Don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, residente en esta villa de Córdoba, vecino de la ciudad de México, en voz y nombre del Capitán don Lorenzo de Prado, vecino de dicha ciudad, otorga que vende al Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, un mulato esclavo de dicho su parte, nombrado Isidro, que será de edad de dieciocho años, que es el mismo que se le adjudicó por bienes de doña Josefa de Aguirre y Apalategui, difunta, vecina que fue de la ciudad de San Salvador en el reino de Guatemala. Lo vende por esclavo cautivo en precio de 300 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOGUATEMALA, REINO DE
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Don José Antonio Sanchinel, natural del pueblo de Pisone, diócesis de Melete, Provincia de Catanzaro, Calabria Ulterior, Reino de Nápoles y residente en Jalapa, hijo legítimo de don Agustín Sanchinel y de doña Ana de Ancora, difuntos, viudo de doña Faustina de Escobar, difunta, otorga poder para testar al Bachiller José Zavalza, Clérigo Presbítero, junto con don Tomás Antonio de Illanes, yerno del otorgante, vecinos de Jalapa, asimismo los nombra albaceas testamentarios y como herederos universales a doña Rosalía Sanchinel, casada con Tomás Antonio de Illanes, don Francisco Sanchinel, casado en el reino de Guatemala, doña Mariana Sanchinel, doncella de 22 años y don José Sanchinel, soltero de 21 años, sus hijos legítimos. Declara que sus bienes, derechos y acciones lo saben sus albaceas.
Don Antonio de Peralta y Córdoba, Coronel de Infantería Española, electo Gobernador y Teniente de Capitán General de la Nueva ciudad de la Veracruz por Su Majestad y del Batallón de Tlascala [Tlaxcala], residente en esta villa de Córdoba. Por la presente, otorga poder general a don Francisco Pimentel, Gobernador por Su Majestad de la Provincia de Soconusco, una de las del reino de Goattemala [Guatemala], para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre judicial y extrajudicialmente de don Miguel de Olazábal, residente en la ciudad de Guatemala, como albacea y tenedor de bienes que quedaron por muerte de don Fernando de Castilla, 1 542 pesos que el dicho difunto le es deudor por escritura, cuyos bienes, en virtud de despacho de los señores de la Real Audiencia de este reino, apercibió como tal albacea del dicho difunto.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOCristóbal Laínez, vecino de este pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, hijo legítimo de [roto] Laínez y de María [roto] Rodríguez, vecinos de las Minas de Teguisalpa [Tegucigalpa] de [roto] de Guatemala, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara fue casado con Lorenza Venerosa, que en Santa Gloria esta, con quien procreó a un niño que murió [roto]; y por segundas nupcias con Tomasa de Segura, vecina del pueblo de Jalapa, con quien procreó a dos varones y una hembra. Declara por bienes una casa con las alhajas de imágenes y cuadros; veintidós mulas de carga; también de silla y caballares; pistola y espada. Nombra como herederos a sus hijos y como albaceas a su esposa y a Diego Gómez.
LORENZO DE PRADO, JUEZ RECEPTOREl Licenciado don Ignacio Fernández Álvarez, Cura de la Doctrina y pueblo de San Agustín del Arzobispado y Reino de Guatemala, otorga poder especial a don José Camino y Velasco, Clérigo Presbítero domiciliario de Puebla y vecino del pueblo de Jalapa, para que comparezca ante el Obispo, Juez de Capellanías y Obras Pías de Puebla, solicitando que se sirva mandar que el albacea o persona correspondiente haga la fundación de la capellanía de 3, 000 pesos de principal a favor de la difunta doña Teresa Fernández de Espinosa.