Don Juan Contreras, vecino de esta Villa, como principal, y Juan Contreras, su hijo, vecino de Coatepec, como su fiador, dijeron que el Capitán don José de la Fuente, de esta vecindad, como arrendatario de los diezmos de esta Villa y sus ramos, le ha subarrendado al primero los diezmos del presente año de 1801 y 1802 de los parajes siguientes: Jalcomulco, Alxoxuca, Hacienda de Tuzamapa, cuyo lindero de su pertenencia es la cerca de Tuzamapa para Tepeapulco hasta Plan del Río, perteneciendo a este arrendamiento el Trapiche de don Fernando Bárcena y el Ingenio Chico. Lo subarriendan por 1 000 pesos anuales.
HACIENDA DE TUZAMAPA
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Don Manuel Enríquez, vecino de la ciudad de Los Ángeles y residente en Jalapa, con poder especial del Doctor Rafael María de Gorospe, Canónigo de la Santa Iglesia Catedral de dicha ciudad, en sustitución del Licenciado Francisco Javier de Gorozpe Yrala y Padilla, Abogado de los Reales Consejos y residente en la Real Villa y Corte de Madrid, otorga en arrendamiento a don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino de Jalapa, la hacienda nombrada San Juan Baptista Tuzamapa, ubicada en la jurisdicción de Jalapa, por el periodo de 6 años con una paga de 3, 500 pesos y 200 borregos en cada año, bajo las condiciones que se suscriben.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa y don Ambrosio de la Torre, vecinos de Jalapa, declaran que el primero tiene tomado en arrendamiento la hacienda y trapiche nombrado Tuzamapa ubicado en la jurisdicción de Jalapa, por lo cual ha tratado con el segundo que arrienden en compañía la citada hacienda y trapiche, por espacio de 5 años, con las obligaciones y condiciones a que se sujetan.
Los dueños de las haciendas e ingenios de azúcares nombrados Pacho, la Orduña, Tuzamapa, Lencero y San Miguel Almolonga, don José Miguel de Iriarte y Lezeta, el Capitán José Arias y Torija don Francisco Javier Gorospe Irala y Padilla, don José Antonio de la Madrid y Lobiano, compañero de don Baltazar Ruiz Fernández, y don Lino Carasa Jiménez, todos vecinos de esta jurisdicción, otorgan poder especial al Licenciado José Suárez de la Cueva, Abogado de la Real Audiencia de la Nueva España y vecino de México, para que en nombre de los referidos se presente en la Corte de México en prosecución de la instancia que tienen promovida ante el cabildo de esta Villa, con cuantas cláusulas y facultades necesite para que haga todo lo necesario a favor de sus dependientes.
Don Juan Nepomuceno Torquemada, vecino de este pueblo, otorga poder a don José de Segura, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su representación reciba y demande de los bienes, albaceas y demás del difunto don Diego José de Gorospe Irala y Padilla, dueño de la hacienda de Tuzamapan.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino y del comercio de Jalapa, otorga poder al Licenciado don Mariano de Enciso, Regidor de la Ciudad de la Puebla, para que en su nombre pueda convenir con el Licenciado don Francisco Javier de Gorozpe Yrala y Padilla, vecino de la misma ciudad, todas y cualesquiera diferencias que tienen pendientes en el pleito que siguen en el juzgado, en razón del arrendamiento que se le celebro y de que tiene hecha suelta y dejación de su Hacienda y Trapiche de Tuzamapa, y sobre la ejecución verificada en sus bienes por la renta vencida del cuarto anual, con tal de que se le rescinda dicho arrendamiento con abono de las mejoras y gastos que en beneficio de dicha hacienda hizo.
Don José Arias y Torija, dueño y poseedor de la Hacienda y Trapiche San Pedro Buenavista en esta jurisdicción, otorga poder a don Francisco Javier Fernández de Ulloa, del comercio de este pueblo de Jalapa, y por su falta en segundo lugar al Licenciado don Mariano de Enciso, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y Regidor de la Nobilísima Ciudad de los Ángeles, para que en razón de la transacción y concierto que sobre la rescisión del arrendamiento de la Hacienda de Tuzamapa va a tratar dicho don Francisco Javier Fernández de Ulloa con el Licenciado don Francisco Javier de Gorospe Irala y Padilla, vecino de la misma ciudad, lo obligue como su fiador.
El Doctor don Rafael María de Gorospe, Canónigo de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla de Los Ángeles, con poder de su hermano el Licenciado Francisco Javier de Gorospe, residente en la villa y Corte de Madrid, otorga en arrendamiento a don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino de Jalapa, la hacienda de labor y trapiche nombrada Tuzamapa, ubicada en la jurisdicción de Jalapa, junto con la trasquila de ovejas nombrada San Nicolás, ubicada en Tierra Fría, por el periodo de 6 años con una paga de 3, 500 pesos de oro común y 2 borregos cuando suban a trasquilarse.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino del pueblo de Jalapa, con escritura de arrendamiento otorgada por don Manuel Enríquez, como apoderado sustituto del Licenciado Francisco Javier de Gorozpe Yrala, de la hacienda de Tuzamapa y la hacienda de Ovejas en Tierra Fría, quien la arrendó por el tiempo de 6 años, con una paga de 3, 500 pesos y 200 borregos en cada año; declara que se obliga a cumplir y guardar las condiciones del mencionado arrendamiento, con la que aumenta dos suertes de caña más de las que ha recibido que han de quedar al fin del arrendamiento a beneficio de la hacienda.
Don Manuel Enríquez, vecino de Jalapa, dijo que don Juan Gómez de Estrada, actual abastecedor de carnes, ganó despacho para que se le estregasen los toros que don Diego José de Gorozpe Irala y Padilla tuviere en su hacienda de Tuzamapan, entregándosele 837 toros, cuyo valor no pagó por no saber su costo, obligándose a pagar luego de que se lo hicieran saber, razón en la que dicho Diego libró contra Estrada 5, 000 pesos que éste pagó a favor de don Francisco Fernández de Ulloa, y habiendo fallecido Gorozpe, su albacea Rafael María de Gorozpe le remitió a Enríquez la cuenta de los toros, que importaron 6, 486 pesos 6 reales, y poder general para la recaudación de todos los intereses, en virtud de lo cual dicho Enríquez ha recibido de don Juan Gómez de Estrada, la cantidad de 1, 486 pesos y 6 reales, que junto con los 5, 000 pesos citados hacen el total de 6, 486 pesos 6 reales, dándose por pagado en su totalidad y entrega recibo.