Don Manuel de Olmedo, vecino del pueblo de Jalapa, vende a don José Francisco Suárez, Cura de este pueblo, una casa de paredes de cal y piedra, techada de madera y tejas, labrada en un solar que mide 16 varas de frente y 44 varas de fondo, linda al poniente con la calle que sube de la Parroquia al Calvario, al oriente con casa y solar del Bachiller don José Ignacio Camino y Velasco, al norte con casas del Bachiller don Miguel Bazán de Otero y parte del solar de doña Ana Antonia Camino, y al sur con la Sacristía, Capilla Mayor de esta Parroquia y casa de don Gaspar de Olavarrieta, en la cantidad de 1, 400 pesos.
CALLE DEL CALVARIO
131 Descripción archivística resultados para CALLE DEL CALVARIO
Don Francisco Javier Olartegochea, vecino de esta Villa de Xalapa, otorga que se obliga a pagar a don Pedro de Garay, a don Eduardo de Alsasua y a don José Miguel de Iriarte y Lezeta, sus fiadores, la cantidad de 13, 800 pesos que sacó con la obligación de pagarlos a varios plazos; para la seguridad en su pago pone las dos casas que tiene, la primera linda al norte con la calle Nueva y casas de doña Antonia Gertrudis Díaz de Acosta, al oriente con casa de don Gregorio Ochoa de Amezaga, al sur con el callejón de Quiñónez y al poniente con casa de la Cofradía de las Ánimas, la otra casa linda al poniente con la calle del Calvario y casas de los herederos de don Pedro Alcántara y de don Narciso José de Lagos y Arbide, al oriente con solar de José el carpintero, al norte con solar de los herederos de Gaspar Cabañas y al sur con casa de Pascual Cabañas.
Don José Cabañas, hijo legítimo del difunto don Gaspar Cabañas, en virtud del consorcio que tiene con su hermano don Ramón Granados, vende a don Cristóbal Martínez, un pedazo de solar que heredaron de su padre, el cual mide 21.5 varas de frente por donde linda con la calle del Calvario, por el costado del sur con solar y casa de José Lucas, al poniente con solar de los vendedores; lo vende en 21 pesos 4 reales.
Ramón Granados, vecino de Jalapa, otorga que ha recibido de Domingo de Ochoa, como curador de los menores hijos de su hermano José de Ochoa, la cantidad de 300 pesos, obligándose a pagar dentro de 3 años, con causa de réditos del 5 % anuales, y para seguridad de esta deuda hipoteca una casa que tiene en la calle que llaman de la Amargura, inmediata al Calvario, linda al sur con las casas de Gaspar Carranza, al norte con la de Manuel Jiménez, al oriente con solar del común de indios de este pueblo y al poniente con la Calle Real del mencionado Calvario, obligándose a no vender o enajenar hasta que la deuda esté pagada.
Los ciudadanos Juan Bautista de Garaicoechea, Antonio María de Casas y las señoras María Manuela Montero y Ana María Rodríguez Montero, madre política la primera y mujer la segunda del ciudadano Antonio María de Casas, las dos mayores de edad; el citado Casas dijo que desde el año de 1814 es deudor al ciudadano Juan Bautista de Garaicoechea de la cantidad de 2 208 pesos, como se muestra el papel que se agrega, y que no habiendo hecho el pago le fue requerido extrajudicialmente por su acreedor, quién lo presentó al juzgado de esta villa, en el que con arreglo a las leyes se procedió al juicio conciliatorio y de él resultó que el compareciente otorgase escritura en forma para asegurar su crédito a Garaicoechea, puesto que en el acto no podía hacer el pago por la paralización del comercio. Y habiéndose conformado con el proceder, don Antonio María de Casas otorga que debe al ciudadano Juan Bautista de Garaicoechea la cantidad de 2 208 pesos y sus réditos, y para seguridad de los mismos hipoteca una casa baja, de la pertenencia de su madre política señora María Manuela Montero, de cal y piedra cubierta de teja, sita en la calle del Calvario, que linda por el norte con la colecturía de diezmos; por el sur con casa del ciudadano Pablo Álvarez; por el oriente con la del finado Durán, calle en medio; y por el poniente con solar de la misma colecturía. Y estando presente la señora Montero, de la propia vecindad, otorga que hipoteca la deslindad casa y otorga poder y facultad al acreedor, para que cumplido los plazos si su hijo político no le hubiere satisfecho dicha cantidad y los réditos vencidos, dirija su acción contra ella y pueda vender la mencionada casa.
