José Rodríguez, vecino del pueblo de Xicochimalco, de esta Jurisdicción, otorga que vende a favor de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, representada por su Colector de Diezmos de esta Cordillera, el Presbítero don José Joaquín de Arizmendi, una casa de cal y piedra, cubierta de madera y teja, situada en el mencionado pueblo de Xicochimalco, en la Calle Real que va para la iglesia, por donde hace su frente hacia el Poniente, con 13 varas y 7 de fondo al oriente, y el solar que le pertenece hacia al oriente, que montan en total 31 varas. La vende en 300 pesos.
CALLE REAL
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Juan Camaño, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Muros en el Reino de Galicia, Arzobispado de Santiago, hijo legítimo de Juan Camaño e Inés Camaño, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena se digan por su alma, la de sus padres [y las] de su intención 1 000 misas. Ordena que de sus bienes se den 25 pesos para la obra material de la santa iglesia parroquial y 25 pesos para la del Señor San Antonio de esta villa. Declara no estar casado y no tener hijos. Declara tuvo compañía con Pedro Trillo de Figueroa, vecino de esta villa, en el trato de diferentes mercaderías, la cual terminaron extrajudicialmente quedando separados y cada uno con su principal y ganancias. Es su voluntad se den de sus bienes 200 pesos de oro común a Gertrudis López [de Guzmán], niña de quince años de edad, hija de Bernardo López [de Guzmán] y de María [Martín] Lomelín, vecinos de esta villa, para ayuda del estado que elija. Declara por bienes una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, ubicada en la calle Real de esta villa, que va del mesón a la plaza Pública y hace esquina, fundada en solar de 50 varas de frente. Otra casa contigua a la anterior, que compró en almoneda de los bienes del Capitán Antonio de Brito Lomelín, difunto, con el cargo y gravamen de 800 pesos pertenecientes a Joseph [Josefa] Marcela de la Rosa, hija y heredera de dicho capitán. Declara por bienes un negro esclavo nombrado Joseph [José], de veintisiete años de edad, que compró a Juan Pacheco, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz. Declara que el Licenciado don Bernardo de Valdivia [de las Roelas], Cura Beneficiario de San Pablo Soquitlan [Zoquitlán], obispado de la Puebla de los Ángeles, le debe 96 pesos resto del valor de un esclavo negro que le vendió. Nombra como albacea y tenedor de bienes a Benito Rendón, vecino y mercader de esta villa, y como albacea a Pedro Trillo de Figueroa. Nombra como heredera a su alma, para que con sus bienes se funde una capellanía de misas rezadas que goce juntamente las del purgatorio, sus padres y demás de su intención.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Francisco Estévez exhibió un testimonio de una escritura de imposición, fecha en estas villa a 17 del corriente mes y año, y pidió su registro en este libro de los censos, en él consta y parece que dicho don Francisco como albacea y tenedor de bienes de doña Francisca Javiera Fernández de Jáuregui, su legítima mujer, difunta, impuso y cargó sobre la casa de su morada ubicada en esta villa en la calle Real que baja de la plaza Pública para el nuevo camino de la Veracruz, de 2 300 pesos de oro común a censo principal redimible, los 1 500 pesos de ellos en favor de las cinco misas que cada año se cantan en la octava de corpus en la parroquia de esta villa, y los 800 restantes en favor de las misas de todos los jueves del año, y para que conste de dicho gravamen se registró.
BERNARDINO DE TOVAR Y SOTELO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODoña María Manuela Rodríguez de Sandoval, vecina de esta villa de Córdoba, mujer legítima de don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, con licencia de su marido, otorga que vende a Diego Ventura Márquez, medio solar en esta villa, en la calle Real a mano derecha del camino que va al pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], que hace esquina y frente con solar de don Francisco de Meza y Mendoza, compuesto de 25 varas de frente y 50 de fondo, hace frente, calle en medio, y linda con casa y solar que fue de Diego de Piña. Cuyo solar compró a María de las Vírgenes, parda libre, vecina que fue de esta villa, por escritura con fecha de 5 de enero de 1697, y ahora lo vende en precio de 40 pesos de oro común que son y pertenecen al altar de Jesús Nazareno de las Tres Caídas, sita en la iglesia parroquial de esta villa, y en el ínterin que no los redima ha de pagar sus réditos a razón de 5 por ciento anual, los cuales ha de entregar al señor cura que sea de dicha parroquia, para el adorno de dicho altar y ayuda de su culto.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, natural de la aldea de Martín Longo, jurisdicción de la villa de Alquitin [Alcoutim] en los reinos de Portugal, hijo de don Manuel Martínez, Regidor que fue de dicha villa y de doña Águeda Parela de Solís, difuntos. Por la presente, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Orden Tercera de Penitencia es hermano, y sepultado en la capilla del convento de Nuestro Padre San Antonio de esta villa de Córdoba. En caso de que la iglesia de San Antonio se llegase a reedificar, manda que sus huesos sean trasladados a la bóveda que tiene hecha en el presbiterio. Manda se digan misas por la pitanza ordinaria por las almas del purgatorio, misas por las almas de sus esclavos y sirvientes que fallecieron bajo su servicio. Fue casado con doña Juana de Gatica y Aguilar, quien llevó al matrimonio 3 000 pesos y él tenía otros 3 000 pesos, y durante los 34 años de casados procrearon a doña Águeda María de Solís y Gatica, mujer del Señor Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval del Consejo de Su Majestad, Alcalde de Corte de la Real Sala del Crimen de la ciudad de México, a la que ellos le dieron 14 000 pesos poco más o menos y después de pasado algún tiempo le dio al Licenciado otros 6 000 pesos para aumentar la dote, aparte otros 8 000 pesos y 52 000 pesos que le quedó debiendo de lo que le corresponde a su legítima materna, que todas las partidas suman 90 000 pesos. Pasó a segundas nupcias con doña Rosa María de Rivadeneira, hija de don Francisco de Rivadeneira y de doña Leonor de Zubiate y Arévalo, quien llevó por dote 1 033 pesos junto con 7 000 pesos con los que él la dotó en arras propter nuptias, y él tendría por caudal propio 130 000 pesos poco más o menos, actualmente su mujer se haya en cinta. Por instrumentos, partidas de libro y diferentes papeles constará lo que le deben diferentes personas. Señala él es único patrono del convento de San Antonio de esta villa y como tal ha atendido y aplicado con todo amor y celo de servicio a Dios y devoción al santo, fabricar dicho convento e iglesia, cuyos gastos fueron con el mutuo acuerdo de su primera mujer doña Juana de Gatica, difunta, y debido al temblor que hubo la noche de 15 de mayo de 1714 la iglesia sufrió maltrato, de tal suerte que fue preciso echar abajo toda la bóveda y hoy se halla por esta razón deteriorada. Manda todos los años, un día de la Octava de Todos Santos en que la iglesia celebra y se hace conmemoración de las almas de los difuntos, se diga una misa cantada, con su vigilia y reposo por su alma y la de su esposa, y para ello se den 250 pesos de principal, cargados en el valor de una de las tres haciendas de beneficio de hacer azúcar que tiene en esta jurisdicción nombrada de la Concepción, para que con sus réditos de 12 pesos y 4 reales se apliquen a la memoria de las misas referidas, y si la hacienda se vendiere o enajenare en cualquier manera sea con el cargo de censo. Manda que del quinto de sus bienes se saquen 8 000 pesos para la reedificación de la iglesia y convento de San Antonio, también encarga a sus