CERRO DE TEMEXTLA

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0060 · Unidad documental simple · 08/08/1820
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Bautista Echagaray, de esta vecindad, otorga poder especial a don Gabriel de Echagaray, su hijo, para que en su representación comparezca en el Real Tribunal de Minería, en su Diputación del Real de Pachuca y ante cualquier otro tribunal a deducir lo que le asiste y corresponda de las tres minas de metales nombradas Santa Cruz, San Antonio y Nuestra Señora del Rosario de las que ha estado en quieta y pacífica posesión sin oposición ninguna, en sociedad del Capitán Juan Miguel de Goyeneche, difunto, de las que se vio forzoso desertar a impulsos de la revolución del reino cuando ya estaban cerca sus amagos o casi dentro del partido de Zacatlán de las Manzanas, donde están ubicadas dichas minas, en el cerro nombrado Temextla, las que han sido denunciadas por un tercero, por lo que su representante apela los derechos que a ellas tiene.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0073-PX_0073_0180 · Unidad documental simple · 18/12/1809
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Bautista Echegaray y don Juan Goyeneche, dueños absolutos de dominio de las minas nombradas la Veta de Santa Cruz, la de San Antonio y la de Nuestra Señora del Rosario, situadas en el cerco de Temextla, en la Jurisdicción de Zacatlán de las Manzanas, otorgan que establecen una compañía con don Agustín Mármol, vecino de Veracruz. La compañía ha de ser perpetua, dan al citado Mármol la cuarta parte de intereses en ellas por la suma de 2 000 pesos, que éste ha de exhibir para el beneficio y labor de aquella. Que invertidos que sean dichos 2 000 pesos, lo demás que en ella se valla gastando para el beneficio de los metales que produzca, exhibirá el nuevo socio la cuarta parte que le corresponda y las tres restantes serán de cuenta y cargo de Echegaray y Goyeneche. Acordaron que don Agustín Mármol llevará la cuarta parte del usufructo que produzca la mina.