio de Zárate, Mariano Cayetano Dorantes, José Bruno de Acosta, Joaquín Sayago, Antonio Gómez, Joaquín de Aguilar, Manuel Márquez y Nicolás de Aguilar, otorgan poder general a don Vicente Agudo, de aquella propia vecindad, para que a nombre de dicho vecindario pida, demande, reciba y cobre de manera judicial y extrajudicial a cualquier persona, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, mercaderías y efectos que les deban, así como para seguir cualquier litigio, donde demande, pida y haga ejecución, mejoras, juramentos y demás diligencias judiciales y extrajudiciales.
Don José Mariano de Acosta, don José María Casas, don Agustín de Agudo y demás que se mencionan, vecinos de razón del pueblo de Naolinco, otorgan poder general en primer lugar a don Juan José Domínguez y en segundo a don Vicente Agudo, para que en nombre y representación de ese vecindario cobre todas las cantidades que se les deban o debieren, así también para que administren todos sus bienes, y para que en razón de dichas cobranzas los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares.
Don Felipe Nicolás de Acosta, vecino de Naolinco, otorga poder a don Vicente Agudo y a sus hijos Francisco de Acosta y José Mariano de Acosta, para que lo defiendan de todos los pleitos, pareciendo ante las autoridades correspondientes y hagan los requerimientos, alegaciones, citaciones, sigan juicios, litigios, artículos, y demás que sea necesario, por lo que se le da éste con libre y general administración y con facultad de sustituir.
Antonio Domínguez y Enrique Antonio Sandria, naturales y vecinos del rancho de las Ánimas, en Jurisdicción de la Antigua Veracruz, por sí y presentando voz y caución por Serapio Galindo, de la misma vecindad, otorgan poder general a don Vicente Agudo para que demande, perciba y cobre judicial y extrajudicialmente de cualquier persona las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante; así para que los defienda en todos los pleitos, causas y negocios.
Alonso Pérez, Gobernador, Jerónimo Francisco, Pedro Pablo, Pascual Francisco y Juan Rodríguez, Alcaldes, junto con los demás Oficiales del pueblo de San Pedro Tonayán, otorgan poder a Vicente Agudo, para que en sus nombres siga los pleitos que tengan o tuvieren con cualquier persona o comunidad.
Don José Albino Muñiz, residente en esta Villa, otorga poder a don Vicente Agudo, vecino del pueblo de Naolinco, para que en representación de su persona demande y perciba de cualquier persona las cantidades de dinero, joyas, esclavos y demás que le deban, así como en todos los pleitos, causas civiles y criminales que tenga, por lo que se le da este con libre y general administración.
Antonio Jerónimo Álvarez, labrador y vecino del pueblo de Naolinco de esta jurisdicción, otorga poder especial a don Vicente Agudo, vecino de dicho pueblo, para que en su nombre haya, demande, reciba y cobre a quien con derecho deba la parte que le toca de herencia como descendiente por vía recta del Capitán don Manuel de Acosta.
Don Antonio Gaspar de Acosta, vecino del pueblo de Naolinco, otorga poder a don Lucas José Barradas y a don Vicente Agudo, para que se encarguen de todos los pleitos que tenga o tuviere, compareciendo ante el Rey, su Real Audiencia y en los demás Tribunales, para que pongan demandas, pedimentos, protestas, presentando testimonios, documentación y demás que sea necesario, por lo que se le da éste con libre y general administración y con facultad de sustituir.