Tomás de Mariaca, vecino de la jurisdicción de Orizaba, se obliga como fiador del Alférez Pedro [de] Gatica, Regidor y Depositario de esta villa y su jurisdicción, y como tal se constituye a que el Depositario General acudirá, entregará y pagará todos los depósitos que como depositario se le entregaren luego que le sea mandado por juez competente. Siendo su fiador hasta la cantidad de 12 000 pesos de oro común.
Zonder titelALFÉRECES
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Luis Gómez Infante, vecino de la jurisdicción de Orizaba, administrador del ingenio de azúcar del Conde del Valle, en nombre y con poder de doña Gerónima [Jerónima] de Gatica, vende al Capitán Nicolás Blanco, vecino de esta villa, 3 caballerías de tierra eriaza en la jurisdicción de esta villa, que por el oriente y norte lindan con tierras del Capitán Nicolás Blanco; y por el sur y poniente con tierras del Alférez Mayor Juan García Valero. Las vende por precio de 800 pesos de oro común.
Zonder titelDon Miguel de Rojas y Amer, Doctor en Medicina y vecino de esta villa, vende al Capitán don Joseph de Leyva [José de Leiva] y Esparragosa, Alcalde Ordinario por Su Majestad y vecino de esta villa, un esclavo negro nombrado Lorenzo Remigio, de veintiocho años de edad más o menos, el mismo que el otorgante compró del Alférez don Juan de Almasa [Almaza] [roto], y ahora vende en precio de 200 pesos de a 8 reales cada uno de oro común libres de alcabala.
Zonder titelAnte don Francisco de Luna y Arellano, Corregidor por Su Majestad de este partido, pareció Luis Hernández, mercader viandante, quien manifestó [12 pesos] que trae empleados en seis cajas para vender, asimismo el corregidor le notificó acuda a pagar la alcabala con el Alférez Agustín Sierra, vecino de esta jurisdicción, a cuyo cargo está la cobranza.
Balthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor perpetuo y Depositario General de esta villa, como Procurador nombrado por la Justicia, Cabildo y Regimiento de ella, dijo que por cuanto los naturales del pueblo del Naranjal, jurisdicción de Orizaba, han aprehendido posesión de tierras en la jurisdicción de esta villa de Córdoba en grave perjuicio de dicho Cabildo, por ser dichas tierras de las que le tocaron en su fundación a sus primeros pobladores. Y hallándose imposibilitado para ir personalmente a la ciudad de México donde está radicado este juicio, otorga poder al Regidor [roto], quien se halla en la [ciudad de Mé]xico, y a Domingo de Córdoba, Procurador [roto] de la Real Audiencia de esta Nueva España; para que puedan parecer ante Su Alteza y Señores de la Real Audiencia de esta Nueva España y hagan los pedimentos, requerimientos, citaciones, alegaciones, protestas suplicas, presenten escritos y demás pruebas, hasta lograr que los poseedores de dichas tierras lo están en quieta y pacifica posesión de ellas.
Zonder titelJacinto Pérez Padrón, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder de Luis Gómez Infante y de doña Gerónima [Jerónima] Gatica, su legítima mujer, vecinos del ingenio del señor Conde del Valle en la jurisdicción de Orizaba, vende al Alférez Nicolás Rodríguez, vecino de esta villa, una casa de vivienda en esta villa, con la mitad de las paredes de piedra y cal y la otra mitad de piedra y barro, cubierta una mitad de zacate muy viejo y la otra de teja que amenaza ruina por estar las maderas podridas. El solar en que esta fundada tiene 50 varas en cuadro, y linda por el oriente con casa y solar del Capitán Nicolás Blanco, calle de San Juan en medio; por el sur con casa y solar de Marcos Blanco; y por el norte con casa y solar de María Álvarez, calle en medio; la vende con todo lo que en dicha casa y solar le pertenece, y con setenta alfardas que hay dentro de la casa, la cual la susodicha llevó en dote al matrimonio y ahora vende por precio de 250 pesos.
Zonder titelPedro Hernández, vecino de esta jurisdicción, manifestó la cantidad de 300 pesos que tiene empleados en ropa de la tierra, manteles y huipiles para vender en esta jurisdicción, asimismo se le notificó acuda a pagar la Real Alcabala con el Alférez Agustín Sierra o con Juan Rangel, encargados de la cobranza de dicha alcabala.
Ante don Francisco de Luna y Arellano, Corregidor por Su Majestad de este partido, pareció Gaspar Martín, vecino de esta jurisdicción, quien manifestó 150 pesos de diferentes mercaderías que trae a vender, asimismo el corregidor le notificó acuda a pagar la alcabala con el Alférez Agustín Sierra, vecino de esta jurisdicción, a cuyo cargo está la cobranza.
Diego Altamirano, vecino del pueblo de Acultzingo, declara que don Agustín de Montalvo, su hermano, vecino del pueblo de Tulancingo, como hijo legítimo de don Juan de Montalvo y doña Úrsula de la Torre y Morantes, sus padres difuntos, vecinos que fueron del pueblo de Acultzingo, de la jurisdicción de Orizaba, y como heredero de los susodichos le pertenece la herencia en el remanente de los bienes con los demás sus hermanos, que entre dichos bienes dejaron una hacienda de labor de riego en el dicho pueblo de Acultzingo con sus aperos, tierras, labores y sitios, sobre dicha labor, sitios y demás está impuesto un censo de 2 000 pesos a favor de una capellanía, que impusieron Diego de Montalvo y doña Gerónima [Jerónima] de León Coronado, abuelos paternos de dicho don Agustín. También señala que por haber fallecido los dichos abuelos, así como los padres del otorgante, y también don Francisco de Montalvo, su tío, sucedieron en dicha labor de tierras y sitios el dicho don Agustín, don Luis, doña Lorenza y doña Juana de Montalvo, sus hermanos legítimos; asimismo con don Diego, don Gerónimo [Jerónimo], don Alonso y doña Estefanía de Montalvo, sus primos legítimos. Y que como tales bienes indivisos se han de conservar entre todos los susodichos disfrutando del rédito que produzca el arrendamiento, pero como no le es conveniente proseguir con estos efectos, porque le es más útil ceder y traspasar todos sus derechos, reduciendo dicho derecho a reales, y con poder de don Agustín de Montalvo otorga que vende al Alférez Mayor Juan García Valero, vecino de esta villa, la parte legítima que le pertenece en la dicha labor de riego y demás sitios de ellas, que están gravadas a dicho censo y capellanía. Lo vende por precio de 200 pesos de oro común.
Zonder titelAlonso de Cobos, mercader viandante, manifestó tener 100 pesos de mercaderías en jícaras, se le notificó que debe acudir a pagar la alcabala con el Alférez Agustín Sierra, vecino de esta jurisdicción, en quien está rematada la alcabala.