Juan Ruiz, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Basilio Ruiz y doña Luisa de los Reyes, vecinos que fueron de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de donde es natural y Tercero Profeso de Hábito Exterior de la Tercera Orden de Penitencia del Seráfico Padre San Francisco, ordena su testamento de la manera siguiente: Señala que le deja a sus albaceas la forma de su entierro, manda que se digan veinticinco misas rezadas por la pitanza ordinaria, diez por el alma de sus padres difuntos y cuarenta por aquellas personas a quienes puede ser de encargo; dos reales a cada una de las mandas forzosas y acostumbradas. Declara estar casado con doña Margarita de Cuéllar y al tiempo cuando contrajeron matrimonio la susodicha trajo a su poder en dote 500 pesos en reales y él no tenía ningún caudal, y durante dicho matrimonio procrearon como hijo legítimo al Padre Fray Francisco Antonio Ruiz, Religioso Sacerdote de la Orden de Nuestro Padre San Agustín, el cual durante su profesión renunció a los bienes de sus padres y posteriormente el otorgante lo excluye del derecho que pudiera tener en sus bienes. Declara que le resta debiendo 74 pesos a Manuel Francisco, mercader y residente en esta villa, por el valor de dos marquetas de cera de Castilla; a Juan Lanceta Osorio, vecino de esta villa, dos marquetas de cera de Castilla; a Gaspar Rendón, vecino de esta villa, una marqueta de cera de Castilla. Ítem, declara tener en su poder una marqueta de cera de China, manda se le entregue al Regidor don Miguel de Leiva, como Mayordomo que es de la Cofradía de la Purísima Concepción de Nuestra Señora la Virgen María. Declara ser diputado de la Cofradía de Nuestra Señora de la Concepción, sita en la santa iglesia parroquial de esta villa, y de lo que ha sido a su cargo tiene dada la cuenta al mayordomo de ella. Nombra como albaceas a su mujer, doña Margarita de Cuéllar, y al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa; como tenedora de sus bienes a dicha su esposa, asimismo, la nombra como su única y universal heredera.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODIPUTADOS
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Don José Fernández de Castañeda, primer Diputado del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa, como curador ad litem de doña María Guadalupe Barragán, residente en el Beaterio de esta Villa, mayor de 14 años y menor de 25 años, hija natural del difunto don Cristóbal Barragán, vecino que fue de la Nueva Veracruz, en donde se siguen los asuntos correspondientes a la testamentaria de dicho difunto, otorgó poder el 17 de septiembre de 1803 a don José Manuel Hernández, del Regimiento de las Tres Villas, para que lo representara como tal curador, encomienda que ya no podrá llevar a acabo por haberse puesto sobre las armas las citadas milicias, trasladándose a la Villa de Córdoba y al presente a la Ciudad de Puebla, por lo que a través de la presente revoca dicho poder y se lo otorga a don Manuel de Salazar, vecino de la Veracruz.\t
El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa, dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, mayordomo de la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial, otorga poder especial a don Miguel García de Monzaval, Diputado Mayor de mencionada cofradía, para que en nombre y en representación de su persona use el cargo de tal mayordomo en el caso y cosas a ella concernientes; para que perciba y cobre de los inquilinos censatarios que estuvieren debiendo los censos corridos a favor de la citada cofradía. De lo que recibiere y cobrare, entregue los recibos y demás instrumentos que se le pidan y para lo dependiente y anexo se le da éste con libre y general administración.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOCristóbal Parcero de Lira, maestro cirujano, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, residente en esta villa de Córdoba, vende a Joseph [José] de Olivera, vecino de esta villa, un negrito, su esclavo nombrado Miguel de casta Loango, de edad de catorce años poco más o menos con una señal de estrella debajo del hombro, el cual compró bozal de don Domingo Terán de los Ríos, Diputado del Asiento que el prior y cónsules del Consulado de la ciudad de Sevilla tienen hecho para la introducción de [negros] esclavos en este reino, su fecha de dicha escritura [roto] [en la] ciudad de la Veracruz a primero de julio de 1682 ante Francisco de Aguirre, Escribano Real. Lo vende por esclavo cautivo, sujeto a perpetua esclavitud y servidumbre, libre de empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurar de ninguna tacha, defecto ni enfermedad, al precio de 150 pesos de oro común.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEl Capitán don Tomás López de Sagade, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto tiene otorgado testamento ante el presente escribano con fecha de 21 de mayo de 1683, ahora por medio de codicilio declara que las deudas que tenía las tiene pagadas y que el Doctor don Francisco Sentin Villamane, Cura Beneficiado del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], le debe 71 pesos. Revoca la cláusula donde ordenó se le dieran 100 peso de oro común a Diego Núñez, vecino de esta villa. Asimismo, ordena se ajuste la cuenta de la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial de esta villa, de la cual ha sido mayordomo y diputado mayor Domingo de Brito [Lomelín], su tío, vecino de ella. Ordena que empezándose la obra del crucero de esta iglesia parroquial, se den 100 pesos de limosna para ayuda de la obra. Confirma se den 10 pesos de limosna cada mes hasta cumplirse el año, para ayuda a la obra y fábrica del convento que se está haciendo en esta villa, de la Sagrada Religión de los Descalzos de Nuestro Padre San Francisco con advocación a San Antonio de Padua, entre otras disposiciones.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL