ALFÉRECES

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

    Nota(s) sobre el origen

      Mostrar nota(s)

        Términos jerárquicos

        ALFÉRECES

          Términos equivalentes

          ALFÉRECES

            Términos asociados

            ALFÉRECES

              1367 Descripción archivística resultados para ALFÉRECES

              1367 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0058 · Unidad documental simple · 1698/06/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de los Santos Villalón, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz y estante en esta villa de Córdoba, en nombre y con poder de Alfonso del Rastre, vecino de la dicha ciudad, para la venta de un negro esclavo nombrado Gaspar, casta anchico, de veinte años de edad poco más o menos, que compró Alfonso Rastre de Vicente de Losana [Lozana], vecino de Sevilla; asimismo, en nombre y con poder del Alférez Joseph [José] Rodríguez de Betia [Vetia], vecino de la villa y puerto de San Francisco de Campeche, para la venta de un negro esclavo nombrado Tomás, de nación Mina, de 30 años de edad más o menos, que compró Betia [Vetia] en la almoneda de las presas que el Capitán Francisco Fernández trajo del Cabo de Catocha; vende a don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa, los dos esclavos mencionados en 600 pesos de a 8 reales cada uno de oro común.

              SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0063 · Unidad documental simple · 1698/06/30
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel Valero Gragera, Alférez Mayor de esta villa de Córdoba; el Alguacil Mayor Gregorio Martínez de Solís; don Miguel de Leiva [Esparragosa], don Gaspar Carvajal y don Juan Valero Grageda [Grajeda], Regidores; Balthazar González de Velilla Blanco, Depositario de esta villa, y por los demás del Cabildo y su Ayuntamiento por quienes y por su ausencia prestan vos y caución de nato grato, otorgan poder a don Juan de Nava y Mexia [Mejía], vecino de la ciudad de México, para que en sus nombres parezca ante Su Alteza y Señores de su Real Audiencia de la ciudad de México, respecto a los privilegios que Su Majestad concedió desde el principio de la fundación de esta villa de Córdoba, en las tierras que le tocan y en que ahora nuevamente a damnificado el Alférez Pedro de Trujillo [Villavicencio], causando despojo a las personas que las habitan; y para que los represente en todas sus causas, pleitos y negocios que se presenten, y puedan parecer en los demás tribunales superiores e inferiores, eclesiásticos y seculares donde pongan demanda y respondan a las contrarias.

              SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0065 · Unidad documental simple · 1698/07/02
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Rodríguez de Piña, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficiar azúcar en su jurisdicción, se obliga a pagar al Alférez Pedro Trujillo Villavicencio, vecino de la provincia de la ciudad de Tepeaca y dueño de hacienda de labor en dicha provincia, la cantidad de 800 pesos de a 8 reales cada uno de oro común, los mismos que por hacerle amistad y buena obra le prestó en reales de contado, y pagará en todo el mes de diciembre de 1699 en la ciudad de los Ángeles, todos en una sola paga.

              SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0040 · Unidad documental simple · 1699/05/22
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Juan Jiménez, Escribano de Su Majestad y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Capitán don Miguel de Rojas y Amer, vecino de México, para que en su nombre parezca ante los señores jueces oficiales de la Real Hacienda y Caja de la ciudad de México y en los tribunales que convenga, para hacer postura, admitirla y celebrar remate de las Reales Alcabalas de esta villa de Córdoba y partido de San Antonio Huatusco y su jurisdicción por tiempo de nueve años [roto], las cuales han estado al cuidado y obligación de los señores alcaldes mayores. Dicha postura ha de ser por tiempo de nueve años, ofreciendo en cada uno 1 000 pesos más o menos.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0078 · Unidad documental simple · 1699/08/08
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Tomás López de Sagade de Bugueiro, vecino de esta villa, dijo que es acreedor de los bienes del Capitán Nicolás Blanco y de su mujer doña Ana de Sandoval, difuntos, por cantidad de 3 000 pesos que le legaron a doña Juana de Ojeda, su mujer, cuya cobranza de dicho principal y réditos no ha tenido efecto hasta el día de hoy. Y teniendo noticias de que el Alférez Juan García del Castillo, como albacea testamentario y tenedor de bienes de don Lope de Yribas [Iribas], difunto, quien lo fue de los susodichos Blanco y su esposa, ha rematado una casa perteneciente a dichos bienes en esta villa y estar en poder de Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa, la cantidad de 2 000 pesos que se pusieron en depósito en el ínterin que se aplican y adjudican a quien los hubiese de haber. Por tanto, presentó solicitud para que se le entregaran los 2 000 pesos a cuenta de los 3 000, en el que ofreció fianza de depositaria en la persona de don Alonso López de Sagade [de Bugueiro], su hermano, lo cual tuvo a bien el alcalde mayor de esta villa y mandó se le entregasen los 2 000 pesos. Y poniéndole en ejecución para el otorgamiento de la fianza que tiene ofrecida; estando presente don Alonso López de Sagade [de Bugueiro], dueño de trapiche de hacer azúcar, otorga que fiaba a don Tomás López de Sagade de Bugueiro, de tal manera que entrando la dicha cantidad en su poder, dará recibo de ellas y quedará dicho Alonso Gómez Dávila, libre del depósito y obligación que de ellos tiene otorgada, quedando la cantidad en poder de su hermano por cuenta de los 3 000 pesos.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0018 · Unidad documental simple · 1694/03/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Gregorio Bernal Maldonado, residente en esta villa de Córdoba, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], se obliga de pagar al Capitán Pedro Caramur y Enrriques [Enríquez] o a quien en su poder hubiere y fuere parte legítima, 776 pesos por otros tantos que le prestó en reales de contado, mismos que pagará dentro de tres meses que corren y cuentan desde hoy día de la fecha de esta escritura, sin pleito, pena de la ejecución y costas de la cobranza; y si antes de cumplidos los tres meses llegasen naos de flotas o azogues al puerto de la Nueva ciudad de la Veracruz, entonces, se entiende haberse cumplido el plazo de esta escritura, y él como obligado de dicha cantidad hará en una paga sin aguardar otro plazo, por lo que se obliga en forma con su persona y bienes.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0073 · Unidad documental simple · 1694/10/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de los Ángeles, hijo de Pedro López del Castrillo, difunto, y de doña Francisca de la Torre Mercado, vecina de dicha ciudad; y doña Josepha [Josefa] de Maldonado, mujer del susodicho, también natural de la ciudad de los Ángeles, hija del Alférez Juan Maldonado, difunto, y de doña María de Manxares [Manjarrez] Asañon [Azañón], vecina de esta villa; dijeron que por cuanto los descargos de su conciencia los tienen comunicados “el uno al otro y el otro al otro”, por tanto en aquella vía y forma otorgan que se dan el poder que se requiere, en caso de uno de los dos falleciere, y el que quedare vivo haga y otorgue su testamento en la forma y con las cláusulas que se tienen comunicados. Por otra parte, declaran que son casados y cuando contrajeron matrimonio él llevó de dote la cantidad de 3 000 pesos y la susodicha su mujer hasta cantidad de 5 000 pesos poco más o menos. Durante dicho matrimonio han procreado a Gertrudis, Pedro Pablo, Francisco, Felipe, Joseph [José] Zeferino, Juan Joseph [José] y a Gerónimo [Jerónimo] del Castrillo. Para cumplir las mandas y legados de este testamento ambos se señalan albaceas testamentarios. Por último, nombran por únicos y herederos universales a sus hijos, y dicho Pedro nombra por tutora y curadora de ellos y de sus bienes a doña Josepha [Josefa] de Maldonado, su mujer.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0077 · Unidad documental simple · 1694/10/31
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Pedro de Trujillo Villavizensio [Villavicencio], residente en esta villa, vecino y labrador de la ciudad de Tepeaca, dijo que por cuanto en virtud de Real Provisión de los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, la justicia de esta villa le ha amparado en posesión de diferentes sitios de tierras para ganado mayor que tiene y le pertenecen en esta jurisdicción, como parece de sus títulos y mercedes de dichas tierras. Y en atención a que le faltan 5 sitios de dichas tierras de que tomar posesión, que son el uno en el nacimiento del río que llaman de Atoiaque [Atoyac], un cuarto de legua más abajo en términos de esta villa de Córdoba, y los cuatro en términos del pueblo de San Jerónimo Sentla [Zentla]. Por tanto, para que haya persona que en su nombre tome posesión de dichos sitios, otorga que da su poder especial a Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, para que en su nombre y representación parezca ante el Capitán Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor, Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta villa y sus partidos, y ante cualesquiera señores justicias que con derecho deba, y pida a su merced se sirva darle posesión de dichos sitios.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0050 · Unidad documental simple · 1695/11/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel Valero Gragera [Grajera], Alférez Mayor y Regidor perpetuo [roto]; y don Juan Valero Cavallero y Gragera [roto], juntos y cada uno, por lo que toca in solidum, otorgan poder especial a don Luis Gabriel de Velasco y Hermosilla, vecino de la ciudad de México, para que en representación de ellos comparezca en la villa de Madrid ante el Rey, en su Real y Supremo Consejo de Indias, y suplique por el dicho Miguel Valero, se saque la [expresión], honores y franquezas que Su Majestad le concedió al Capitán Juan García Valero, su padre, al tiempo y cuando le hizo merced y remate de dicho oficio de Alférez Mayor, en el cual como su hijo le sucedió y honró por juro de heredad. Para que con la fuerza y vigor que en los Reinos de España se guardan los privilegios de tales oficios, se entienda en dicho Miguel Valero perpetuado en estos Reinos de la Nueva España, para cuyo efecto le saque a la letra cómo se deben entender y guardar sin que los señores fiscales de Su Majestad, en este reino ni su superior gobierno, puedan embarazarle los despachos que de este fin se consiguieren. Asimismo, para que se pueda vincular dicho oficio con todas las circunstancias que para la consecución de lo [referido requieran] de que pueda usar el dicho don Luis Gabriel. Y por lo que toca a don Juan Valero Cavallero y Gragera, para que solicite y pretenda en la dicha villa de Madrid y Corte de Su Majestad y su Real Consejo de Órdenes, se le haga merced de hábito de una de las tres órdenes militares que fuere servido por Su Majestad.

              NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0088 · Unidad documental simple · 1695/03/28
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado Juan Valero [de] Graxera, don Diego García Valero, Regidor de esta villa por Su Majestad, y el Alférez Real Miguel García Valero, que lo es de ella, dueños de hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción. Dicho Miguel García Valero, dueño de la cuadrilla de carros, obligado al asiento para conducir a la Nueva ciudad de la Veracruz las piedras de sillares que se hayan labradas en la cantera de esta villa, para el recalce del muelle de dicha ciudad. Manifestaron, que don Diego Dávila Varrientos [Barrientos], dueño de una hacienda de trapiche de hacer azúcar en términos del pueblo de Quezala [Coetzala], jurisdicción de la Antigua ciudad de la Veracruz, de su autoridad y sin permiso de ellos abrió, por tierras propias se sus haciendas, un camino real de una legua, provocando que el trajino sea muy dilatado, con gravísimo perjuicio de las haciendas de los otorgantes, y en especial a los bueyes de los carros de dicho alférez real, porque por dicho camino se le ahuyentan y retiran a partes donde los [hurtan] [roto] y le faltan muchos de ellos. Por cuya razón, y por el compromiso que tiene de la conducción de sillares para la obra de dicho muelle, y para los litigios que se les puedan ofrecer, otorgan poder especial a Juan Leonardo de Sevilla, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en nombre y en representación de sus personas, parezca ante el Excelentísimo Señor Virrey de este reino, jueces y tribunales superiores que con derecho pueda y deba, y pida se libre despacho a favor de los otorgantes, para que don Diego Dávila, a su costa, cierre dicho camino y trajine el que siempre ha usado.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO