Doña María Manuela, doña María Josefa, don Martín y doña Juana Ortiz, hermanos enteros, mayores de veinticinco años, la primera casada con don Lorenzo W. Benjamín, quién le concedió licencia para el otorgamiento de este instrumento, y en unión de los demás hermanos, otorgan poder especial a don Francisco González, vecino y del comercio de esta villa, para que en sus nombres perciba y cobre judicial o extrajudicialmente del Ilustre Ayuntamiento de esta villa, la cantidad de 4 500 pesos de principal que les adeuda y gran parte de los premios devengados al respecto de un de 5 por ciento, valor en que su difunta madre, doña Andrea Morales, le vendió la casa que hoy sirve de hospital de mujeres y recogidas, por el monto de nuestras hijuelas paternas que en ella les reconocía al adjudicarle la casa en la división de los bienes, y lo mismo para el reintegro de los demás premios que se devénganse hasta la real y efectiva paga.
Sem títuloComparecieron, por una parte, la señora María Julia Hermenegilda López y Morales, con Teodoro Jiménez, su esposo, ella con licencia marital y por la otra, las señoras doña María Josefa Ortiz y doña Gertrudis Rodríguez Guevara, todos vecinos de esta ciudad, dijeron que el finado don Santiago López dejó instituidas herederas de sus bienes a las nominadas señoras Ortiz y Rodríguez Guevara. Que la señora Julia creyéndose con derecho a esa herencia, nombró apoderado para que reclamase dicha herencia; y con esta investidura el Licenciado don Sebastián Camacho trató confidencialmente el asunto con don Francisco González, representante de las herederas. Y que, habiendo sido el resultado de las conferencias entre ambos apoderados la transacción, estando de conformidad las interesadas con el convenio han venido en acreditarlo por medio de la correspondiente escritura pública. Por tanto, las nominadas señoras doña María Josefa Ortiz, doña Gertrudis Rodríguez Guevara y doña María Julia Hermenegilda López, otorgan que ratifican el convenio celebrado por sus respectivos apoderados, a quienes dan las gracias, por el afán con que influyeron a evitar la ruina que causaría un litigio, consienten y pasan por dicho convenio o transacción según y cómo queda explicado; así mismo quieren se tengan por transigidas, fenecidas y acabadas todas las diferencias o reclamos que sobre el asunto. Y, en consecuencia, la señora María Julia López se da por entregada de los 60 pesos que se expresan en el referido pacto; y formaliza el recibo a favor de don Francisco González y de las señoras sus representadas.
Sem títuloManuel Ortiz, marido legítimo de Polonia Montiel, la cual fue criada en casa de la difunta María Josefa Ortiz, viuda de José Modesto Montiel, junto con Francisca Ortiz, por lo que habiendo fallecido Josefa Ortiz, les dejó un solar de 24 varas de frente y 60 varas de fondo, el cual venden a Pedro de Zárate, vecino del pueblo de Naolinco, y que linda al poniente con la calle de la estación, al oriente con Marcos Ramón, al norte con solar que fue de Bartolomé Zurita, y al norte con solar de Salvador Hernández, al precio de 62 pesos 4 reales.
María Josefa Ortiz, viuda, albacea y heredera del Alférez don José Modesto Montiel, con poder para testar del difunto don Alonso de la Barrera, en compañía de don Miguel Pérez, realizan testamento del citado Barrera, en donde por muerte de dicho Montiel, María Josefa Ortiz quedó como albacea del citado Barrera, el cual nombró como herederos a Juana Barradas, su legítima esposa, junto con su hijo Alonso.
El Bachiller Francisco Lagunas, doña María Lagunas, doña Nicolasa Lagunas y don Juan Antonio de Lagos y Arbide, tutor de Antonio Manuel Lagunas, hijos y herederos del difunto Pedro Lagunas, venden a don Juan José de Acosta, marido de doña Ana Lagunas, una casa de piedra, lodo, rajas de cal, cubierta de madera y teja, la cual mide 19 varas de frente y 62 varas de fondo, linda al norte con la Plaza Pública del pueblo de Naolinco, al poniente con casa y solar de Domingo Lagunes, al sur con solares de José Gabriel Zurita y Juana Feliciana Rodríguez, y al oriente con casa y solar de doña María Josefa Ortiz, viuda de don José Modesto Montiel, la venta la hacen al precio de 500 pesos.
Juan del Moral, vecino de este pueblo de Naolinco, vende a María Josefa Ortiz, viuda del Alférez don José Modesto Montiel, vecina de este pueblo, un pedazo de solar en este pueblo de Jalapa, que mide 24 varas de frente y 60 varas de fondo, el cual linda al poniente con la Calle de la Estación y Marcos Ramos, al oriente con solar de Bartolomé Zurita, al norte con solar de Salvador Hernández, dicha venta la hace en la cantidad de 62 pesos y 4 reales.
Don Francisco González, apoderado de doña María Josefa Ortiz y doña Gertrudis Rodríguez Guevara, en unión del ciudadano Alejandro Vázquez, albacea de Santiago López; solicita se eleve a testamento nuncupativo el que antes de fallecer otorgó don Santiago López en presencia de testigos, el día 18 de mayo de 1832 en esta ciudad, en el cual don Santiago López declara ser natural de Perote y vecino de esta ciudad, hijo legítimo de don Santiago López y de doña María de la O Rodríguez, difuntos; asimismo, declara fue casado con doña Matiana Morales, difunta, en cuyo matrimonio procrearon a José Narciso, que también falleció; declara por bienes una casita situada en la calle del Hospital de Mujeres; nombra como herederas a sus sobrinas doña Gertrudis Rodríguez Guevara y a doña María Josefa Ortiz, y como albacea a don Alejandro Vázquez. Para que la memoria otorgada por don Santiago se eleve a testamento nuncupativo, don Francisco González solicita se sirva mandar que don José Antonio Franceschi y Castro, don José Joaquín Martínez y Vázquez, don Paulino Mejía, don Matías Hernández y don Justo Muñoz, el Presbítero José Ignacio Ibáñez y Domingo Rica, testigos de cuando Santiago López otorgó su memoria testamentaria, den su declaración y respondan a algunas preguntas respecto a dicha memoria del difunto. Asimismo, suplica se sirva ayudar como pobre a la señora Rodríguez Guevara por serlo de notoriedad. Y tras la declaración de testigos y la presentación de otras pruebas solicitadas por el Juez Licenciado Antonio María de Rivera, el alcalde de segunda nominación de Xalapa, declara por testamento nuncupativo la memoria hecha por Santiago López.
Sem títuloDoña María Josefa Ortiz, viuda de don José Modesto Montiel, vecina del pueblo de Naolinco, declara que el 20 de febrero de 1740, junto con su difunto esposo se otorgaron poder para testar, por lo que ahora realiza testamento del citado Montiel, en donde declara, fue nombrada albacea y heredera de los bienes de ambos.
Doña María Josefa Ortiz y doña Gertrudis Rodríguez Guevara, de esta vecindad, mayores de edad, libres de matrimonio y patria potestad, otorgan poder a don Francisco González, de este comercio, ambas especial y doña Josefa general, para que en sus nombres haga valer el testamento nuncupativo que ante cinco testigos otorgó don Santiago López el 18 de este mes, en el cual instituyó a las comparecientes únicas y universales herederas, promoviendo la acción real llamada hereditaria, que las competen para que la justicia las ponga en posesión de los bienes del testador, consistentes en una casita deslindada en la cláusula cuarta de dicha disposición. Por otro lado, doña María Josefa Ortiz le otorga poder general para que administre todos sus bienes.
Sem títuloDon Francisco González, de esta vecindad, como apoderado de doña María Manuela, doña María Josefa, don Martín, y doña Juana Ortiz, otorga que tiene recibidos del regidor don Juan Franco, como comisionado del Ayuntamiento de esta villa, la cantidad de 4 500 pesos y sus correspondientes premios, en varias partidas. Siendo la última, un libramiento de 300 pesos, cuya cantidad a depósito irregular conocía a favor de los citados, valor en que se vendió la casa que hoy sirve de hospital de mujeres y recogidas, por la madre doña Andrea Morales. De cuya cantidad, entrega carta de pago y cancelación.
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