Don Diego Juan, Gobernador del pueblo de Altotonga de la jurisdicción de Jalacingo, y Pedro Hernández, Alcalde, dijeron mediante Andrés Pérez intérprete de esta jurisdicción, que en cumplimiento de lo mandado acerca de las escuelas que debe haber en los pueblos, han buscado a Domingo López para que sea su maestro por 2 años que han de correr desde el 1 de julio del presente año, para ello se obligan a pagar 80 pesos de oro común, más 2 fanegas de maíz, 2 huevos cada semana, obligándose el maestro a enseñar la lengua castellana, la doctrina cristiana, a leer y escribir, ocupando 3 horas en la mañana y 3 en la tarde.
ALTOTONGA, PUEBLO DE
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Por ley 27, libro sexto, título primero de la Recopilación de Indias: se ordena que cuando los indios vendieran sus bienes raíces y muebles conforme a lo que se les permite, se traigan a el pregón en Almoneda Pública en presencia de la justicia, y si los bienes que los indios venden ordinariamente son de poco precio, a éstos se les causa tantos costos como importancia. Por lo que se ordena que dicha ley se guarde y ejecute en lo que excediere de 30 pesos y no en menor cantidad, porque en este caso bastará que el vendedor indio parezca ante la justicia ordinaria a pedir licencia para hacer la venta. En cuya atención, siendo el solar que se pretende vender a don Juan Lozano de Cabrera para hacer casa en el pueblo de Santa María Magdalena Altotonga, se otorgará conforme a lo dispuesto.
Don Juan de Quiñones, vecino de este pueblo de Jalapa y Alguacil Mayor de esta jurisdicción y la de Jalacingo, nombra como Teniente de Alguacil a don Salvador de Villavicencio, vecino del pueblo de Altotonga, para serlo en los pueblos de Jalacingo, Altotonga, Atzalan y Santa María Tlapacoyan.
El Sargento Tomas Méndez, vecino del pueblo de Altotonga, otorga poder para testar a doña Juana Zamora, su mujer, junto con Domingo de Celayeta y don Domingo de Landa, vecinos de esta jurisdicción de Altotonga, así como albaceas testamentarios y como herederos universales a sus hijos Petrona, María, Nicolasa, Valentín y Manuela.
Domingo de Landa y doña Juana Bautista, casados y vecinos de este pueblo de Altotonga, se otorgan poder para testar y de albaceas, y como herederos universales a sus hijos María Antonia, Salvador Miguel y Mariano Antonio
Isidro de Zavaleta, vecino de Altotonga, recibe en fiado a su hermano Francisco de Zavaleta, preso por causa que le sigue el Teniente de Jalacingo, Bernardo de Munguía, quien por carta misiva manda se suelte al mencionado hermano, obligándose el declarante a entregarlo cuando el Juez competente se lo pida y en caso de no hacerlo pagará 50 pesos de pena.
Don Francisco Saguato, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, residente y enfermo en el pueblo de Jalapa, ordena que por vía de codicilo se agregue lo siguiente a su testamento otorgado en Tehuacán: que en la ciudad de Génova en la Europa, debe 60 o 70 pesos a don Leonardo Monto, fabricante de sombreros, los cuales manda se paguen y lo sobrante de su quinto se le entregue a su mujer doña María Magdalena Rojiero. Declara que María Casilda Gómez, vecina del pueblo de Altotonga, le dio una partida de reales que no llegaba a 200 pesos, cuya cantidad le pagó en dos partidas, pero no le devolvió ésta el papel que le dio.
Don Cristóbal Vidal, vecino de Altotonga y residente en este pueblo, otorga poder a Manuel Ponce, para que se encargue de todos sus pleitos con cualquier persona o comunidades, compareciendo ante las autoridades correspondientes, haga pedimentos, demandas, suplicas, alegaciones y demás que sea necesario, por lo que se le otorga con libre y general administración y facultad de sustituir.
Don Fernando de la Cruz, Gobernador pasado, Diego Juan, Martín Pérez, Antonio García y otros oficiales pasados del pueblo de Altotonga, pertenecientes a la formación del nuevo pueblo de San Felipe de la rancherías de Solomehuacan, nombrados en esta escritura, otorgan poder a don Lucas José Barradas, para que se encargue de los pleitos, civiles y criminales que tenga o tuvieren con cualquier persona o comunidades.
Don Francisco Roa, vecino del pueblo de Altotonga, en el partido de Jalacingo, residente en este suelo, otorga poder a don Juan Nepomuceno Herrero, de esta vecindad, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, cobre de don Miguel Castellano, también vecino de Altotonga, la cantidad de 290 pesos, que por su culpa lo ha condenado a satisfacer el Tribunal de Distrito por tener parte del valor de 80 arrobas de tabaco que depositaron en poder de don Miguel Castellano, de don Francisco Aburto y del comparente, las cuales fueron extraídas por descuido del primero. Asimismo, para que se encargue de las cobranzas y pleitos que tenga o en adelante tuviere.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO