El Bachiller don Juan Crisóstomo de Aranda, Presbítero Domiciliario vecino de esta villa de Córdoba, de este obispado de la Puebla de los Ángeles, albacea testamentario, tenedor de bienes y heredero del Licenciado don Joaquín López Ramírez Redondo, Cura Beneficiado, Vicario y Juez Eclesiástico por Su Majestad que fue del pueblo de Tlaliscoya [Tlalixcoyan]. Como tal albacea y heredero, otorga poder al Licenciado don Diego Ambrosio y Orcolaga, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre judicial y extrajudicialmente de los señores jueces oficiales reales de la ciudad de México la cantidad de 2 550 pesos de 10 años que obtuvo el curato de Tlaliscoya [Tlalixcoyan] el Licenciado don Joaquín López, a razón de 255 pesos anuales que se le están debiendo desde el día que tomó posesión el difunto hasta su fallecimiento.
Zonder titelABOGADOS DE LA REAL AUDIENCIA
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Juan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general al Licenciado don José Venegas de Espinoza, Abogado de la Real Audiencia de este reino y vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona se encargue de sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tiene con cualesquier personas, demandando como defendiendo en cualesquiera juzgados, audiencias y tribunales superiores e inferiores de los fueros eclesiásticos y seculares. Para lo antes mencionado, pida términos y los renuncie, ofrezca de cualesquiera fianzas, gane mandamientos reales, provisiones y censuras, siga autos y sentencias, y para lo dependiente y anexo se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
Zonder titelEl Bachiller don José de Bistrain de Ávila, Clérigo de menores órdenes, vecino de esta villa, otorga poder al Licenciado don Juan Francisco Ramírez de la Cuesta, Presbítero, Abogado de la Real Audiencia de este reino y residente en esta villa, para todos sus pleitos causas civiles y criminales que tenga en cualesquiera juzgados, audiencias y tribunales superiores e inferiores de los fueros eclesiástico y secular.
Zonder titelDon Francisco Martín, Alcalde del barrio de San Diego Tetitlan; Regidor Mayor Domingo de la Cruz; Alguacil Mayor Francisco Martín; en nombre propio y en el de los demás principales y naturales de dicho barrio sujeto al pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], jurisdicción de esta villa, en virtud de la licencia que tienen concedida del General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de dicha villa, otorgan poder general al Doctor don José Venegas de Espinosa, Abogado de la Real Audiencia de este reino, [Catedrático] de instituta en la Real [Universidad de la] ciudad de México, para que los represente y los defienda en sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares en razón de tierras y otras cosas.
Zonder titelAntonio de Altamirano, dueño de recua, residente en esta villa y vecino de la ciudad de México, como apoderado de María de la Candelaria, parda libre y soltera, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, vende al Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, vecino de esta villa y Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, electo [Alcalde de la Sala del Crimen] de dicha Real Audiencia; una esclava negra nombrada Ana Rodríguez, natural de la ciudad de San Cristóbal de la Habana, de treinta años de edad más o menos, que hubo y compró de José Alejo del Río, vecino de la Nueva Veracruz, por escritura con fecha de 17 de mayo de 1710. La vende en precio de 350 pesos de horros de alcabala, con la condición de que cuando dicha esclava pague los 350 pesos se le otorgue su libertad.
Zonder titelEl Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el año pasado compró un negro nombrado José, casta rayado de veinticinco años de edad, esclavo de Jacinto de Coto, vecino de la Veracruz, que envió a vender a esta dicha villa con Tomás de Contreras, vecino de ella. Y a pocos días, dicho esclavo se le huyó y se fue a la ciudad de Veracruz a la casa de su amo, quien a su vez le avisó que paraba en su poder y que le convenía quedárselo y devolverle la cantidad que por él había pagado. Por tanto, ambas partes convinieron en cancelar la escritura de venta.
Zonder titelMaría Lobato, viuda de Francisco Martínez de Vélez, hijo y heredero de la difunta doña Rosa Fernández Velasco, y como tutora de los bienes de su menor hija María Josefa Martínez de Vélez; junto con Miguel Martínez de Vélez, hijo y heredero de dicha difunta, otorgan poder especial al Licenciado don José Hernández Vidal, Abogado de la Real Audiencia de México, para que venda un trapiche de hacer panela en tierra caliente, hipotecado por una dependencia en 600 pesos y una casa en Teziutlán que está ejecutada por el Provisorato de Puebla, a pedimento del cura de Teziutlán, en 400 pesos de un principal que tiene sobre la virgen de la Concepción y 200 pesos de créditos caídos, bienes que dejó dicha difunta.
El Licenciado don Juan de la Beguellina y Sandobal, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, estante en esta villa de Córdoba, vecino de la Puebla de los Ángeles, dijo que cuando convino matrimonio con doña Águeda María de Solís Gatica y Aguilar, hija legítima de don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor perpetuo de esta villa, y de doña Juana de Gatica y Aguilar, su legítima mujer, procedió junto con don Gregorio Martínez de Solís a otorgar las siguientes capitulaciones: El otorgante se obligó a que después de contraído el matrimonio, no sacaría a doña Águeda de esta villa, a excepción de que Su Majestad ocupase al otorgante en cosa de su servicio en la ciudad de México, porque siendo en otra parte había de subsistir lo propuesto sobre la habitación en esta dicha villa por ser de utilidad a una y otra parte; y don Gregorio Martínez de Solís se obligó a darle 12 000 pesos señalados por dote de doña Águeda María, con la condición de otorgar recibo de dicha dote a favor de doña Águeda María de Gatica. Y en atención a que se ha celebrado el matrimonio y que al presente sus suegros le harán entrega de la dote, otorga que recibe de mano de los susodichos 10 000 pesos en reales de oro común y los bienes que se mencionan en la escritura que suman 3 156 pesos y 3 tomines. Por otra parte, por honra de la virginidad de su esposa, [calidad] de su persona y linaje, le manda en arras propter nuptias 2 000 pesos de oro común, que por todo hacen un monto de 15 156 pesos y 3 tomines que se obliga a tener en lo mejor parado de sus bienes.
Zonder titelEl Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba y vecino de ella, otorga poder general al Licenciado don Juan de la Veguellina [y Sandoval], Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de la ciudad de los Ángeles, residente en esta villa, para que en su nombre reciba y cobre de todas y cualesquier personas de estado, calidad y condición que sean, cajas reales y bienes difuntos, todas y cualesquiera cantidades de pesos, oro, joyas, esclavos, mercaderías y géneros que le deban. Para que pueda comprar y vender esclavos y declararlos de su propiedad; y también para que en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales movidos o por mover con cualesquier persona demandado y defendiendo, comparezca ante las Reales Justicias de Su Majestad de cualesquier parte que sean, señores presidente, oidores de la Real Audiencia y Sala del Crimen de esta Nueva España.
Zonder titelDon Gaspar de Thormes y doña María de Thormes, doncella mayor de 25 años, ambos hermanos, vecinos de Jalapa y herederos del difunto don Juan José de Thormes, otorgan poder general al Licenciado Carlos de Thormes, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de la Ciudad de México, para que cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y géneros que le deban.