Don José Simón de la Portilla [Cabello], Teniente de Granaderos de la Milicia de las Tres Villas, de esta vecindad, otorga poder especial a don Mariano Chanin, Agente de Negocios de la Capital de México, para que en su representación pueda otorgar escritura a favor de don José Gutiérrez de Cubas, vecino de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, por la cantidad a que ascienda el real derecho del desagüe de Huehuetoca, que debe satisfacer en dos años, por cuyo tiempo ha celebrado contrato de abastecer a este vecindario de carnes de toro, vaca y novillo, por lo que se le da éste con libre y general administración.
HUEHUETOCA, DESAGÜE DE
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Don Francisco Pérez de Arellano, vecino de la Jurisdicción de la Antigua Veracruz, informa que por subasta publica y remate de abasto de carnes de esta cabecera, se obliga a dar 6 libras de toro o novillo por un real y 22 onzas de carnero por otro real en esta cabecera, en sus Ramos a 4 libras de toro o novillo por un real y de carnero 22 onzas, nombrando como fiadores al Capitán Juan Antonio de Zavalza y a don Laureano Fernández de Ulloa, vecinos del pueblo de Jalapa, quienes se obligan a pagar 100 pesos anuales para la obra del desagüe de Huehuetoca, 35 pesos anuales al Sargento Mayor de este Obispado, dar la limosna un real de carne todos los días de carnal al convento de San Francisco y otro real de carnero para los pobres todos los días.
Don Antonio Matías Rebolledo, vecino del pueblo de Coatepec, otorga poder especial a don Bernardo de Palacios, vecino de la Ciudad de México, para que parezca en el Superior Gobierno de este Reino presentando el testimonio del remate del abasto de carnes de esta Villa, que se celebró por el ilustre Ayuntamiento en 18 del corriente, y satisfaciendo el derecho que a dicho abasto le esta regulado, para la obra del Real Desagüe de Huehuetoca, pida y suplique al Excelentísimo Señor Virrey se sirva confirmar dicho remate.
Don Antonio Matías Rebolledo, vecino del pueblo de Coatepec, otorga poder a don Juan de Arredondo, Agente de Negocios de la Real Audiencia, para que en su nombre parezca en el Gobierno y demás Tribunales que sean necesarios, con el efecto de purificar la cantidad que se le regule de la tabla de abasto de carnes de dicho pueblo y de los ramos de la tabla de esta villa, que se regule el derecho del real desagüe de Huehuetoca, y además perciba lo que se le regulare, por lo cual entregará recibos correspondientes.