El Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, estante en esta villa de Córdoba, vecino y labrador al pago de San Andrés Chalchicomula, provincia de la ciudad de Tepeaca, otorga poder al Licenciado don Antonio de la Vega, Cura proprio Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y partido de San Juan Quescomatepeque [Coscomatepec], para que en su nombre parezca ante cualquier juez y justicia de Su Majestad, y de cualquier tierra que en virtud de títulos, mercedes y otros recaudos que posee por propias, así como de sitios, estancias para ganado en términos de esta jurisdicción y de otras, pida amparo y posesión presentando los escritos necesarios, demostrando para ellos los recaudos competentes, y lance a cualquier persona que en los sitios y tierras de su propiedad encuentre introducidas sin título, causa o razón que le competa. Asimismo, le otorga poder para que lo represente en todos sus pleitos y para que pueda vender cualquiera de sus propiedades.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALCURAS
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El Bachiller Juan [Yáñez] Ortega de la Paba, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, dijo tiene otorgado poder al padre Fray Joseph [José] Salgado, religioso de la Orden de Santo Domingo para sus pretensiones en la villa de Madrid; mismo que revoca y sustituye en el Doctor Alonso Ramírez de Prado, Prebendado de la Santa Iglesia Metropolitana de México, al Capitán Fausto Echaverri y al Capitán Andrés Padillo, vecinos de la ciudad de Cádiz en los Reinos de Castilla, a cada uno especialmente para que por él parezcan ante el Rey y Supremo Consejo de las Indias y pidan y pupliquen a Su Majestad se sirva en [atención] a sus méritos, presentarlo para una de las dignidades o prebendas que están o estuvieren vacantes en la Santa Iglesia Metropolitana de México o en otra.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña Catalina de Esparragossa [Esparrogosa], mujer legítima de José de Leyva [Leiva], vecino y Regidor de esta villa, con expresa licencia de su marido, dijo que por cuanto su marido y ella poseen en la jurisdicción de esta villa de Córdoba, un trapiche de hacer azúcar, cuyas tierras lindan por el oriente y parte del norte con tierras del trapiche que fue de Gaspar González, por lo restante del norte con tierras de los herederos de José de Brito; por el poniente con baldíos de esta villa; y por el sur con tierras del Capitán Nicolás Blanco. Asimismo, señala que tiene en esta villa una casa de vivienda con las paredes de cal y canto, cubierta de teja; sobre dicha hacienda de trapiche y casa tienen impuesto y cargado 1 000 pesos de principal de un censo a favor de la obra pía para casar huérfanas, que mandó instituir y fundar de sus bienes el padre Juan Francisco Ricardo, difunto, Cura Beneficiario que fue del partido de Tlacotepec; y para aumentar dicha hacienda de trapiche pretenden imponer y cargar sobre ella a censo principal redimible otros 500 pesos de oro común, los cuales para dicho efecto les da y tiene [roto] el padre Diego Jaymes [Jaimes] Ricardo [Villavicencio], actual Cura Beneficiado, Vicario y Juez Eclesiástico de dicho partido de Tlacotepec y patrón de dicha obra, para que a favor de ella hagan la imposición sobre dicha hacienda de trapiche y casa. Para cumplimiento de lo anterior otorga poder a dicho Regidor José de Leiva, su marido, para que en su nombre y juntamente imponga y cargue sobre sus personas y bienes el dicho censo de los 500 pesos, y la obligue a la paga y satisfacción de sus réditos.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña María de Ortega [y] Bonilla y doña Catalina de Ortega y Funes, doncellas, hermanas mayores de edad, vecinas de esta villa de Córdoba, albaceas testamentarias y universales herederas del Licenciado Juan [Yáñez] Ortega de la Paba [Pava], su hermano difunto, Cura Beneficiado que fue de esta villa de Córdoba y su partido, otorgan que dan su poder especial al Capitán Francisco de las Cassas [Casas], vecino de la ciudad de México, para que en sus nombres parezca ante los jueces oficiales reales de la Real Hacienda y Caja de la Nueva España, para que pida que se les venga a pagar los pesos de oro común que en dicha caja se están debiendo a dicho Licenciado Juan de [Yáñez] Ortega de la Paba [Pava], del salario que devengó como cura beneficiado.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Licenciado don Pedro Suárez de Zúñiga y Sousa [Suárez de Sousa y Zúñiga], Cura Beneficiado por Su Majestad Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, Comisario de los Santos Tribunales de la Inquisición y Cruzada, natural de Touriz el en Reino de Galicia, hijo legítimo de don Francisco Suárez de Puga y de doña Ángela de Zúñiga y Barros, sus padres, difuntos, señores que fueron de Liñares en el Reino de Galicia, otorga poder para testar al Capitán don Lope de Yribas [Iribas], su compadre, vecino de esta villa, para que después de su fallecimiento haga su testamento como se lo tiene ordenado. Nombra como su albacea testamentario y heredero universal a dicho Capitán Yribas [Iribas].
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEl Bachiller Bartolomé de Brito [Lomelín], Clérigo Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre del Bachiller Juan García de Arroyo, Cura Beneficiado por Su Majestad Vicario y Juez Eclesiástico del partido de Jolalpa de este obispado de la Puebla de los Ángeles, en virtud del poder que le otorgó en esta villa el 7 de marzo del presente año ante el presente escribano, vende al Alférez Juan Maldonado [roto] una casa de piedra y [roto] cubierta de teja con medio solar en esta villa, que linda por el oriente con casa y solar de Bernardo de Rojas y por el poniente con solar del Regidor Francisco de Aguilar. La vende en 1 500 pesos de oro común.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALJuan Camaño, vecino de esta villa de Córdoba, a nombre propio y en el de sus hijos y herederos, vende al Bachiller Bernardo de Baldiva [Valdivia] y de las Roelas, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de Soquitlán [Zoquitlán], un negro, su esclavo nombrado Joseph [José], casta Loango, que será de edad de dieciocho a diecinueve años, el cual hubo y compró en la ciudad de la Nueva Veracruz de Gregorio de Figueroa, el cual vende por esclavo cautivo sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre, libre de empeño, enajenación e hipoteca sin asegurarlo de ningún vicio, tacha, defecto o enfermedad, al precio de 150 pesos de oro común, que tiene recibidos.
JUAN MALDONADO, ALCALDE ORDINARIODon Joseph [José] Valero de Grageda [Grajeda], Cura por Su Majestad de esta villa de Córdoba, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico en ella y su partido, declara que el temperamento de esta tierra es contrario a la conservación de su salud, por lo que de estar y proseguir en ella pueden aumentar los achaques; en este sentido declara hacer dejación y renunciación del curato. Y para que tenga efecto otorga poder especial al Licenciado don Juan de Rivera [Grajeda], Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre pueda parecer ante el señor obispo y haga representación de la poca salud con que se halla, asimismo, haga manifestación de su renunciación al curato para que le provea en la persona que fuere servido.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALJuana Leonarda [Notaria], viuda de Fernando [Hernando de] Arellano, vecina del pueblo de Maltrata, vende al Bachiller Joseph [José] de Torres, Cura Vicario beneficiado de ella, un solar en esta villa en que estuvieron fundadas sus casas de vivienda. Linda por una parte, calle Real en medio, con solar de los propios de esta villa en que están fundadas casas del alguacil mayor de ella y por otra parte con solar de Hernando Esteban Abad. Lo vende en precio de 30 pesos de oro común.
JUAN GARCÍA VALERO, JUEZ RECEPTOREl Bachiller Pedro Sánchez de Escalona, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y Teniente de Cura de este partido de San Juan Cuezcopatepec [Coscomatepec], se obliga a pagar al Bachiller Diego Sánchez Peláez [Diego Peláez Sáchez], Cura Beneficiado por Su Majestad de dicho partido, la cantidad de 1 166 pesos y 6 tomines de oro común por otros tantos que el susodicho le ha prestado, cuya cantidad la ira pagando del salario que cobre por ayudar al dicho beneficiado y el resto dentro de un año.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL