Alonso López de Sagade Bugueiro [roto] y don Tomás López de Sagade Bugueiro [roto], vecinos de esta villa, dijeron que el Capitán don [roto] Lopes de [roto] una capellanía de [roto] principal sobre el trapiche de hacer azúcar nombrado [San José] que dejó por sus bienes en jurisdicción de esta villa con sus réditos, que son 50 pesos anuales [roto] y nombró por primer capellán al [roto] José López de Sagade Bugueiro, y para después de sus días [a los otorgantes] y al [roto] don Juan López de Sagade Bugueiro, su hermano, Presbítero. Y por el presente [roto] y no tener caudal alguno y congrua con que sustentarse, en aquella forma en que más halla lugar, otorgan que renuncian al nombramiento de capellán [propietario] en el Bachiller Juan López de Sagade Bugueiro, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición de esta villa, en atención a ser [roto] en dicha capellanía, piden y suplican al ilustrísimo obispo de este obispado de la Puebla de los Ángeles y a su Provisor y Vicario General le hagan colación y canónica institución [roto] con obligación de decir las misas [roto].
Zonder titelCOMISARIOS DEL SANTO OFICIO DE LA INQUISICIÓN
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El Señor Doctor don José Francisco Suárez, Abogado de la Real Audiencia de México, Colegial Antiguo del Eximio Theojurista de San Pablo, Comisario de los Santos Tribunales de Inquisición y Cruzada, Examinador Sinodal de este Obispado de Puebla de los Ángeles, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de este pueblo, otorga poder especial al Señor don Juan Miguel Ustáriz, Colegial Mayor en el de San Bartolomé de la villa y Corte de Madrid, de donde es vecino, para que parezca ante el Rey Nuestro Señor y en su Real y Supremo Consejo de las Indias y solicite cualquier tipo de merced.
Los Escribanos Públicos, Diego Cardeña y Miguel Eustaquio Cardeña, certifican que el Doctor José Francisco Suárez, Abogado de la Real Audiencia de México, Colegial Antiguo del Eximio Teojurista de San Pablo, Comisario de los Santos Tribunales de Inquisición y Cruzada, Examinador Sinodal del Obispado de la Puebla, Cura, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico del pueblo de Jalapa y su Doctrina, firmó las 8 certificaciones con inserciones de partidas, 6 de casamientos, 1 de entierro y 1 de bautismo, dando fe de su legalidad, cosa que así certifican.
Don Pascual Sánchez de Ledezma, Alguacil Mayor de la Santa Inquisición y vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Agustín Sánchez Ledezma, Canónigo Penitenciario de la Iglesia Catedral de Puebla y Comisario de la Santa Inquisición en su obispado, para que venda el rancho llamado Alpotzonga, ubicado en la jurisdicción de Tlaxcala, partido de San Martín Texmelucan.
El Licenciado don José López de Sagade Bugueiro, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y Comisario del Santo Oficio de la Inquisición de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre del Señor Licenciado Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, del Consejo de Su Majestad, su Alcalde de la Corte de la Real Sala del Crimen de esta Nueva España y Juez de Provincia. En virtud del poder que de él tiene, otorga en arrendamiento a don Juan Cayetano de Solís, vecino de esta villa, una hacienda de trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora de la Encarnación, que tiene fundado en medio sitio de tierra de ganado menor. Que a la linde por una parte con trapiche y hacienda del Capitán don Gregorio Martínez de Solís, su padre; y por la otra con hacienda y trapiche de don José de Figueroa Ceballos; por tiempo de nueve años, que empiezan a contarse desde el día 26 de mayo pasado del presente año, en precio de 1 300 pesos anuales, repartidos en tercios, pagando 433 pesos 3 reales en cada uno. Arrienda el trapiche por pedimento suyo y de don Juan Cayetano de Solís con licencia de la Real justicia de esta villa, y se compone de sitios de tierra de ganado menor y suertes nombradas: La Magdalena, San Andrés, San Lorenzo, Todos Santos, Nochebuena, San Juan de Dios, San Simón, Santa Rosa, Nuestra Señora de la Asunción, San Buenaventura, Santa Cruz, Los Reyes y San Miguel, San Agustín, Santo Thomas, El Tabacal, San Juan, y Santiago. Asimismo, casa de purga, asoleadero, casa de caldera, casa de vivienda y animales de carga, además de esclavos y otros bienes que se mencionan en esta escritura. Con la condición de que Juan Cayetano de Solís no venderá, enajenará ni hipotecará el trapiche ni los bienes que hay en él; el susodicho mejorará el trapiche aumentando la producción de caña para que tenga al corriente de moler todo el año, también proporcionará los aperos, esclavos y demás que sea necesario para su mejora. En caso de que Juan de Cayetano Solís no pague a tiempo se suspenderá el arrendamiento, por otro lado, además del precio pactado le ha de entregar anualmente durante el arrendamiento tres cargas de azúcar buena. Estando presente don Juan Cayetano de Solís, como principal, y doña Gertrudis de Gatica, como su fiadora, aceptaron esta escritura y sus condiciones.
Zonder titelLorenzo de Guzmán, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que debe y se obliga de pagar al Licenciado don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, Comisario del Santo Tribunal de la Inquisición de esta Nueva España, 1 000 pesos de oro común, los cuales se obliga a pagar en tiempo de dos años, y para seguridad de esta deuda hipoteca su casa baja de piedra y madera, cubierta de teja que posee en medio solar de 25 varas de frente y 50 varas de fondo.
Zonder titelEl Licenciado don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero Domiciliario de esta obispado de la Puebla de los Ángeles y residente esta villa, Comisario del Santo Tribunal de la Inquisición, otorga poder al Licenciado don Juan Gaspar Zorrilla de San Martín, Alcalde de Corte de la villa de Madrid, y en segundo lugar a don Simón Santander y Rada, Comisario de Muestras de las Compañías de las Reales Guardias de Corps, a cada uno con igual facultad, para que en sus nombre parezcan ante el Rey Nuestro Señor, en su Real y Supremo Consejo de Indias y en los demás reales y supremos consejo y tribunales que sean necesarios, pida a Su Majestad sea servido de honrarle con la merced o mercedes que por cartas misivas el otorgante les indique.
Zonder titelEl Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero Domiciliario de este Obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa de Córdoba, Comisario del [Santo] Tribunal de la Inquisición de este reino, otorga poder general al Señor Licenciado don Juan Gaspar Zorrilla de San Martín, Alcalde de esta villa, y a don Simón Santander y Rada, para que en nombre y en representación de su persona, parezcan en el Real y Supremo Consejo de la Indias y ante cualesquier otros tribunales de los fueros eclesiásticos y seculares, donde pidan las mercedes que por sus cartas misivas se contienen, para lo cual hagan pedimentos, requerimientos, suplicas, memoriales y demás recados que conduzcan a dicha pretensión y para lo anexo y concerniente se le da éste con libre y general administración y facultad de jurar y sustituir.
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