Juan Martínez Romano, vecino de esta villa, María Álvarez [Galván], su legítima mujer, con licencia y permiso de dicho su marido para otorgar escritura de venta, ambos marido y mujer otorgan que venden a Antonio Hernández “el Viejo”, vecino de esta dicha villa, un rancho de labor poblado [roto] 3 caballerías, 2 suertes de tierra, que poseen en la jurisdicción de esta villa, en el pago [roto] del rincón de don Juan, las cuales son las mismas que se le dieron por merced a Dionisio Francisco, padre legítimo de dicha María Álvarez, como uno de los primeros fundadores de esta villa; dicho rancho linda por la parte del oriente y del sur con tierras del Alférez Mayor, por el norte con tierras de Amatlán. La venta se realiza por los precios siguientes: las 3 caballerías y media de tierra en precio de 600 pesos de oro común; 2 suertes de planta de pina [sic] en 180 pesos; un pedazo de caña dulce sembrada en 80 pesos; cinco bueyes mansos a 10 pesos cada uno; tres jacales en 20 pesos; de las cercas que están hechas 22 pesos; de dos rejas y arados 8 pesos; todo lo referido hacen 960 pesos.
JUAN GARCÍA VALERO, JUEZ RECEPTORALFÉRECES
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Diego Altamirano, vecino del pueblo de Acultzingo, declara que don Agustín de Montalvo, su hermano, vecino del pueblo de Tulancingo, como hijo legítimo de don Juan de Montalvo y doña Úrsula de la Torre y Morantes, sus padres difuntos, vecinos que fueron del pueblo de Acultzingo, de la jurisdicción de Orizaba, y como heredero de los susodichos le pertenece la herencia en el remanente de los bienes con los demás sus hermanos, que entre dichos bienes dejaron una hacienda de labor de riego en el dicho pueblo de Acultzingo con sus aperos, tierras, labores y sitios, sobre dicha labor, sitios y demás está impuesto un censo de 2 000 pesos a favor de una capellanía, que impusieron Diego de Montalvo y doña Gerónima [Jerónima] de León Coronado, abuelos paternos de dicho don Agustín. También señala que por haber fallecido los dichos abuelos, así como los padres del otorgante, y también don Francisco de Montalvo, su tío, sucedieron en dicha labor de tierras y sitios el dicho don Agustín, don Luis, doña Lorenza y doña Juana de Montalvo, sus hermanos legítimos; asimismo con don Diego, don Gerónimo [Jerónimo], don Alonso y doña Estefanía de Montalvo, sus primos legítimos. Y que como tales bienes indivisos se han de conservar entre todos los susodichos disfrutando del rédito que produzca el arrendamiento, pero como no le es conveniente proseguir con estos efectos, porque le es más útil ceder y traspasar todos sus derechos, reduciendo dicho derecho a reales, y con poder de don Agustín de Montalvo otorga que vende al Alférez Mayor Juan García Valero, vecino de esta villa, la parte legítima que le pertenece en la dicha labor de riego y demás sitios de ellas, que están gravadas a dicho censo y capellanía. Lo vende por precio de 200 pesos de oro común.
JACINTO PÉREZ PADRÓN, JUEZ RECEPTORJuan García Valero, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, otorga que da en arrendamiento a Tomás Tinoco, vecino de esta jurisdicción, un rancho de labor que posee en el rincón que llaman del Encino jurisdicción de esta villa, de la vereda que va desde el pueblo de Amatlán al Naranjal, el cual linda por el poniente con tierras de Joseph [José] de Brito y por el oriente con un arroyo que divide las tierras de [roto] y las del comedero de la boyadas de los carros de dicho alférez mayor; por el norte con tierras que fueron de Alonso Galván y por el sur con el río Blanco. Declara que junto con el rancho le entrega una casa de jacal grande de 9 brazas de largo, una cocina y el apero que se menciona en la escritura. Lo arrienda por tiempo de 6 años en 50 pesos de oro común cada uno.
DIEGO DE BRITO LOMELÍN, JUEZ RECEPTORDiego de Brito Lomelín, Alcalde Ordinario, declara que hizo petición a los señores justicias de esta villa, para que le otorguen un solar para hacer casa de vivienda, el cual es de su comodidad uno que la villa tiene en la en la plaza de ella, que linda por el oriente con solar del señor Alférez Mayor Juan García Valero, por el norte con dicha plaza, por el poniente con solar que fue del Alguacil Mayor Bartolomé Rodríguez Bolaños, por el cual ofreció dar 60 pesos de oro común impuestos a censo redimible en favor de los propios de esta villa. También señala que por auto celebrado en el Ayuntamiento las justicias le concedieron el solar que solicitó, con agregación del que le sigue, por ser barranco e inútil, con calidad de que haga escritura de obligación. Por lo que cumpliendo con el auto expresado, otorga que se obliga de dar y pagar a la villa de Córdoba 3 pesos y 2 tomines de oro común de censo de tributo y rédito en cada un año hasta la redención del principal.
JOSÉ BLANCO, JUEZ RECEPTORHernando Esteban Abad, vecino de esta villa, declara que vendió al Alférez Juan García Valero, 4 suertes de tierra que tiene en esta jurisdicción, en el pago de la venta Vieja, que las compró por bienes de Gaspar [de los] Reyes, vecino que fue de esta villa, dichas tierras lindan por el oriente con otras 2 suertes de tierra de dicho alférez; por el poniente con baldío de esta villa; por el norte con el río de Tleapa. Las vende por precio de 100 pesos de oro común.
DIEGO DE BRITO LOMELÍN, JUEZ RECEPTORFrancisco Rodríguez, vecino de esta villa, como padre y administrador legítimo de María, niña, también hija de Águeda Camacho, difunta, su legítima mujer, otorga poder al Alférez Juan García Valero, para que pida, demande y cobre de los bienes, albaceas y herederos de Alonso Galván y María Díaz, la porción que le pertenece a su hija, como nieta y una de los coherederas.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, JUEZ RECEPTORSimón Rodríguez, hijo legítimo de Melchor Alfonso y Ana Rodríguez sus padres difuntos, vecinos que fueron del lugar de Barlovento de Nuestra Señora del Rosario en la isla de la Palma, de donde es natural y vecino de la jurisdicción de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que primero fue casado en dicha isla con Juana Hernández, durante el matrimonio tuvieron a Pedro Rodríguez, Melchor Rodríguez de Medina, Fray Simón del Rosario Rodríguez, Gaspar Rodríguez y María del Rosario [Rodríguez], Religiosa Profesa en Santa Catalina de la Palma, así como otra hija llamada Ana Rodríguez. Señala por sus bienes un rancho de 3 caballerías y media de tierra que está en la jurisdicción de esta villa; cuarenta ovejas, dos vacas con sus crías, tres machos y tres mulas; cuatrocientos manojos de tabaco, entre otros géneros. Nombra como sus albaceas al Alférez Mayor Juan García Valero y a su mujer doña Lorenza de Montalvo Pacheco, para que entren en sus bienes y los vendan; e instituye como sus legítimos herederos a los citados sus hijos.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, JUEZ RECEPTORJuan García Valero, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Domingo Antonio Gómez, su sobrino, vecino de esta villa, 6 suertes de tierra, las cuales tiene y posee en esta jurisdicción, incorporadas unas con otras al pago de la venta Vieja, que lindan por el oriente con tierras de los herederos de Juan Sid [Cid] difunto y por el medio día con el camino real que va de esta villa a la Veracruz; por el poniente con tierras y el ejido de esta villa; por el norte con el río Tleapa. Las cuales fueron primero de Juan Moreno de Armario y Gaspar de los Reyes, vecinos y pobladores que fueron de esta villa. Las vende por precio de 240 pesos de oro común.
ALONSO DE SALCEDO Y PAZ, JUEZ RECEPTORMaría de Leiva, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Juan García de Miranda, dijo que su marido vendió al Alférez Mayor Juan García Valero, caballería y media de tierra eriaza en el pago que llaman el Rincón, a precio de 250 pesos de oro común. Y por cuanto dicho Alférez tiene pagado y satisfecho el valor de las tierras, le ha pedido la escritura de venta, y poniendo en efecto la voluntad de su marido como albacea testamentaria, otorga que vende a dicho Alférez Juan García Valero, la caballería y media de tierra, en el precio señalado.
MARCOS BLANCO, JUEZ RECEPTORJuan Francisco Ramírez, Regidor Perpetuo, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que hace gracia y donación a Domingo Antonio Gómez, vecino de esta villa, por el amor y buena voluntad que le tiene y otras causas que a ello le mueven, medio solar de los ordinarios de esta villa el cual linda por el oriente con solar de Margarita Pérez, por el medio día con solar del Alférez Mayor Juan García Valero, calle en medio y por el poniente con solar de Juan Serrano, vecino de Tehuacán, por el norte con solar del Alguacil Francisco de Solís.
FRANCISCO DE AGUILAR, JUEZ RECEPTOR