Doña María González de Amarilla, viuda de Francisco Hernández de la Higuera, residente en su ingenio nombrado La Santísima Trinidad, como usufructuaria de todos los bienes que vincularon ella y su esposo, dio su poder cumplido al Lic. Don Bernabé González de Amarilla, su hijo, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición, y Juan de Castillete, su sobrino, vecinos de la ciudad de México, causas civiles y criminales, y para que puedan recibir y cobrar cualesquier pesos de oro, joyas, esclavos, mercaderías y otro cualquier género de géneros, y para que puedan vender los esquilmos y efectos de sus haciendas.
COMISARIOS DEL SANTO OFICIO DE LA INQUISICIÓN
57 Descripción archivística resultados para COMISARIOS DEL SANTO OFICIO DE LA INQUISICIÓN
Don Sebastián de la Higuera Matamoros, heredero que trata de tomar posesión del mayorazgo de la Higuera, y su tío Don Bernabé de la Higuera y Amarilla, Comisario del Santo Oficio de la Inquisicón, heredero de 10 000 pesos y 3 000 pesos de renta anual en el citado mayorazgo, se convinieron en esta manera: Don Bernabé hace baja de 1 000 pesos de oro común en cada un año a Don Sebastián por un lapso de cuatro años; asimismo, le hace espera de cuatro años por los 9 000 pesos que le resta debiendo de los 10 000 pesos que le debía de dar al tomar posesión del referido mayorazgo.
El Lic. Don Bernabé González de Amarilla, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición, recibió del Capitán Sebastián de la Higuera Matamoros, su sobrino, como persona que ha sucedido en el mayorazgo de la Higuera, diez mil pesos de oro común que por cláusula de la escritura de fundación le mandaron sus padres Don Francisco Hernández de la Higuera y Doña María González de Amarilla, luego que tomasen posesión del dicho mayorazgo.
El Licenciado don Juan de Soto Noguera, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición, Clérigo Presbítero, vecino de esta villa, exhibió una escritura fecha en la ciudad de los Ángeles a 23 de marzo de este año, y en él se percibe haber impuesto y cargado el Alférez don José de Santa Cruz Bocarando, y en su nombre Antonio Barrios, Procurador, sobre la casa que remató por bienes del Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, 3 000 pesos de oro común, en favor de la capellanía de misas rezadas que por su alma, las demás de su intención mandó fundar el mencionado don Pedro, dicha casa está ubicada en la calle que sale y baja de la plaza Pública para el nuevo camino de la Veracruz; y para mayor seguridad del censo don Ignacio de Eguren, vecino y del comercio de dicha ciudad de los Ángeles, como apoderado de don Cristóbal Eugenio Calderón hipotecó una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, que el dicho don Cristóbal, su parte posee, en la que ambos se obligaron de pagar al capellán que fueren de dicha capellanía 150 pesos de oro común de censo tributo y rédito en cada un año, y para que conste el registro de dicha escritura se asentó en este libro.
BERNARDINO DE TOVAR Y SOTELO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don José de Leiva Valero, Clérigo Presbítero de esta vecindad, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y por él consta que el día de ayer se obligó a reconocer 1 000 pesos de principal a favor de sagrado convento de religiosos de Santo Domingo de Oaxaca, y a darlos en el término de cuatro años y a satisfacer el rédito de 5 por ciento, y para asegurar el pago hipotecó su hacienda del beneficio de hacer azúcar titulado Señor San José [Joseph] de Buena Vista con todo lo que le pertenece, asimismo, una casa de cal y canto de edificio alto y bajo, con portal arriba y debajo de arquería de bóveda sobre pilares de cantera labrada, cubierta de viga y techo de azotea, compuesta de distintas y abundantes piezas, y también un rancho de labor nombrado Nuestra Señora de Guadalupe, contiguo a la citada hacienda de San José.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICOEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar al Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición en ella, 1 000 pesos de oro común en reales, los mismo en que lo alcanzó de cuentas del arrendamiento de la dicha hacienda, que fue a su cargo y mejoras que en ella hizo, los cuales se obliga a pagará en dos años con sus respectivos réditos de 5 por ciento.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición en este reino, vecino de la villa de Córdoba, dijo que por cuanto el 10 de febrero de este año presentó escrito ante el Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario en esta villa, donde pidió que Ignacia Díaz, vecina de ella, jurara y declarara que le debía 946 pesos y 3 reales y medio que le suplió para la fábrica de la casa de su morada. Y por auto proveído por el alcalde se mandó a declarar, por lo que en el mismo día la citada Ignacia Díaz hizo la declaración donde aceptó deber la cantidad mencionada pero no tenía para pagarle. Asimismo, el presente otorgante dijo que tomando en cuenta que la susodicha Ignacia Díaz es una pobre, cargada de hijos, que no tiene de que poderlos sustentar y que de venderle la dicha casa se le sigue mucho atraso, pérdida y menoscabo, pues está experimentado en otros que se han vendido casas por menos de lo que valen. Y porque de presente debe infinitas obligaciones a Gertrudis de Nares, hija legítima del Capitán José de Nares y de dicha Ignacia Díaz, mujer legítima de Patricio Betancur, por haberle asistido en sus enfermedades y en la de sus padres, por tanto, en aquella vía y forma otorga que hace donación a la dicha Gertrudis de Nares los dichos 946 pesos y tres reales y medio, para que los cobre de dicha Ignacia, su madre.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOAlonso Carrión de las Cassa [Casas], vecino y labrador de la provincia de Tepeaca al pago de Nopaluca, declara que cuando contrajo matrimonio con doña Ángela Estévez del Posso [Pozo], doncella, hija legítima del Capitán Cristóbal Fres de Herrera, difunto, vecino que fue de San Juan Coscomatepec, y de María Estévez del Pozo; el Licenciado Diego Peláez Sánchez, Beneficiado, Vicario y Juez Eclesiástico, Comisario del Santo Tribunal, tío de la susodicha, le mandó por dote los pesos y géneros que se mencionan en la escritura, los cuales suman 1 218 pesos, por lo que otorga que se da por entregado. Asimismo, señala que además de dichos géneros y reales se agregaron 6 000 pesos a la dote de dicha Ángela Estévez del Posso [Pozo], que dicho Licenciado Diego Peláez Sánchez se obligó a pagar. También menciona que por honra de su mujer manda en arras propter nuptias 1 000 pesos de oro común, que junto con la dote suman la cantidad de 8 218 pesos, por tanto se obliga a tener seguros y conservados sobre su persona. Por otra parte, estando presente el Licenciado Diego Peláez Sánchez otorga escritura de obligación de pago a favor de dicho compareciente por la cantidad de 6 000 pesos que le tiene mandados por dote de su sobrina.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Licenciado don Pedro Suárez de Zúñiga y Sousa [Suárez de Sousa y Zúñiga], Cura Beneficiado por Su Majestad Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, Comisario de los Santos Tribunales de la Inquisición y Cruzada, natural de Touriz el en Reino de Galicia, hijo legítimo de don Francisco Suárez de Puga y de doña Ángela de Zúñiga y Barros, sus padres, difuntos, señores que fueron de Liñares en el Reino de Galicia, otorga poder para testar al Capitán don Lope de Yribas [Iribas], su compadre, vecino de esta villa, para que después de su fallecimiento haga su testamento como se lo tiene ordenado. Nombra como su albacea testamentario y heredero universal a dicho Capitán Yribas [Iribas].
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEl Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, por propio interés y como administrador, tutor y curador de la persona y bienes de doña Josefa de Brito Lomelín, su tía, otorga poder general a Antonio de Figueroa, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre y en el de dicha Josefa, se encargue de sus pleitos civiles y criminales en los juzgados, audiencias y tribunales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO