Don Antonio de Orduña Loyando, vecino de la ciudad de Los Ángeles, dio su poder cumplido al Lic. Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, cura beneficiado del pueblo y partido de Jalapa, para que en su nombre pida, reciba y cobre, una hacienda de ganado mayor que tiene arrendada a Juan de Orduña, vecino de Jalapa, con los ganados, casas, avíos y aperos que está obligado a entregarle, y estando en su poder, la arriende por lo precios y plazos que concertare, obligando al otorgante a la seguridad del arrendamiento.
CURAS
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Martín Ventura de Gorospe, vecino de esta provincia dijo que al tiempo del fallecimiento de Francisco Sánchez Jurado, hizo una memoria por su testamento ante el Lic. Diego González de Astudillo, cura de los ingenios de Don Sebastián de la Higuera Matamoros, y otros 4 testigos; por lo que pidió a Don Antonio Rosel y Lugo, Alcalde Mayor de Jalapa, la compruebe en forma que haga fe.
Don Miguel Pérez de Medina, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial al Licenciado Antonio de Bárcena, Cura del Sagrario de la Catedral de la Puebla de los Ángeles, para que en su representación se pueda oponer a los curatos que se encuentran vacíos de lengua mexicana en este Obispado, ante el Venerable Deán o tribunal que fuere, menos de esta y la Villa de Córdoba por ser de tierra caliente y expresamente se oponga al curato de Santa María Nativitas, Santa Inés Zacatenco, San Francisco Topoyango, Cholula y el Santo Ángel Custodio de la Ciudad de Puebla de los Ángeles.
El Licenciado Nicolás Sánchez Lobato, Cura Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de Tlacolulan, otorga poder especial a don Domingo de Santo Domingo, vecino de la Ciudad de México, para que en su representación pida, reciba y cobre de la Real Caja la cantidad de dinero que al curato le ha asignado por concepto de salario que corre a partir del 14 de marzo de 1700.
El Bachiller Pedro Chacón de Chávez, Presbítero actual, Vicario del pueblo y doctrina de Naolinco, otorga poder especial a José Tenorio de Calvo, Presbítero vecino de la Ciudad de los Ángeles, para que en su representación se presente ante el Venerable Dean y Cabildo de este Obispado en sede vacante y presente cualquier memorial, haciendo oposición al curato de Tlacolula que quedó por muerte del Licenciado Nicolás Sánchez Lobato, Cura propio que fue de ese curato que es de lengua totonaca, misma que administra el otorgante en el pueblo y doctrina de Naolinco, con los requisitos y circunstancias que se requieran.
Micaela García de Baldemora, vecina de Naolinco, viuda, tutora y curadora de sus hijos y de Francisco de la Barreda Gayón, otorga poder especial al Licenciado Juan de Rivera, Cura propio del pueblo de Xalpantepec, para que en su representación reciba y cobre de Francisco de Quiroz, vecino del distrito de Tamiahua, la cantidad de 1 050 pesos por el importe de unos géneros que le entregó su hijo en mayo de 1708, así como para que cobre a cualquier otra persona con quien haya tenido cuentas y contrataciones su marido.
El Licenciado Miguel Pérez de Medina, Cura Vicario y Juez Eclesiástico de Jalapa, dijo que atento a que Juan de Thormes, mercader, en cláusula de testamento manda que de sus bienes se saquen 400 pesos y se pongan sobre finca segura a censo redimible, para que con los 20 pesos de réditos se le mande decir una misa cantada en la iglesia parroquial en el día de San José. Por lo que se impone y cargan 400 pesos sobre 7 sitios de tierra para ganado que pertenecen al ingenio nombrado Nuestra Señora de los Remedios, con 20 esclavos negros varones, sobre sus casas de vivienda y todo aquello que tenga o aumente. Asimismo declara que el ingenio ya tiene cargados 400 pesos de principal y por lo demás se haya libre de otro censo, empeño e hipoteca, cuyo principal recibe de mano de Sebastián de Flores Moreno y de Gertrudis de la Gala y Thormes, su legítima mujer, albaceas y tenedoras de los bienes.
El Bachiller Pedro Perdomo, Presbítero Vicario de este curato, otorga poder especial al Bachiller Pedro Chacón de Chávez, Cura Interino, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de Tlacolula, y al Licenciado Miguel Tello de Meneses, Presbítero de este Obispado, para en su nombre parezcan ante el Obispo de la Ciudad de los Ángeles, oponiéndose a los curatos donde se hayan puesto edictos que al presente se encuentren vacos, cuya administración sea en el idioma mexicano, para cuyo efecto presente escritos y haga las diligencias que convengan.
Sebastián de Acosta, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que el 20 de febrero de este año, otorgó poder juntamente con el Bachiller Miguel Pérez de Medina, Cura difunto, a Bernabé Pérez, vecino del pueblo de Teziutlán, para que le pudiese consentir en la adjudicación que se hiciera de la hacienda de ganado mayor que quedó por muerte de Elena Rodríguez, su suegra, con el consentimiento de los interesados y dado que es necesario otorgar otro poder por la muerte del Bachiller Miguel Pérez, lo otorga al Bachiller Miguel Pantaleón Díaz de Acosta, su hijo Presbítero Domiciliario, asimismo lo nombra como tercer contador, para que en su nombre administre los bienes que quedaron por muerte de Sebastiana de los Reyes, su legítima mujer y madre de todos sus hijos.
El Bachiller Bernardo de Molina, Cura Vicario de la Doctrina de Naolinco, dijo que es poseedor de una capellanía que fundó el Licenciado Diego Sánchez de la Vega, Presbítero Domiciliario que fue del Obispado de México, por 2, 800 pesos de principal y 110 de renta en cada año impuestos sobre la hacienda de San Pedro y San Pablo situada en la jurisdicción de la Villa de Cadereyta que fue de don Pedro Solchaga, cuya noticia es que tienen hecho depósitos reales por esa cantidad y sus réditos que se le deben, por tanto otorga poder especial a Miguel de Cetina y Mata, Cura de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de México y al Alférez José González Jurado, Guarda Mayor de la Real Casa de Moneda de la ciudad de México, para que en su nombre hagan las diligencias en censo de los 2, 200 pesos que rentó para sí y después para que fuera Capellán, y otorguen la redención en forma de la persona que haya hecho el depósito.