Gaspar Pérez, residente en la Venta [Plan] del Río, en esta jurisdicción, se obligó a pagar a Juan Martín de Abreo[Abreu], mercader, vecino de Jalapa, 60 pesos de oro común, por razón de otros tantos que él debía a Diego Luis, ventero de la Banderilla, de una mula que le vendió y se la hurtaron, para fin del mes de mayo del presente año.
VENTA DE PLAN DEL RÍO
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María Núñez, dueña de la Venta [Plan] del Río, como principal, y Juan de Sosa del Castillo, su fiador, se obligaron a pagar a Andrés Moreira, mercader de negros, 460 pesos de oro común, precio de un esclavo negro llamado Francisco; los cuales darán para fines de marzo de 1610, todos juntos en una paga.
Diego Pérez, ventero de la Venta de Plan del Río, se obliga a pagar a Francisco Ruiz, vecino de Jalapa, 35 pesos de oro común por razón de 20 fanegas de maíz puestas en la Venta de Xalatengo.
Diego de Estrada, dueño de recua, vecino de la ciudad de México, dijo que por cuanto Doña María de Castro, viuda, mujer que fue de Antonio Luis, difunto, vecina de esta jurisdicción, tiene intento de proseguir en el arrendamiento de la Venta de Plan del Río, y se ha de obligar por nueva escritura, en favor del Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, le pidió al otorgante saliera como su fiador, atento a lo cual, Diego de Estrada dio su poder cumplido a la susodicha para que lo obligue como su fiador en el mencionado arrendamiento.
María Núñez, viuda de Vicente Rodríguez, residente en la Venta del Río, mulata libre, se obligó a pagar al capitán Jorge Veneciano, mercader de negros, 550 pesos de oro común, precio de una negra y de un hijo suyo nombrado Domingo, de color mulato, en esta manera: 150 pesos para dentro de cuatro meses y los 400 restantes de allí en otros cuatro meses, todos juntos en una paga.
Don José María Suárez, vecino del Plan del Río y presente en esta ciudad, dijo que por escritura otorgada el presente día, ha tomado en arrendamiento la venta del Plan del Río, con fianza de don Juan Francisco de Bárcena, de este comercio, quien aceptó con la condición de que el comparente le otorgase escritura de indemnidad, razón por la cual, Suárez otorga que se obliga a reintegrarle a Bárcena, cualesquier suma que llegase a lastar por la mencionada fianza y para seguridad del pago, hace hipoteca de un rancho de 200 cabezas de ganado que tiene en tierras de Plan y los llenos de la tienda que disfruta por suya allí mismo, señalando que cumplirá mientras no se cancele la presente escritura, pena de que el trato enajenatorio a que procediere no valga y de que pueda la parte de Bárcena reclamarlo de cualesquier poseedor y verificar venta de todo ello para reintegrarle pago con su producido.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOManuel Núñez,vecino de San Juan de los Llanos, como principal deudor, y Sebastián González Matamoros, como su fiador, se obligaron a pagar al Lic. Jerónimo Gisberto, albacea y testamentario de María Núñez, ventera que fue de la Venta [Plan] del Río, 63 pesos de oro común, de una cédula que le quedó debiendo a María Núñez, para fin del mes de enero de 1632, juntos en una paga.