El Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, hijo del otorgante, Clérigo de Menores Ordenes, residente en esta villa, para que en su nombre haya, demande, reciba y cobre de doña Antonia de Aguilar, vecina y labradora de la jurisdicción de Guaxocinco [Huejotzingo], 1 200 pesos de oro común en reales que le debe por escritura que a su favor otorgó, más la cantidad de pesos de las costas de pleitos que se han seguido sobre la cobranza, las cuales está obligada a pagar como consta en autos del litigio. Y si doña Antonia de Aguilar no hiciera la paga puntual, pase a rematar la finca ejecutada, como está mandado por despacho de los señores de la Real Audiencia de esta Nueva España, haciendo la posturas o posturas que a bien tuviere y siendo necesario, nombre a los valuadores para que tasen dicha finca y admita cualesquier remate en su nombre.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOHUEJOTZINGO, JURISDICCIÓN DE
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MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0021
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Unidad documental simple
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1702/04/19
Parte de Archivo Notarial de Córdoba
MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0070
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Unidad documental simple
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1701/10/05
Parte de Archivo Notarial de Córdoba
Don Francisco de Meza y Mendoza, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario en ella y su jurisdicción, por Su Majestad, otorga poder al Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, su hijo, Clérigo, residente en esta villa, para que en su nombre cobre de doña Antonia de Aguilar, vecina y labradora de la jurisdicción de Guaxocingo [Huejotzingo], la cantidad de 1 200 pesos de oro común en reales, que la susodicha le debe y obteniendo dicho monto, otorgue cartas de pago y por defecto de no pagar, pase a remate la finca ejecutada como está mandado por despacho de la Real Audiencia de esta Nueva España y en caso que la susodicha quisiera imponer y cargar los 1 200 pesos, admita y acepte en su nombre la escritura de obligación.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO