Doña Isabel de Arrieta, mujer del Alférez don Juan Bautista Andreu, vende a doña Mariana de Campo, mujer de don Francisco Javier Yáñez Remusgo de Vera, vecinos del pueblo de Jalapa, unas casas de piedra y lodo, con rajas de cal cubiertas de madera y tejas, construidas en un solar que mide 50 varas de frente y 50 varas de fondo, linda al oriente con callejón que sube del Convento del padre San Francisco, al poniente con la Calle del Ganado, al norte con casa y solar de los herederos de Domingo de Cueva y al sur con casa y solar de Juan Rangel, al precio de 350 pesos .
Don Francisco Javier Yáñez Remusgo de Vera, natural de San Agustín Tlaxco, vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de los difuntos don Cristóbal Yáñez de Vera y doña Isabel de Huerta, realiza testamento, en el cual nombra como albacea y heredera a doña Mariana de Campo, su legítima esposa.
Don Francisco Javier Yánez Remusgo de Vera y doña Mariana de Campo, casados y vecinos de este pueblo de Jalapa, se obligan a pagar a don Antonio de Pobas, mercader y vecino de este pueblo de Jalapa, la cantidad de 100 pesos, que recibieron en calidad de préstamo, y que son para terminar la construcción de una casa, misma que entregarán al dicho señor Pobas para que la rente y de lo que obtenga de dicha renta, se liquide el citado adeudo.
Doña Mariana de Campo, española vecina del pueblo de Jalapa, viuda de don Francisco Javier Yáñez Remusgo de Vera, hija legítima de don Francisco Miguel de Campo y doña Gertrudis de Neira Claver, difuntos; otorga en calidad de donación al Bachiller Antonio Mateo Ortiz de Zárate, el rancho y tierras nombrados San Sebastián Maxtatlán
Doña Mariana de Campo, viuda, albacea y heredera de don Francisco Javier Yáñez Remusgo de Vera, vecina del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción, para que pague las cantidades de réditos que se deben a los herederos de don Antonio de Herrera, a favor del cual se hipoteco una casa que el difunto Francisco labró de cal y canto de altos, techada de tejas en su sitio correspondiente, que linda al norte con la Calle Real que sale de esta plaza hacia el Camino Real de la Veracruz, al oriente con casas y solar de Manuel de Villa Pinto, al sur y poniente con casa de don José de la Calle, en la cantidad de 250 pesos.
Javier Yánez de Vera, hijo de los difuntos Cristóbal Yánez de Vera y de Isabel Durán de Huerta, otorga poder para testar a Mariana de Campo, con quien esta casado y a la cual nombra heredera universal\r\n
Doña Mariana de Campo, viuda, albacea y heredera de don Francisco Javier Yáñez Remusgo de Vera, vende a la Archicofradía del Santísimo Sacramento y en su nombre al Capitán y Mayordomo Alonso de Alba, una casa que linda al norte con casas de don Laureano Fernández de Ulloa, Calle Real en medio, al oriente con casas de don Manuel de Villa Pinto, al sur con patio de la casa de José de la Calle y al poniente con casa de José de la Calle, al precio de 1, 300 pesos.
El Licenciado don Ignacio Javier de Campo, Clérigo Presbítero Domiciliario del obispado de Puebla, don Juan Francisco de Campo, don Tomás de Campo, don Antonio Laureano de Campo y doña Mariana de Campo, mujer legítima de Francisco Javier Yánez Remusgo de Vera, venden una casa a don José de la Calle, cargador matriculado de la última flota que vino de España, por la cantidad de 2,400 pesos más un solar ubicado en la calle llamada de “La Caridad”.
El Bachiller don Ignacio Javier de Campo, Clérigo Presbítero, domiciliado del obispado de Puebla, declara a favor de doña Mariana de Campo, por la compra que realizó su difunto marido don Francisco Javier Yánez Remusgo de Vera, a su cuñado de un pedazo de solar por la cantidad de 130 pesos, asegurando el declarante que el pago se realizó al momento de la compra.
Doña Mariana de Campo, viuda, albacea y heredera de don Francisco Javier Yáñez Remusgo de Vera, vecina del pueblo de Jalapa, otorga en arrendamiento a don José Sanchinel, vecino de este pueblo, una casa de piedra y cal, cubierta de teja con sus altos, ubicada en la Calle Real de este pueblo y casas de don Laureano Fernández de Ulloa, por espacio de 7 años al precio de 2 pesos de oro común.