herederos que si dicha cantidad no alcanzare prosigan la obra hasta concluirla. Manda que a su hija Águeda se le den otros 15 000 pesos que faltaron al capital del tiempo que se hicieron los avalúos antes de pasar él a segundas nupcias. Manda se carguen 940 pesos de principal e impongan sobre el valor de la hacienda nombrada San Joachin [Joaquín] para que con sus réditos se digan misas por él. Asimismo, se carguen sobre la hacienda de San Francisco [de las Mesillas] la cantidad de 1 000 pesos de principal redimible, para que con sus réditos de 50 pesos sea perpetua la fiesta de San Antonio. Manda se haga una fiesta al Papa San Gregorio, para lo cual señala por limosna 12 pesos 4 reales, imponiendo 250 pesos de principal sobre una casa nueva que tiene en la calle Real. Es su voluntad que a Margarita María mulatilla su esclava de seis años de edad se le dé libertad, y cuando cumpla los catorce años se le den 200 pesos para que se impongan a 5 por ciento de réditos y entregárselos a sus padres para ayuda de su vestuario. Que a Gertrudis de Nares, su ahijada se den 100 pesos vía limosna. Tiene noticias de hermanos o hermanas en el reino de Portugal, por lo que es su voluntad que, si viniere alguno de ellos a este reino, y compruebe ser su legítimo hermano se le den 1 000 pesos, entendiéndose que pasado 10 años desde el día de su fallecimiento esta cláusula será derogada. Manda que sus albaceas remitan 200 pesos en reales a la aldea de Martín Longo, en el reino de Portugal, para que se entreguen al cura de la parroquia de la aldea en donde fue bautizado, nombrada Nuestra Señora de la Concepción. Manda se den 24 pesos a cada una de las cofradías del Santísimo Sacramento y de la Limpia Concepción. Señala compró el oficio de alguacil mayor el cual renunciará, para cuando llegue momento, en don Gaspar Rendón, en el Capitán don José de Carvajal y Contreras y en el Capitán don Pedro López del Castrillo. Tiene una casa de cal y canto en la calle de María Andrea. Declara que el derecho de las alcabalas de esta villa las tiene en compañía de don Gaspar Rendón de quien tiene recibidos 1 100 pesos, la recaudación y cobranza de ellas van a mitad de ganancias. Señala se remataron carnicerías de vaca y toro de novillo en esta villa en don Francisco Valero y Alvarado, a quien por ser pobre le ha suplido todos los costos, gastos, compras de ganado y todo lo necesario para su abasto, por modo de compañía. Señala es patrono del convento de Nuestra Señora de las Mercedes de la ciudad de Los Ángeles. Declara que el quinto de su esposa doña Juana de Gatica, fue la cantidad de 15 000, lo cual dispuso en varias obras pías dejándolo a su disposición de él, de las cuales unas están cumplidas. Él es único patrón del convento de San Antonio de Padua de religiosos Descalzos Franciscos, sito en esta villa de Córdoba, y en atención al derecho que le asiste instituye y nombra a doña Águeda María de Solís y Gatica, su hija, por única patrona del convento, y en caso de su fallecimiento si sucesión, nombró e instituye al varón o hembra que diere a luz doña Rosa María de Rivadeneira, su segunda mujer, y en caso de que no viva la prole que diera a luz la susodicha y que su hija Águeda falleciere, instituye a Rosa María de Rivadeneira. Nombra por sus albaceas a doña Rosa de Rivadeneira, su mujer, al Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, al Capitán don Manuel de Rosas y al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecinos de esta villa, a todos juntos de mancomún, y por solo tenedora de bienes a Rosa y a don Alonso López de Sagade Bugueiro. Nombra por heredera a doña Águeda María de Solís, hija del primer matrimonio, y al póstumo o póstuma que dará a luz su mujer Rosa María de Rivadeneira, a quien también nombra tutora y curadora. Revoca cualquier otro poder para hacer testamentos, codicilos, poderes para testar.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALDon Gaspar Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, de donde es vecino y natural de la villa de Lepe en los Reinos de Castilla, hijo legítimo del Capitán Juan Ramírez de Villafuerte y de doña Manuela Caballero de Carbajal [Caballero de Carvajal], difuntos, vecinos que fueron de dicha villa de Lepe, otorga su testamento de la manera siguiente: Ordena a sus albaceas y herederos mandar decir todos los años una misa cantada al Señor San Roque, en la iglesia parroquial de esta villa y por su limosna, con la cera y cantores, se han de pagar 3 pesos de oro común, para lo cual sitúa y señala 60 pesos en el valor de su hacienda de trapiche de fabricar azúcar que posee en la jurisdicción de esta villa y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción. Es su voluntad se saque de sus bienes lo que importe el costo de unas vidrieras y la manufactura, las cuales ordena se pongan en todo el circulo que hace la imagen de Nuestra Señora de la Limpia Concepción, en el altar mayor de la iglesia parroquial de esta villa. Ordena que del remanente del quinto de sus bienes se separen 1 000 pesos de oro común que han de quedar impuestos sobre dicha hacienda, [roto] [para que se] diga la misa al glorioso Señor San Roque y para el aceite que se ha de gastar todo el año en la lámpara del glorioso Señor San José, en su altar que está en la iglesia parroquial de esta villa. Dijo que su hacienda tiene cargados 1 000 pesos a censo redimible pertenecientes a Nuestra Señora de Ocotlán, jurisdicción de la ciudad de Tlaxcala, y por cuanto con dicha cantidad ha aumentado la hacienda, es su voluntad que los 1 000 pesos queden cargados perpetuamente y se paguen los 100 pesos de sus réditos cada año al capellán del santuario de dicha señora. Ordena sacar 500 pesos de oro de su remanente y de ellos hacer un colateral al Glorioso San Joaquín, con los cinco señores de Jesús, María, José, Joaquín y Señora Santa Anna pintura en lienzo, menos el cuerpo de San Joaquín pues éste ha de ser de busto, el cual se ha de poner en la iglesia parroquial de esta villa, en la parte y lugar más inmediata al altar del Señor San José. Declara por bienes las casas de su morada en esta villa, que compró por remate público de los bienes de Joseph [José] de Nares, sita en la calle Real, que de la plaza Pública va al camino real que sale para Veracruz, y una esclava nombrada Teresa. Asimismo, declara tener dos solares de 50 varas de frente y 50 de fondo en esta villa, uno yermo que linda por el fondo con casa de Mariana Martín y por el frente, calle en medio, con solar de María González, viuda de Juan de la Cruz; el otro solar hace frente, calle en medio, con casas de Benito Rendón, hace esquina frente a casas de Juan de Soto Noguera, y por el fondo linda con solar de doña María de Brito, en cuyo centro del solar hay una casa baja. Declara por bienes la hacienda de trapiche de beneficiar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción, que hubo y compró a Pedro García de Messa [Meza], con 4 caballerías de [tierra] y hoy se encuentra con 8 caballerías y media [roto] que ha comprado a don Francisco de [Rivadeneira], apoderado de don Gaspar Carlos de [Rivadeneira]. Declara estar casado con doña Juliana de Contreras y Sid [Cid], hija legítima de Gonzalo de [Herrera y] Contreras y doña Josepha Cid [Josefa Cid de Lara], vecina de esta villa, con quien procreó a María, de catorce años; a Joseph [José], de doce años; a Manuela, de nueve años; a Gertrudis, de cuatro años; y Ana Francisca, niña de pecho. Nombra como albaceas al Regidor Miguel de Leyba y al Alguacil Mayor [Gregorio] Martínez de Solís, vecinos de esta villa, y a su esposa Juliana. Nombra por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos a su esposa.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALJuan Camaño, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la villa [de] Muro[s] en el Reino de Galicia, Arzobispado de Santiago, hijo legítimo de Juan Camaño e Inés Camaño, difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Manda se digan por su alma y la de sus padres seiscientas misas rezadas, que se pague de sus bienes. Manda que de sus bienes se den 25 pesos para la obra material de la santa iglesia de esta villa, y otros 25 para obra material del convento de San Antonio. Manda se den de sus bienes 200 pesos a Gertrudis López [de Guzmán], niña que será de edad de doce años, hija legítima de Bernardo López [de Guzmán] y María [Martín] Lomelín. Declara por sus bienes una casa baja de piedra y madera, que al presente valdrá 2 000 pesos, ubicada en la calle Real que va para el mesón, la cual compró en almoneda del difunto Antonio de Brito Lomelín. También declara por bienes un negro su esclavo nombrado Joseph [José] que será de edad de veinticuatro años. Ítem declara por sus bienes 1 300 pesos, los 500 en reales y los 800 en fardos de tabaco. Ítem declara que los bienes y albaceas del Capitán Juan Rodríguez Durán, difunto, le son deudores de 582 pesos. Ítem declara que el Licenciado don Bernardo Baldivia [Bernardo Valdivia de la Roelas], Cura Beneficiario del pueblo de San Pablo Soquitlán [Zoquitlán], le adeuda 96 pesos. Ítem declara que Joseph [José] de la Cruz, mestizo, vecino de Orizaba, le adeuda 40 pesos. Nombra albacea a Benito Rendón, vecino de esta villa, y a Domingo Merodio, y por sólo tenedor de bienes a Benito Rendón e instituye como universal heredera a su alma.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Diego Calderón Velarde, Cura interino de la doctrina de Jalapa, recibe de Antonio Cabello, de esta vecindad, 120 pesos de oro común de principal de un censo a favor de la iglesia parroquial, en virtud de la escritura de venta que le otorgó el Bachiller Miguel Pérez de Medina a Antonio Cabello, por un solar con casa donde hoy vive, ubicada en la Calle Real que de la Plaza Pública sube a los barrios altos, con obligación de reconocer el censo y pagar por sus réditos 6 pesos en cada año, con lo cual quitan y redimen el censo.
Doña Micaela Duque de Estrada, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Manuel de Piña, otorga que ha recibido de Gaspar Rendón, mercader, vecino de esta villa y Mayordomo actual de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, 700 pesos de oro común, cuya cantidad es la que quedó liquidada por remanente de los bienes de Bernabé de Castro, vecino que fue de esta villa, quién por cláusula de testamento ordenó se impusieran a censo principal redimible a razón del 5 por ciento anual, para que con los 35 pesos de réditos se digan misas rezadas por su alma, la de María de Herrera, su mujer, por la de sus padres y por las Benditas Almas del Purgatorio; con la condición de que el mayordomo tenga especial cuidado que una de las misas rezadas se diga en el altar de dichas Benditas Ánimas que está en la iglesia parroquial de esta villa, todos los lunes de cada año. Y la otorgante, cumpliendo con su obligación, por la presente otorga que impone, sitúa y carga los 700 pesos a censo sobre una casa de cal y canto que tiene en esta villa, cubierta de teja, en la calle Real que de la plaza principal sale para el pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], y que linda por el oriente con casas y solar de los herederos de Juan de Espinosa, asimismo, se obliga a pagar los réditos cada año al dicho Gaspar Rendón y al que en adelante fuera mayordomo de dicha cofradía, bajo las condiciones que se mencionan.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOMaría de las Virginis [Vírgenes], parda libre, vecina de esta villa, dijo que por cuanto en 1666 los señores, Justicias y Regimientos le hicieron merced de un solar para hacer una casa de vivienda, ubicado en la calle Real de esta villa, el cual linda con un solar que fue de Gaspar González, por su costado y por lo principal hace frente con casa y solar de Diego de Piña. También dijo que al presente trató con María Manuela Rodríguez [de Sandoval], mujer legitima del Regidor don Balthasar Gonsales Belilla Blanco, el venderle la mitad de dicho solar a censo redimible de que ha de otorgar escritura a favor de los curas que fueren de la santa iglesia [roto] de esta villa, a quienes se les han de entregar los réditos correspondientes. Por tanto en aquella vía y forma otorga que vende a dicha María Manuela Rodríguez [de Sandoval], el medio solar referido, el cual se compone de 25 varas de frente y 50 de fondo. Lo vende en precio de 40 pesos de oro común que son y pertenecen al altar de Jesús Nazareno de las Tres Caídas sita en dicha santa iglesia parroquial, que le hace donación para que sus réditos se entreguen a los curas y que conviertan en adorno de dicho altar y para ayuda de su culto. Finalmente se mencionan las condiciones de la compra venta de medio solar.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO