El Alférez Antonio Muñoz de Anaya, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de Sevilla en los reinos de Castilla, bautizado en la pila de la parroquia de San Salvador, hijo legítimo del Capitán don Alonso Muñoz de Anaya y de doña Catalina Núñez Molina, difuntos; junto con doña Ana de Pedraza, natural de esta villa, hija legítima de Antonio de Pedraza y de doña Ana García de Meza, difuntos; se otorgan poder el uno al otro y al Tesorero Pedro Trillo de Figueroa, vecino de esta villa, para que puedan otorgar el testamento de uno por el otro como lo tienen comunicado. Declaran que hace veintitrés años contrajeron matrimonio y que ninguno llevó cosa alguna, de cuyo matrimonio procrearon a doña Catalina, de veinte años de edad; Antonio, de dieciocho años, estudiante en la ciudad de la Puebla; José, de ocho años; Polonia, de seis años; y Alonso, de cinco años. Nombran como albacea y tenedor de sus bienes a dicho Pedro Trillo. Nombran como herederos a sus hijos, de quienes se nombran el uno al otro tutor y curador ad bona, junto con don Pedro Trillo, a quien relevan de fianzas.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOALFÉRECES
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El Tesorero Pedro Trillo de Figueroa, vecino de esta villa de Córdoba y Notario del Santo Oficio de la Inquisición; y doña Ana de Pedraza, vecina de esta villa, en voz y nombre del Alférez Antonio Muñoz de Anaya, difunto marido de la susodicha, en virtud de poder para testar que les confirió; por la presente otorgan su testamento de la siguiente manera: Declaran que el Alférez Antonio Muñoz de Anaya falleció el 10 de enero de 1711. Asimismo, detallan las deudas que tenía el difunto, como los deudores de él y los montos que le deben. Dijeron que hace veintidós años, poco más o menos, contrajeron matrimonio Antonio Muñoz de Anaya y Ana de Pedraza, del cual procrearon a doña Catalina, de diecinueve años de edad; Antonio, de dieciocho años; José, de diez años; Polonia, de seis años; y Alonso, de cuatro años. Declaran por bienes del difunto: la casa de su morada, hecha de cal y canto, cubierta de teja, fabricada en medio solar de 25 varas de frente y 54 de fondo; medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo; otro medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo. Ambos se nombran como albaceas testamentarios y Ana de Pedraza como tenedora de bienes. Nombran como herederos a sus hijos, de quienes se nombra Ana de Pedraza como tutora y curadora ad bona.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, dijo que es dueño de la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Miguel y Santiago [hacienda Santiago y San Miguel] en tierras propias, en jurisdicción de esta villa; y de una casa principal de piedra y madera, también en esta villa, en la esquina de la plaza Pública de ella, que va para el camino real de la Nueva ciudad de la Veracruz, y linda por una parte con casa que quedó por bienes de doña Juana de Contreras Gatica; por el fondo con casa del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; y hace frente, calle en medio, con casa de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, sobre la cual están cargados 2 000 pesos de capellanía a favor del ánima de don Benito Rendón, difunto. Asimismo, dijo que sobre dicha hacienda están cargados 7 000 pesos de principal a favor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, también 1 200 pesos a favor de la capellanía que dejó fundada por su alma el Licenciado don Juan de Rivera Grajeda. Y porque se siente con muchos achaques y no puede administrar, regir ni gobernar su hacienda por su mucha edad, ha ajustado con el Regidor don Juan Valero Grajeda, su sobrino, hacerle transacción y concierto, por lo cual otorga que vende, cede y traspasa al Regidor don Juan Valero, la dicha hacienda y la casa en precio de los 11 200 pesos, de los cuales se ha de obligar y reconocer 2 000 pesos de capellanía a favor del ánima de don Benito Rendón; 7 000 pesos a favor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición; 1 200 pesos a favor de la capellanía que fundó el Licenciado don Juan de Rivera; y los 1 000 pesos restantes que le ha de dar su sobrino según tienen pactado. Dicho traspaso se realiza bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOCapitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba por Su Majestad, Teniente de Capitán General de ella, en nombre y como apoderado del Alférez don José de Ahedo, vecino la Nueva ciudad de la Veracruz, vende a don Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa, un esclavo negro nombrado Juan Cayetano, criollo del puerto de Campeche, de veinticuatro años de edad, el mismo que hubo y compró de Francisco Fernández de Ávila, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, por escritura que otorgó en ella el 8 de abril pasado, ante Juan Dionisio de Luna, Escribano Real. Lo vende en 350 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Alférez Esteban de Naval y Pintos, vecino de esta villa de Córdoba, vende a don Miguel de Val y Vega, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, una esclava negra nombrada María Josefa, casta rayada, de treinta años de edad poco más o menos, la misma que hubo y compró en remate público de los bienes de Juan Vázquez, vecino de esta villa. La vende en precio de 330 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOAntonio de Laboreiro, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que contrajo matrimonio el día dos del presente mes, con doña Juana Fernández de Olivares, doncella, natural de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, hija legítima del Alférez Luis Fernández de Olivares y de doña María Fernández Camacho; asimismo, dijo que cuando se efectuó dicho casamiento se le prometió en dote y propio caudal por el Señor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico, Comisario del Santo Tribunal de Cruzada en esta villa, 716 pesos 4 reales en reales y ropa, cuya cantidad otorga haber recibido de dicho señor cura en los bienes y reales que se mencionan en esta escritura; junto con 400 pesos que manda a su mujer en arras propter nuptias, en honra de su virginidad y limpieza, que declara caben en la décima parte de sus bienes, sumando ambas cantidades 1 116 pesos 4 reales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad, y doña María Francisca de Leiva y Esparragosa, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba; Juan Morera de Silva como tutor y curador ad bona de la persona y bienes de José de Escobar, menor hermano legítimo de dicha su esposa; otorgan venden al Alférez Bernardo de Reina, vecino de esta villa, un solar compuesto por 50 varas de frente y 50 de fondo en esta villa, en donde baja para la cañada, el cual linda por una parte con solar y casa de José Hernández y por el otro lado con solar del dicho alférez; hace frente, calle en medio, con solar de Gertrudis Domínguez; y por el fondo con solares eriazos que están en dicha cañada; cuyo solar heredaron María Francisca de Leiva y José de Escobar de su madre, Agustina Abad, difunta. Lo venden en precio de 105 pesos de oro común en reales.
JERÓNIMO DE ACOSTA, JUEZ RECEPTORJuan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, alias Acatengo, como principal deudor; y los Capitanes don Lope Antonio de Iribas, don Antonio de Leiva Esparragosa, don Nicolás Rodríguez Dávila y el Alférez don José Gómez Dávila, vecinos de esta villa y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, como sus fiadores y principales pagadores; se obligan a pagar a doña Inés María de Serrano y Perea, vecina del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], viuda del Pagador don Juan de Buendía, difunto, tutora y curadora ad bona de sus menores hijos, a saber 3 800 pesos de oro común en reales, los mismos que por hacerle bien y buena obra le ha prestado a Santos Cubillos y son los mismos que le cupieron a la susodicha y sus hijos en la hijuela de partición que se hizo de los bienes de don Juan de Buendía. Cuya cantidad se obligan a pagar en el plazo de dos años a partir de hoy, con hipoteca de sus haciendas nombradas la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, San Miguel, San Juan Bautista, San José y Santa Cruz.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Diego Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general al Señor Doctor don José Valero Grajeda, su hermano, Prebendado de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre pueda tomar a censo redimible 7 000 pesos de la persona, obras pías, capellanías o del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de este reino u otro que halle; y cargue dicho censo sobre unas casas que posee en dicha ciudad y sobre su hacienda de hacer azúcar, nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, que tiene en esta jurisdicción a 2 leguas de esta villa, la cual linda por esta parte con el río Blanco; por otro lado con la hacienda de trapiche del Regidor don Juan Valero Grajeda, su sobrino; por otro lado con tierras del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, su hermano; y por otro lado con tierras y rancho de Miguel García. Dicha hacienda se compone de 17 caballerías de tierra que heredó del Licenciado don Juan Valero Grajeda, su hermano; y sobre la cual están cargados 3 000 pesos de una capellanía a favor del Licenciado don José de Morales, asimismo, se halla hipotecada por 7 000 pesos a favor del Santo Oficio.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Alférez don José Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, vende al Capitán don José de Carvajal y Contreras, vecino de esta villa, un esclavo mulato de nombre Alejandro de la Cruz, criollo de la ciudad de la Habana, de treinta y un años de edad más o menos, el mismo que hubo y compró del Capitán don Juan Gómez Dávila, su tío, por escritura hecha en esta villa el 16 de agosto de 1706. Lo vende en precio de 300 pesos horros de alcabala.
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