FRANCISCO FERNÁNDEZ Y AGUDO, ALCALDE CONSTITUCIONAL DE PRIMERA NOMINACIÓN INTERINOEl ciudadano José Francisco Cabañas, de esta vecindad, dijo que posee una casita de madera con cimiento de cal y canto, cubierta de teja, ubicada en esta villa a la tercera calle del Calvario, cuyo sitio tiene 8 varas de frente que lo hace al poniente en dicha calle y 96 de fondo al oriente por donde linda con tierras del Señor del Calvario, de que es Capellán el Presbítero don José Ignacio Ibáñez; por el norte linda con casa y solar de don Antonio Sánchez y por el sur con casa que fue de don Jacinto Álvarez y hoy es de la ciudadana Zavaleta. Cuya finca hubo por herencia de su madre doña Gertrudis Cabañas y se halla libre de todo gravamen y bajo este concepto ha tratado la venta de ella con don José Miguel Contreras en precio de 100 pesos, siendo de cuenta del vendedor el pago de alcabala y escritura. Por lo que reduciéndolo a efecto otorga que vende a don José Miguel Contreras la casita y sitio que queda deslindado, en precio de 100 pesos, de cuya suma se da por entregada.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICODon Marcelino Pensado, vecino de la población de Banderilla, dijo que por fallecimiento del ciudadano José María Díaz quedó un solar con una casuquita de madera y teja, ubicado en esta villa a la calle del Calvario, con 8 varas de frente que lo hace al poniente y 150 al oriente donde termina en 4 varas de ancho, lindando por este viento y por el costado del sur con terreno que hoy posee Francisco Villegas como marido de Paula Leño; y por el costado del norte linda con casa de José Francisco Cabañas. Que el mismo finado Díaz dejó cuatro hijos y lo son María de la Luz que se halla casada con Francisco Moreno; Juliana, doncella que está en la casa del ciudadano Joaquín Herrera; José Toribio de doce años y Catalino [Díaz] de diez que están en casa del relacionante, quien los recogió por haberlos visto abandonados. Que del mismo modo estaba abandonada la casuquita de que se ha hecho mención y por eso tuvo que mandarla desbaratar y recoger la teja. Y que hallándose en igual abandono el solar sin producir cosa alguna, pues lo han hecho muladar, se presentó un comprador que pareciéndole útil al que habla se lo participó al señor Alcalde de cuarta nominación de esta villa, quien previo los informes que tuvo a bien mandó se verificase la venta, formalizándose la escritura por comparente. Y reduciéndolo a efecto por el presente en el modo más oportuno y a derecho conforme, otorga que le vende a don Mariano Rincón, de esta vecindad, el jirón de solar que queda deslindado en precio de 50 pesos para distribuirlo en los términos que previno dicho señor alcalde, de cuya suma se dio por entregado a su entera satisfacción.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICODon Dionisio Camacho, de esta vecindad, dijo que don Juan Mora en la memoria testamentaria bajo que falleció nombró por su albacea a su esposa doña María Josefa Saavedra y ésta murió sin haber podido desempeñar su encargo, dejando encomendado el cumplimiento de esa testamentaria y la de la misma doña Josefa al presente comparente. Dicho comparente dio todos los pasos que estimó convenientes para determinar ese asunto, entre cuyos trámites fue uno, el de la venta de una casa perteneciente a los relacionados finados, ubicada en esta villa a la calle del Calvario, esquina que da vuelta a la calle del costado de la capilla, con 20 varas de frente que lo hace al poniente, por donde linde calle en medio, con fincas de don José Francisco Rivera al oriente, que es su fondo de 59 varas, linda con solar de los Jiménez, por norte con dicha calle del costado de la capilla y por sur con terreno de la testamentaría del padre Zavaleta. Esta finca la vendió a don Francisco Pensado en precio de 3 000 pesos, de los cuales el comprador solo dio parte del dinero, quedando pendiente el resto y el otorgamiento de la escritura, mientras el Tribunal aprobaba el contrato y facultaba al comparente para la celebración de ese instrumento, lo cual quedó de facto concedido. Que habiendo fallecido don Francisco Pensado, sus deudos formalizaron los respectivos inventarios, partición y convenios, y la referida casa quedó consignada al menor Cipriano Wenceslao, hijo y heredero de ese finado. Por tanto, el Juez de los autos de esa testamentaría mandó al comparente don Dionisio Camacho a otorgar la escritura de venta a favor del mismo menor, en el concepto de estar ya entregado por el albacea de Pensado el resto del valor de la casa. Señala que la casa tiene el gravamen de 300 pesos pertenecientes a la obra pía de Santa María Magdalena que mandó imponer doña Paula Barradas, cuyo reconocimiento se obliga el relacionante a subrogar según está mandado por la sagrada mitra de la ciudad de Puebla y dejar libre el fundo de que se trata, en atención a que por separado le tiene ya entregados el propio albacea de Pensado los 300 pesos con este objeto, y no restando ya otra cosa más que formalizar la indicada escritura; reduciéndola a efecto, el relacionante don Dionisio Camacho a virtud de la facultad que de consentimiento de los herederos de don Juan Mora y doña María Josefa Saavedra le está concedido por el Juzgado de Primaria Nominación de esta villa, otorga que ratifica la venta de la casa de que se ha mencionado y declara ser para el menor Cipriano Wenceslao Pensado Espejo y Nava, hijo y heredero del finado don Francisco Pensado y de doña María Paulina Espejo y Nava, en precio de 3 000 pesos, los cuales tiene recibidos, así como los ciento para ayuda de gastos. Y estando presente don Marcelino Pensado, curador ad litem del menor Cipriano y la madre de éste doña María Paulina Espejo y Nava, otorgaron que la aceptan a nombre del expresado menor.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICODon José Gago, de esta vecindad, otorga que vende a don Dionisio Camacho para don Antonio Fernández de Velasco, vecino de la ranchería de la Hoya, una casa de paredes cubierta de madera y teja que posee en esta ciudad, en la penúltima cuadra de la calle del Calvario o Amargura, a donde hace esquina y se compone su frente hacia el oriente en dicha calle, de 26 varas y del otro lado casa esquina de don Carlos Arias; y 91 de fondo hacia el poniente, por donde linda con solares de Antonio Choza y fondo de la casa que pertenecía al finado don José Antonio de la Peña; por el costado del norte hace otro frente al callejón que va para el molino que nombran de San Roque y del otro lado casa y solar de don Antonio Pérez Pensado; y por el costado del sur linda con otra casa y solar de doña Mariana Pérez Chamorro. Cuya casa el otorgante compró a doña Mariana Pérez Chamorro por escritura que otorgó en esta ciudad el 23 de marzo de 1810, y se halla afecta y gravada a 880 pesos de principal en esta forma: 250 pesos en favor del convento de San Francisco de esta ciudad, 410 pesos a favor de doña María Dolores Castro, 120 pesos a favor de la cofradía de la Purísima y 100 pesos a favor de la cofradía de la Santa Veracruz de esta parroquia. La vende en precio de 3 000 pesos, con el reconocimiento de los 880 pesos.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODoña María del Carmen Robles de Zamora, de esta vecindad, viuda del finado don José María Gutiérrez de Zamora, otorga que vende en favor de don Mariano Rincón, actual regidor del Ayuntamiento de Xalapa, a saber una casa de paredes, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, a medio fabricar, situada en esta villa, en la última cuadra de la calle del Calvario o Amargura, a la que hace su frente hacia el oriente con 19 varas y del otro lado casa del finado Pascual Cabañas y 62 de fondo al poniente por donde linda como por el costado del sur, con el de casa y solar de los herederos de don Juan Antonio Pérez Pensado y por el costado del norte con el de casa de Félix Mellado. Cuya casa es la misma, que en el estado a medio hacer en que se halla, la hubo y compró su difunto marido de don Juan Feliciano Díaz, por escritura pública que a su favor otorgó en esta villa el 7 de diciembre de 1820. Dicha casa la vende para pagar a don Joaquín Ruiz, de esta vecindad, parte de mayor cantidad que le adeudaba Zamora y le suministró a principios del año de 1823, en esta villa a la otorgante para la subsistencia de la familia, porque Zamora residía en México. Y cuya enajenación la hace libre de empeño, censo e hipoteca especial ni general que no la tiene, pues el único que reportaba era este. En virtud del cual estaba en poder de Ruiz la posesión la escritura y títulos de adquisición y aún la posesión de la finca, aunque sin uso todavía por las razones antedichas. La enajenación la hace por la cantidad de 600 pesos, que el mismo Ruiz declara haber recibido en reales de contado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO