Pièce PC_0028_0008 - Sans titre

Zone d'identification

Cote

MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0008

Titre

Sans titre

Date(s)

  • 1693/02/17 (Création/Production)
  • Córdoba (Création/Production)

Niveau de description

Pièce

Étendue matérielle et support

9 vta. – 11 vta.

Zone du contexte

Nom du producteur

Histoire archivistique

Source immédiate d'acquisition ou de transfert

Zone du contenu et de la structure

Portée et contenu

Don Diego Quesada Guerrero, residente en esta villa de Córdoba, natural y vecino de la ciudad de los Ángeles, hijo legítimo de don Luis de Quesada y doña María Velázquez, sus padres difuntos, ordena su testamento en la forma y manera siguiente: Manda a las mandas forzosas y acostumbradas, y Casa Santa de Jerusalén un peso a cada una. Ítem se den 4 reales de limosna para la beatificación del hermano Gregorio López. Manda se digan por su alma y la de sus padres cuarenta misas rezadas. Ítem manda se den de sus bienes 6 pesos de limosna para la obra material de la santa iglesia parroquial de esta villa, y otros 6 pesos para la obra material del convento de San Antonio que se está haciendo en esta villa. Declara estar casado y velado con doña Jetrudes Coctiño Masariegos [Gertrudis Coutiño Mazariegos], vecina de la ciudad Real de Chiapa [Chiapas], donde al presente reside, durante el matrimonio no han tenido hijos. Declara por sus bienes una tienda botica con diferentes géneros de medicinas; los trastes, muebles y ropa de su vestir. Asimismo, declara por sus bienes cuatro camisas, las dos de platilla que le está haciendo María de Oses [Osses], y las dos que le está haciendo la mujer de Antonio Hernández, mayordomo de la hacienda de Juan Rodríguez Durán, vecino de esta villa, y éstas tienen las mangas de cambray. Señala que debe a Juan Mateos [Yáñez], maestro de boticario, residente en la ciudad de México, 204 pesos y 3 reales procedidos de diferentes medicinas que le dio a su crédito, para el surtimiento de dicha su botica, manda se le pague. También debe a Antonio de Nota, vecino de la ciudad Real de Chiapa [Chipas], 230 pesos, manda se le paguen; a José Landeros, vecino de Chiapa de Indios, 10 pesos manda se le paguen; a doña Gertrudis de Gatica, vecina de esta villa, lo que la susodicha dijere del arrendamiento de la casa en que vive a razón de 3 pesos cada mes. Declara que el Capitán don Lope de Yribas [Iribas] le es deudor de 80 pesos de diferentes medicinas, que gastó en su casa en la curación de siete negros sus esclavos, manda se cobre. Declara que Juan García de Miranda le es de deudor de más de 250 pesos de medicinas que le ha suplido de tres años a esta parte, manda se ajuste cuenta y se cobre. Manda que se cobre por sus bienes lo que pareciere por sus papeles deberle algunos vecinos de esta villa de medicinas. Y para cumplir y pagar su testamento nombra como sus albaceas al Alférez Juan Maldonado y al Capitán Pedro López del Castrillo, y como universal heredera instituye a doña Gertrudis Coutiño Mazariegos.

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Accruals

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Conditions d'accès

Conditions governing reproduction

Language of material

  • espagnol

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    Language and script notes

    Caractéristiques matérielle et contraintes techniques

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    Existence and location of copies

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    Zone des notes

    Note

    Documento deteriorado. El escribano registra Pedro López del Castillo, éste firma como Pedro López del Castrillo, para su ubicación se registro de esta última forma.

    Identifiant(s) alternatif(s)

    Mots-clés

    Mots-clés - Genre

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    Publicado

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    Moyen

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