El señor presbítero don José Francisco Campomanes, cura propio y vicario foráneo en esta ciudad, facultado por el excelentísimo señor don Francisco Pablo Vázquez, actual dignísimo obispo de la Puebla de los Ángeles, para concurrir en su nombre al otorgamiento del presente instrumento, dijo que por escritura otorgada en esta ciudad el 6 de diciembre de 1751 años se impuso el capital de 3 000 pesos pertenecientes a la capellanía fundada según voluntad de don Francisco de Echevestre, de la que por entonces era capellán don Francisco de Olmedo y Araciel, los cuales 3 000 pesos se impusieron por fracciones de 1 000 pesos en cada una de tres casas que para ello señalaron sus propietarios, don Manuel de Olmedo y su esposa doña María de Araciel, con total independencia las hipotecas de una y otra casa. Una de esas casas está ubicada en esta ciudad, en la calle que de la misma plaza Pública sube para el Calvario, la cual es de altos con su frente al poniente, lindando por el sur con casa que entonces era de los herederos de don Pascual Sánchez de Ledezma, y por el norte con otra que era a la vez de los herederos de don Diego Domínguez. Asimismo, dijo que por fallecimiento de don Manuel de Olmedo y su esposa doña María de Araciel, se hizo partición y adjudicación de las referidas casas entre sus herederos, habiendo aplicado la deslindada casa a doña María Teresa de Jesús Olmedo y Araciel, que después fue monja profesa en la ciudad de Puebla, con el gravamen de los 1 000 pesos cargados sobre ese fondo como ramo de la capellanía mencionada, cuya adjudicación se hizo en esta ciudad a 15 de octubre de 1768. Y por cuanto ha hecho redención el señor maestrescuela don Francisco Ángel del Camino de los 1 000 pesos que se reconocían sobre la casa aplicada a la enunciada reverenda madre María Teresa de Jesús Olmedo, por consiguiente, debe procederse a la cancelación respectiva. Por lo cual, el presbítero don José Francisco Campomanes, en nombre del señor obispo, otorga que tiene recibidos los 1 000 pesos de don Francisco Ángel del Camino, de lo cual se formaliza la más amplia y eficaz carta de pago y recibo, y se cancela la escritura con fecha de 6 de diciembre de 1751.
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Don Juan Franco, síndico del Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad, dijo que en 22 de mayo de 1827, recibió don José Vicente de las Casas 245 pesos que don José Camilo Jiménez, cura interino que fue de esta ciudad, exhibió para que se invirtiesen en la obra del cementerio general, cuya exhibición hizo al Ilustre Ayuntamiento y este cuerpo los entregó al expresado señor Casas a depósito irregular con pensión de réditos de un 5 por ciento anual, sobre lo cual formalizó el expresado Casas escritura con hipoteca de dos casas ubicadas en esta ciudad, en el confín de la calle de San Francisco de Paula. Asimismo, dijo que desde enero de 1829 Casas redimió dicho capital dejando satisfechos sus réditos y no se cuidó de amortizar la hipoteca, la cual solicitan ahora sus representantes. Por lo cual, don Juan Franco, con la facultad que tiene recibida, otorga en nombre de la municipalidad el más amplio y eficaz recibo y carta de pago en favor de la testamentaria de don José Vicente de las Casas.
Zonder titelEl Capitán Gaspar de Olavarrieta, vecino del pueblo de Jalapa, Mayordomo de la Cofradía de la Concepción, informa que los naturales y Gobierno de este pueblo solicitaron la cancelación de una escritura que los obligaba a realizar el pago de 120 pesos sobre las tierras de dicha Cofradía, solicitud que fue autorizada por el Cura Rector de este Cofradía, obligándose a cubrir los solicitantes la citada cantidad de dinero hasta el día 12 de diciembre.
Don Bernardo José de la Cruz, Gobernador del pueblo de San Juan de Rinconada, don Nicolás Blas, Alcalde, junto con los oficiales de Apazapa, en voz propia y de los naturales de dichos pueblos, otorgan poder general al Licenciado Miguel Rodríguez Serrano, Cura de la Doctrina de Aguatelco, junto con el Licenciado José Cervantes, Abogado de la Real Audiencia y vecino de México, para que los represente en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Doña Catarina García, natural del pueblo de Naolinco, vecina de Jalapa, hija legítima de los difuntos don Diego García y de doña Catarina Pérez, otorga su testamento donde declara dejarle una casa chica a su hija doña Petronila Blanco García, manda se libere a su esclavo José Antonio de la Cruz; fue casada con don Juan Martín Blanco con quien tuvo 9 hijos, nombra como albaceas a don José Miguel Pérez de Aguerra, Cura propio de Naolinco, a don Gaspar de Olavarrieta y a don Antonio del Camino y Velasco de esta vecindad, nombra herederos a sus hijos y por su muerte a sus nietos y bisnietos.
Don Alonso José Gatica, Cura Interino, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de este pueblo y su doctrina, otorga poder especial al Licenciado Francisco de Olmedo y Araciel, vecino de la Ciudad de los Ángeles, para que en su representación tome posesión del curato de este pueblo que en propiedad se le ha mercedado, haciendo en razón de ello y de la consecución de los títulos que le corresponden todos los actos y diligencias judiciales y extrajudiciales que importen.
Doña Felipa García, vecina del pueblo de Coatepec de esta jurisdicción, mujer de Nicolás Domínguez, otorga poder especial a su mencionado marido para que en su nombre reciba una casa que compró en la Ciudad de la Nueva Veracruz, el Bachiller Diego Javier de Obregón, difunto Cura que fue de Coatepec, a nombre de su difunta madre doña Paula Serrano; así como también pida los alquileres o rentas que haya producido desde el día de la compra de dicha casa que hoy se halla en poder de don Sebastián Pérez.
El Alférez don Bartolomé Salvo, vecino del pueblo de Jalapa, se obliga a no ser fiador de ninguna persona, por escrito, ni de palabra, en la cantidad de 10 pesos, pero si lo hará por la cantidad de 1, 000 pesos, para el servicio y culto a la imagen de Nuestra Señora del Rosario, cuya distribución hará el Cura, Mayordomo y Hermanos de la Cofradía de la imagen antes dicha.
Doña Teresa Mojica, viuda de don Manuel Romero, vecina de la hacienda de Santa Bárbara, revoca el poder general que otorgó a don Pedro García de Baldemora, Cura de Tlacolula, en compañía de su yerno Cristóbal de Ortega, otorgándolo en sustitución a su hijo don Joaquín Romero, para que pida y tome cuentas a todas las personas que le deban, así como para representarla en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
El Doctor José Suárez, Cura del pueblo de Jalapa y su doctrina, por orden de don Alonso de Alba , compró a don Pedro de Senande, apoderado de don Jerónimo José Benítez y Administrador de los bienes del difunto Capitán Bartolomé de Castro, una casa y solar contigua a una que posee Alonso de Alba, la cual transfiere dicho Doctor al citado Capitán Alonso, con el cargo y gravamen que ha de reconocer por 3, 500 pesos de censos redimibles, para lo cual se le entregan los 195 pesos y 5 reales que dio dicho Senande para complementar el valor de sus avalúos.