El Presbítero don José Vicente de Espino y don José María Grajales, vecinos de la hacienda de la Orduña y dicha ciudad, dijeron que el primero como curador ad bona del menor don Francisco Ciriaco de Espino, dio poder especial a don Juan Nepomuceno de Urquía, para que cobrara judicial o extrajudicialmente de don José María Grajales la tienda que éste tiene a su cargo en la expresada hacienda, y que en parte corresponde al citado menor por haberle adjudicado en pago parcial de la legítima que le tocó, al dividirse los bienes de su difunto padre don Guillermo de Espino. Y habiendo demandado ante el juez de letras de este cantón a Grajales, enterado de todo don Francisco de Espino, suplicó a su curador no llevase adelante el pleito en virtud de ser dudoso su buen éxito, de versarse entre miembros de una misma familia y de no hallarse dispuesto a encargarse de dicha tienda, caso que Grajales fuera condenado a entregarla. Por lo cual, otorgan que transigen las pretensiones instauradas, ajustándose, conviniéndose y conformándose en los artículos que se mencionan en esta escritura, entre los cuales destacan: Primero, el día quince del presente mes entregará Grajales al Presbítero don José Vicente de Espino los géneros que éste designe y sean suficientes para cubrir los 2 051 pesos un real 7 y medio granos que corresponden al menor don Francisco. Segundo, los géneros expresados serán de los que haya en la tienda de don Francisco Lerdo de Tejada, y si esto no pudiese completar el surtido que pida el curador, se sacará el resto de la tienda de don Antonio José Peredo. Entre otros artículos que se mencionan.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOHACIENDA LA ORDUÑA
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José Atanasio Hernández, vecino del pueblo de Coatepec, se obliga a pagar al Capitán don José de Arias, dueño y poseedor de la Hacienda La Orduña en esta jurisdicción, la cantidad de 900 pesos que por hacerle bien y buena obra le ha prestado para habilitar su tienda, liquidándola dentro de un año. Para seguro de la deuda hipoteca una casa ubicada en la esquina de la plaza de dicho pueblo de Coatepec.
Don José Vicente de Espino, vecino de la Orduña y actualmente en esta ciudad, dijo que don Guillermo de Espino, vecino y del comercio de ésta, falleció bajo disposición testamentaria que otorgó en esta ciudad el 8 de diciembre de 1828 ante el ciudadano José Fernando de la Peña, Alcalde interino de primera nominación, en el cual nombró al compareciente como tutor y curador de sus menores hijos, José María, Francisco y María Manuela [de Espino y Soria]. Asimismo, dijo que al menor Francisco Ciriaco de Espino y Soria, hijo de don Guillermo, le corresponde cierta cantidad de pesos que consisten en el valor de la tienda de la hacienda de la Orduña, y no habiendo el compareciente logrado que le entregasen a dicho menor el valor de la tienda para que la gozase, ha determinado instaurar juicio de petición de herencia conforme a las leyes, por lo cual, otorga poder especial a don Juan Nepomuceno de Urquía, de esta vecindad, para que en su nombre y en representación de los derechos de dicho menor, demande, reciba y cobre de don José María Grajales, la expresada tienda con cuanto a ella le es anexo, como porción hereditaria de dicho menor, haciendo que a éste se le ponga en posesión y se le adjudique en debida forma.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODon Guillermo de Espino, vecino y del comercio de esta villa, labrador en su cantón, natural de San Luis Huamantla, hijo de don Jerónimo de Espino y de doña Isabel Josefa Apresa, difuntos. Por la presente, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda se entreguen 500 pesos a su hermana doña María Isabel de Espino. Declara fue casado con doña María Josefa Soria, quien no trajo nada a su poder y él tendría alguna cortedad, de cuyo matrimonio le quedaron tres hijos José María, Francisco Ciriaco y María Manuela de Espino y Soria. Señala que hace once años pasó a segundo matrimonio con doña María Francisca Peredo, quien llevó a esta alianza 170 pesos en dote. Por bienes declara, dos casas contiguas que posee en el pueblo de Coatepec, frente al curato y misma que compró en almoneda pública y con dinero que pasó a su poder por fallecimiento de su primera esposa. Menciona que cuando se casó por segunda vez él tenía 7 000 pesos y de este matrimonio procrearon a Francisco Mariano y Guadalupe Braulia de Espino y Peredo. Declara que el día 10 de septiembre actual, su esposa compró a doña María Luisa de Castro y de Guevara una casa en esta villa, que hace esquina a las calles de San Francisco y del Ganado, en 3 000 pesos al contado y mitad de alcabala y escritura con dinero de la pertenencia de él, cuya finca es su voluntad la disfrute su citada esposa. Por más bienes suyos declara: tres casas, una ubicada en la calle de los Ingenios, otra en la calle de San Cristóbal, y la otra en la calle de San Francisco. Una tienda mestiza en la hacienda de la Orduña, otra en la calle Principal de esta villa, con otra de ropa contigua que desde 1819 tiene en compañía de su hermano político don Antonio José Peredo con el principal y condiciones que constan en papel firmado. También reconoce por suyas, unas mulas aparejadas que tiene en la Orduña, tres o cuatro solares eriazos en el pueblo de Coatepec, con ropa de su uso y ajuar de casa y lo demás que constará por sus albaceas. Cumplidas todas las mandas que carga a su quinto y las deducciones, y el tercio que sufra el tercio de sus bienes, de lo que sobrare lo destina en favor de su hija doña María Manuela de Espino y Soria. Nombra por sus albaceas a doña María Francisca Peredo, su esposa, a su hermano el presbítero don José Vicente de Espino y a su hermano político don Antonio José Peredo. Nombra por herederos a sus cinco hijos. Nombra por tutor de los hijos de su primer matrimonio, a su hermano el presbítero don José Vicente de Espino y a los del segundo, a su hermano político don Antonio José Peredo.
JOSÉ FERNANDO DE LA PEÑA, ALCALDE INTERINO DE PRIMERA NOMINACIÓN