Doña María Josefa Ladrón de Guevara, dijo que por cuanto el 5 de marzo de 1801 vendió a don Pedro del Puerto Vicario, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, una casa ubicada en la Calle del Beaterio en cantidad de 2,500 pesos, de los que sólo exhibió 500 pesos y los 2,000 restantes se obligó a reconocerlos sobre la misma casa a censo redimible, y en virtud que ha exhibido los dichos 2,000 pesos restantes y su premio, por la presente cancela dicha obligación.
CALLE DEL BEATERIO
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Don Lino Carasa Jiménez, de esta vecindad, albacea y heredero del finado don José de San Martín, dijo que en beneficio del alma del finado, impuso a depósito irregular con causa de réditos de 5% anual y término de 9 años, la cantidad de 3 000 pesos para que de su producto se acudiese al estipendio de las misas que a las 12 de todos los domingos y días de fiesta se celebran en esta Iglesia Parroquial, cuya cantidad se encuentra impuesta sobre la casa mortuoria de San Martín, ubicada en la Calle del Beaterio, y con la intención de perpetuar esta fundación habiéndolo ya convenido con el actual poseedor de la casa, don José Ignacio Paz, quien la compró con el dicho gravamen, por la presente sitúa y carga a censo perpetuo los mencionados 3 000 pesos con causa de réditos de un 5% anual.