Miguel Balero [Valero] Grageda [Grajeda], Alférez de esta villa, otorga poder especial a Nicolás Jordan, vecino de la villa de Madrid y Agente de Negocios en el Real y Supremo Consejo de Indias, y a Francisco de Solís, Alguacil Mayor por Su Majestad en esta villa de Córdoba y el partido de San Antonio Huatusco, para que en nombre del otorgante parezcan ante el rey y pidan la confirmación de su oficio de Alférez Mayor de esta villa, y le otorgue la facultad y privilegio a dicho oficio de poderlo servir.
Zonder titelAGENTES DE NEGOCIOS
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Don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor por Su Majestad de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, Teniente de Capitán General en ella; y don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción; como albaceas y tenedor de bienes dicho Pibot del General don Francisco Sigler del Rebollar, difunto, como consta en testamento otorgado en Cosamaluapan [Cosamaloapan]; otorgan poder general a don Tomás José [Jiménez], vecino de la ciudad de México y Agente de Negocios en ella, para que en sus nombres pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban a los bienes de dicho difunto. Asimismo, para que otorgue recibos, cartas de pago y demás instrumentos, y para que los represente y defienda en todos sus pleitos.
Zonder titelLos Capitanes don Lope de Iribas, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad, don Pedro López del Castrillo, don Alonso López de Sagade Bugueiro y don Gaspar Rendón, vecinos de esta villa de Córdoba, juntos de mancomún, otorgan poder general a don Gabriel López de Sigüenza, vecino de la ciudad de México y Agente de Negocios en la Real Audiencia de este reino, para que en nombre y en representación de sus personas parezca ante el Señor Duque de Linares, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y otro cualesquier tribunal donde pida que el Señor Coronel de Caballería Corazas don Francisco de Aguirre y Gomendio, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad de México, les entregue recibo y carta de lasto de la cantidad que pagaron como fiadores que son del Veedor don Antonio Lorenzo de Riascos, Pagador que fue de la Real Armada de Barlovento, Alcalde Mayor actual y Capitán a Guerra por Su Majestad del pueblo de Orizaba; cantidad que pagaron por el susodicho del principal que por escritura se obligaron a pagar y juntamente de los salarios, décima y costas procesales que ganó en esta villa don Bernardo Fernández de Santacruz, Receptor del número de la Real Audiencia. Asimismo, para que comparezca ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y en el Superior Gobierno y pida lo que le tienen comunicado por sus cartas misivas y hasta que consiga el lasto y demás cosas haga memoriales, pedimentos, requerimientos, suplicas y demás autos y diligencias, y para todo los concerniente se le da éste con libre y general administración.
Zonder titelDon Baltazar González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, Regidor Perpetuo y Depositario General en ella por Su Majestad, albacea del Capitán Nicolás Blanco y de doña Ana González de Velilla Blanco, en el codicilo que otorgaron en esta dicha villa; dijo que por haber fallecido los demás albaceas y porque éstos, sin citación ni prevención, los poseyeron sin haber dado cumplimiento a dicho testamento, en grave perjuicio de los testadores y de sus bienes, hallándose deteriorados dichos bienes, sin limitación de dueño para la física administración de ellos; y a pesar que ha pretendido aliviar dicha situación, no le ha sido posible, por hallarse radicado este juicio en concurso de acreedores y rematados los bienes en Francisco de Santa Ana, posterior acreedor a ellos. Y habiéndose reconocido la hacienda que quedó por bienes de dichos testadores, dicho Santa Ana se retiró y dejó a cuidado de dicha hacienda a diferentes sujetos que sin cuidado la están disfrutando y menoscabando; por esta razón y para dar cumplimiento a dicho cargo, otorga poder especial al Alférez Miguel Manuel, Agente de Negocios, y al Secretario Domingo de Córdoba, Procurador de la Real Audiencia de la ciudad de México, vecinos de ella, para que en su nombre comparezcan ante el Rey, su presidente y oidores de dicha Real Audiencia de México, y pidan despacho para que las justicias de esta dicha villa reconozcan la hacienda del beneficio de hacer azúcar que quedó por bienes de dichos difuntos y reconocidos sus daños, atrasos y menoscabo se la entreguen para su administración y satisfacción de la última voluntad de los dichos difuntos, obligándolo a la paga de los acreedores que constaren en el juicio, con la condición que para lo referido se le han de conceder dos años para la siembra y reparos que dicha hacienda a menester; y para la paga de dichos acreedores nueve años.
Zonder titelLa Justicia, Cabildo y Regimiento de esta villa de Córdoba de esta Nueva España, congregados en este Ayuntamiento a saber: don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; don Diego Valero Grajeda, don Francisco de Aguilar, don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y don Juan Valero Grajeda, Regidores perpetuos por el Rey Nuestro Señor; en voz y en nombre de los demás capitulares y vecinos de esta villa, otorgan poder general, en primer lugar, al Reverendo Padre Fray Juan de Ayeta, Custodio Padre de la Provincia del Santo Evangelio y Procurador General de las Indias Occidentales de la Orden de Nuestro Padre San Francisco; en segundo, a don Nicolás de Lona, Teniente en la villa de Madrid; y por su ausencia, a don Pedro Cristóbal del Alcázar, Caballero de la Orden de Calatrava, Regidor en dicha villa; y por la de éste, a don Juan Esteban de Aparicio y a don Gregorio Jerónimo Andamo, Agentes de Negocios; y por la de todos, al Procurador más antiguo de los del Número Real y Supremo Consejo de Indias; para que en nombre de esta villa, su cabildo y moradores comparezcan ante el Rey Nuestro Señor y el Real Consejo de Indias, donde en virtud de las mercedes hechas por Su Majestad en esta villa, cédulas expedidas, posesiones adquiridas y confirmaciones con que se haya, defienda su derecho sobre la pretensión del Capitán Juan Mellado de Revadeneira, quién tiene hechas diferentes diligencias ante el Licenciado don Baltazar de Tovar, Oidor en la Real Audiencia de la ciudad de México y Juez de Composición de Tierras, pretendiendo derecho a dichas tierras.
Zonder titelEl Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, vecino de esta villa de Córdoba, Abogado de la Real Audiencia de Nueva España, otorga poder especial a don Manuel Garcés, vecino de la ciudad de México y Agente de Negocios de la Real Audiencia de dicha ciudad, para que en su nombre se presente en la Real Sala del Crimen de esta Nueva España, ante los señores presidente y alcaldes de corte de dicha Real Sala, donde pida y suplique se sirva su alteza de remitirle la multa de 100 pesos en que lo sancionó por auto proveído el 27 de julio pasado, en los autos que se siguieron en esta villa de Córdoba contra Antonio Pascual y Gregorio Martín, por ladrones de bestias. Y para que insista en la suplicación que tiene interpuesta de dicha multa en la notoriedad que de [roto] hizo hasta que consiga su remisión.
Zonder titelEl Regidor y Depositario General don Balthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto en él se hizo remate en la Real Almoneda del oficio de regidor y depositario general de esta villa, aprobado por el Excelentísimo Señor Conde de Galve Virrey que fue de esta Nueva España, y en virtud del título que se le despachó en México el 12 de octubre de 1695, por la presente otorga poder a don Pedro Cristóbal del Alcázar, Caballero del Orden de Calatrava y Ayuda de Cámara de Su Majestad, y a don Juan Esteban de Aparicio, Agente de Negocios en la villa de Madrid, y por ausencia de ambos a don Juan Díaz de Madrigal, Caballero de la Orden de Santiago, y a don Juan Ambrosio de [la Calle] Madrigal [roto], su hijo, todos vecinos de la villa de Madrid y de la corte de Su Majestad, para que en su nombre comparezcan ante Su Majestad en su Real Consejo de Indias y ante quien con derecho deban, y presenten testimonio de su real título de regidor para que su alteza se sirva a confirmarlo; asimismo, presenten en el Real Consejo la información de filiación y demás papeles que les remite para que se le apruebe y declare el gozo de todas las honras y preeminencias y demás cosas que se le deban como descendiente de primeros pobladores de esta villa.
Zonder titelAntonio Estévez, vecino de esta villa de Córdoba y mercader en ella, otorga poder general a don Gabriel López de Sigüenza, Agente de Negocios en la ciudad de México, para todos sus pleitos causas civiles y criminales contra cualesquiera personas en los juzgados eclesiásticos y seculares, audiencias, tribunales superiores e inferiores. Para lo antes mencionado haga los pedimentos, requerimientos, protestaciones, querellas, embargos, presente testigos, oiga autos, haga las diligencias judiciales y extrajudiciales que convengan y para lo dependiente le delibera éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
Zonder titelEl Capitán de Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor que fue de esta villa de Córdoba por Su Majestad y vecino de ella, dijo que en el año de 1710 otorgó poder general en la ciudad de México a don Gabriel López de Sigüenza, Agente de Negocios de la Real Audiencia de la Nueva España, y porque tiene noticia de que el susodicho lo más del año se halla fuera de dicha ciudad en diferentes negociaciones que le impiden el uso de dicho poder, por lo cual, dejando al susodicho en su honor y buena fama, lo revoca para que no lo use de manera alguna. Y otorga poder general a don Francisco José Bayro, vecino de esta villa, y en segundo lugar a don José de Aracama, Contador Ordenador del Real Tribunal y Audiencia de Tributos de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona, parezcan ante el señor contador general de tributos de esta Nueva España u otro cualesquier tribunal superior e inferior, y presente la relación jurada de los Reales Tributos que han sido a su cargo del tiempo que fue Alcalde de esta villa, con el libro de cargo y certificaciones que lo comprueban de su data, junto con los demás despachos que remite para que conste, y se declare haber cumplido con su obligación y se le deje libre de otro cualquier cargo.
Zonder titelJuan Valero [de] Graxeda, Regidor y vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto se le hizo remate en la Real Almoneda por los señores de la junta general de la Real Hacienda de la ciudad de México, de uno de los oficios de regidor de esta villa, aprobado por el Excelentísimo Señor Conde de Moctezuma, Virrey de esta Nueva España, en virtud del título que se le despachó hecho en México el 11 de septiembre de 1697, otorga poder especial a don Pedro Cristóbal del Alcázar, Caballero de la Orden de Calatrava y Ayuda de Cámara de Su Majestad, y a don Juan Esteban de Aparicio, Agente de Negocios de la villa de Madrid, y por ausencia u otro impedimento a don Juan Díaz de Madrigal, Caballero de la Orden de Santiago, y a don Juan Ambrosio de la Calle y Madrigal, su hijo, todos vecinos de la villa de Madrid, para que en su nombre comparezcan ante Su Majestad, en su Real y Supremo Consejo de Indias, y presenten testimonio de dicho real título que les remite y supliquen se sirva de dar su Real Providencia en orden a que quede confirmado por Su Majestad y hasta que lo consigan hagan todos los pedimentos necesarios.
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