ABASTO DE CARNES

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0052 · Unidad documental simple · 1702/06/10
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel de la Cruz, Gobernador actual del pueblo de San Pedro Yshuatlan [Ixhuatlán], junto con Gaspar Martín y Marcos de la Cruz, Alcaldes de dicho pueblo, en nombre de los principales, común y naturales por quienes prestan voz y caución, con licencia del Señor Pagador don Juan de Buendía, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General en esta villa y en el partido San Antonio Guatusco [Huatusco], y mediante Juan de Molina, intérprete, otorgan en arrendamiento a doña Micaela Ramos, vecina del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], viuda del Capitán Marcos Blanco y obligada del abasto de carnicerías de dicho pueblo, unas tierras que poseen que llaman el Monte Grande, para que agoste su ganado, por el tiempo de nueve años a precio de 12 pesos de oro común anuales, que importan 108 pesos de oro común en reales, los cuales pagó por adelantado, cuyo arrendamiento hacen bajo las condiciones que se mencionan.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0086 · Unidad documental simple · 1706/08/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Micaela Ramos, vecina de este pueblo de San Juan Coscomatepec, natural de la ciudad de Tascala [Tlaxcala], hija legítima de Francisco Ramos y de doña Mariana Franco, difuntos, vecinos que fueron de dicha ciudad, otorga su testamento en la manera y forma siguiente: Manda se diga por su alma, la de Marcos Blanco su marido, sus padres y sirvientes difuntos, 1 100 misas rezadas. Declara que es hermana de todas las cofradías de este pueblo y pide a sus mayordomos cumplan con la obligación que deben. Ítem manda a la fábrica material de la santa iglesia de este pueblo 200 pesos. Ítem declara que debe las cantidades de pesos siguientes: 35 pesos a la Cofradía del Patriarca San José; 1 224 pesos de resto del ganado que le compró su hijo a don Jerónimo Mendívil, vecino del pueblo de Cosamaloapan; 30 pesos al Veedor don Antonio Lorenzo de [Riascos], Alcalde Mayor de este partido. Ítem declara que por una de las cláusulas del testamento de su marido el Capitán Marcos Blanco, mandó se le diesen 200 pesos a Josefa Galván, manda que luego que tome estado se le entreguen. Ítem manda que de sus bienes se le den 200 pesos a Miguel Blanco, pardo libre, que le ha servido. Ítem manda que de sus bienes se le dé una mula aparejada a Ambrosio Cocinero; asimismo, se le den 45 pesos a Manuela, niña que ha criado en su casa. Ítem manda que Lucía López muchacha que tiene en su casa se le entreguen a su madre 40 pesos, y luego que tome estado, la susodicha se los entregue. Manda a su nieta doña Ana, hija legítima de don Dionisio Serrano y Perea y de doña Nicolasa Blanco, una gargantilla de perlas y unos aretes. Ítem declara le adeudan las personas siguientes: El licenciado don Diego Tenorio, vecino de la ciudad de los Ángeles; don José de Arrucha; el Licenciado don Antonio Téllez; el Licenciado don José Rodríguez de la Peña; el Alférez don Eugenio Serrano y Perea, su hijo; el Regidor Baltazar González de Velilla Blanco y el Regidor don Juan Valero Grajeda. Ítem declara por sus bienes dos escrituras de obligación que a su favor y la de su hijo don Lorenzo Antonio Blanco otorgó don Juan Mellado de Rivadeneira, una de 6 000 pesos pertenecientes a la paterna de su hijo, y la otra también de 6 000 pesos a su favor. Ítem declara que fue casada con el Capitán Marcos Blanco, difunto, de quien fue albacea, tenedora de bienes, tutora y curadora de sus menores hijos; de dicho matrimonio procrearon a doña María Blanco Ramos, mujer legítima del Alférez Eugenio Serrano y Perea; doña Nicolasa Blanco, mujer legítima de Dionisio Serrano y Perea; y al dicho don Lorenzo Antonio Blanco, de edad de dieciocho años. Ítem declara por bienes adquiridos del citado su hijo don Lorenzo Antonio Blanco, ganados con su industria y su permiso, ocho mulas aparejadas, nueve caballos, dos escopetas y un par de carabinas, de las cuales le hace gracia y donación. Declara por sus bienes los siguientes: una mulata nombrada Jacinta, esclava de edad de veinticuatro años, con una hija nombrada Gertrudis de ocho meses; una negra nombrada Isabel de cincuenta años; un negro nombrado Juan de cuarenta años; un mulato nombrado Marcos de trece años y otro nombrado Gabriel José de cuatro años; seiscientos sesenta y cinco toros del abasto de las carnicerías de este pueblo; ochenta y cinco cabestros y bueyes; doscientas vacas y algunas con sus crías; cuarenta y cinco caballos y yeguas; 200 novillos y treinta y cinco mulas de recua; la casa de su morada y otros artículos que se mencionan en la escritura. Nombra albacea, en primer lugar, a su hijo don Dionisio Serrano, en segundo al Bachiller don José de Arucha, Presbítero, Vicario del pueblo de San Pedro Ixhuatlán; y en tercero al Alférez Eugenio Serrano, su hijo. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes nombra por sus universales herederos a doña María, doña Nicolasa y don Lorenzo Blanco, sus hijos legítimos.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0042 · Unidad documental simple · 1696/05/13
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Micaela Ramos, vecina del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], viuda, albacea y tenedora de los bienes del Capitán Marcos Blanco, difunto; tutora y curadora adbona de sus menores hijos María, Nicolasa y Lorenzo [Antonio] Blanco; dijo que por ser mujer no puede personalmente asistir a sus negocios y a los de dicho albaceazgo, como tampoco hacer postura y pedir se le remate el abasto de carnicerías de este pueblo, sobre que se han dado los pregones en conformidad de postura que tiene hecha y para que se pueda continuar hasta conseguir su pretensión, como tal albacea y curadora otorga poder al Bachiller don Joseph [José] de Barros, Presbítero Domiciliario de este obispado de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre siga la postura que tiene hecha a dicho abasto, ofreciendo dar otra media libra más de dicha postura. Asimismo, para que cobre todos lo que le deban, para que pueda vender cualesquiera de sus esclavos, ganados y tierra; para que pueda comprar esclavos [roto]; y para que la pueda defenderla en todos sus pleitos, causas y negocios.

              NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0044 · Unidad documental simple · 1696/05/17
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Juan Pérez, Gobernador; Miguel Juan, Regidor Mayor; [roto] y Bartolomé Francisco, Regidores; Joseph [José] de la Cruz, Alguacil Mayor; Cristóbal Jácome, Alcalde del barrio de San Juan Texucapan; y Juan de Morales, Alcalde de Santiago Ystiyuca [Ixtiyuca], todos del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] partido de San Antonio Guatusco [Huatusco]; mediante Jacinto Beneroso [Veneroso], intérprete de dicho partido y vecino de este pueblo, y con licencia que pidieron al Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, Teniente General por nombramiento del Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Caballero de la Orden de Santiago y Alcalde Mayor de dicho partido, otorgan en arrendamiento a doña Micaela Ramos, viuda de Marcos Blanco y vecina de este pueblo, unas tierras que llaman el sitio de Quausxapa, que poseen a la salida de este dicho pueblo para el de San Antonio Guatusco [Huatusco], las cuales siempre han arrendado a doña Micaela, como obligada del abasto de las carnicerías de dicho pueblo, para que agostasen sus ganados. Las arriendan por tiempo de dos años y precio de 60 pesos anuales, que ha de pagar a los otorgantes o a quien les suceda, para los gastos y fiestas de la cofradía de Nuestra Señora, sita en la iglesia de este dicho [pueblo].

              NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0111 · Unidad documental simple · 1718/09/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Nicolás Osorio, Gobernador de este pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec] del barrio de Tosongo [Tozongo] Bajo, de la jurisdicción de la villa de Córdoba; don Tomás Hernández y don Juan López, principales de dicho barrio, a nombre propio y en el de los demás naturales por quienes prestan voz, y en virtud de la licencia que tienen concedida del Señor General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, partido y jurisdicción, en el [remate] del abasto de las carnicerías de este pueblo para arrendar comederos a don Lorenzo Antonio Blanco, abastecedor, como consta de dicha licencia, en los autos de pregones y remate a que se remiten que paran en el [oficio] del presente escribano. Licencia que usan para dar en arrendamiento a don Lorenzo Antonio Blanco los comederos de Tepeyagualco [Tepeyahualco], que están entre los barrios de Tosongo [Tozongo] Alto y Ttosongo [Tozongo] Bajo, y linda con el río hasta arriba de Tosongo [Tozongo] Alto. Los arriendan por tiempo de [cinco años] que empezarán a correr y contarse desde hoy día de la fecha, en el que se incluye el año que falta por cumplir el abasto, por precio de 52 pesos anuales. Con las condiciones siguientes: que dentro de ocho días cercarán el comedero en el que no abarcará más allá de las siembras que tienen. En caso de no cercarse el comedero en el término referido, no correrá la paga del año hasta que lo hagan. Ninguna persona ajena meterá ganado ni bestias en el comedero. Cumplido el año que le falta a don Lorenzo del abasto de las carnicerías, en caso de no haber mejor postor a ellas y que no haya pagado el arrendamiento de los dos años de su obligación, en caso de que se les halla adelantado más cantidad por los cuatro años, se obligan y obligan a la comunidad del barrio a que volverán la cantidad que así fuere sin pleito alguno y prosiguiendo el susodicho en el abasto halla de correr como hasta aquí, y en caso que el mejor abastecedor no necesite de los comederos, asimismo, halla de correr este arrendamiento como hasta aquí por Lorenzo, de manera que no se lo quitarán y solo lo gozará él y no otra persona.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO