Don Leonardo Mateos Navarro, dueño de hacienda de hacer azúcar de este distrito, vecino y del comercio de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, en él consta que, en la ciudad de la Puebla de los Ángeles en 31 de julio de este año, don Juan Agustín Urresola, vecino y del comercio de dicha ciudad, en virtud de poder, como principal, y el Capitán don Ambrosio Gómez del Corro, vecino de ésta, residente en aquel entonces en dicha ciudad, como su fiador y principal pagador, celebraron instrumento en el que manifiesta haber recibido de doña María Ana y de doña Ana María Rodríguez de Vargas, y por mano de don Martín Alberto de Bertodano, vecino de dicha ciudad, tutor y curador ad bona de las referidas, su tío, la cantidad de 5 000 pesos, 4 000 de ellos pertenecientes a la citada doña María Ana y los otros 1 000 a la expresada Ana María; los cuales se obligaron a pagar a las citadas en el plazo de cinco años y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento, y para asegurar el pago hipotecaron las haciendas de hacer azúcar que posee en esta jurisdicción nombradas San José de las Lagunas y San Francisco Toxpan.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOHACIENDA SAN JOSÉ DE LAS LAGUNAS
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Juan García de Malabear, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de fabricar azúcar en su jurisdicción nombrada San José de las Lagunas y San Francisco Tospan [Toxpan], hizo exhibición de una copia testimoniada de una escritura otorgada en 3 del corriente mes para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que don Leonardo Mateos Navarro, dueño que fue de las referidas haciendas, por escritura otorgada en la ciudad de México en 28 de septiembre de 1762 se obligó a reconocer sobre ellas con obligación de réditos, el principal de 3 000 pesos en favor de la obra pía de dotar huérfanas que fundó el Capitán don Manuel Fiallo en el Colegio de los Ex Jesuitas de la ciudad de Oaxaca, y que en consecuencia de haber pasado al referido don Juan García el dominio de las mencionadas haciendas, en virtud de remate que de ella se le notificó; y por tanto en la citada escritura otorgada por el susodicho, se obligó a reconocer sobre las referidas sus haciendas, sus fábricas, esclavos, cañas, ganados y demás pertenencias, los cuales se obligó a pagarlos a don José Moreno, Tesorero de la Santa Cruzada y Mayordomo del ilustrísimo señor obispo, y en el ínterin sus correspondientes réditos de 5 por ciento, y para seguridad del principal y réditos hipotecó las expresadas haciendas.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO