SEVILLA, CIUDAD DE

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0068 · Unidad documental simple · 1693/11/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor Francisco de Aguilar, dijo que al presente se le hizo saber un mandamiento del Excelentísimo señor Conde de Galve, Virrey de esta Nueva España, “en que Su Excelencia se sirve demandar se me notificase la vacante de dicho mi oficio por no haber presentado la aprobación y confirmación de Su Majestad, y haberse pasado el tiempo en que lo debía hacer, y si tuviere algo que decir lo hiciese en el superior gobierno dentro de veinte días”. Asimismo señala que tiene dado poder para pedir la confirmación de dicho oficio a don Isidro Manuel de Rosaforte [Rosa Forte], Alcaide del Consulado de la ciudad de Sevilla y por su ausencia u otro impedimento a don Andrés Pérez [de] Mancilla, Secretario de Gobierno de los asistentes de dicha ciudad. Por tanto para que haya persona por su parte, otorga que da su poder cumplido a don Diego [de] Morales, Maestresala de dicho Excelentísimo Señor, para que en su nombre parezca ante Su Excelencia y pida se sirva demandar se le admita el ejercicio de su oficio y le conceda tiempo para traer y presentar la confirmación de dicho oficio.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0025-PC_0025_0035 · Unidad documental simple · 1690/06/15
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco de Aguilar, uno de los Regidores del número de esta villa de Córdoba a título despachado por el Excelentísimo Señor Marqués de la Laguna, Virrey que fue de Nueva España, otorga poder especial a don Isidro Manuel de Rocaforte [Roccaforte], [roto] del Consulado de la ciudad de Sevilla, y en su ausencia u otro impedimento a don Andrés Pérez de Mansilla [Mancilla], Secretario de Gobierno, para que en su nombre parezcan ante Su Majestad y en su Real y Supremo Consejo de Indias presentando testimonio del su real título, pidan y supliquen sea servido confirmarle dicho oficio de regidor.

              ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0025-PC_0025_0040 · Unidad documental simple · 1690/07/15
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph [José] de Leiva, Regidor perpetuo de esta villa de Córdoba, Joseph Gómez Dávila y Francisco de Barrios, dueños de trapiches de fabricar azúcar, dijeron que el Excelentísimo Señor Virrey de esta Nueva España les concedió licencia para tener dichos trapiches con cargo de traer confirmación de Su Majestad dentro de tres años, por este motivo otorgan poder especial a don Feliciano de [Barrueta] y a don Martín de Ollo [Hoyo], Caballero de la Orden de Santiago, Veedor del [Consulado] de la ciudad de [Sevilla], próximos a realizar viaje a [los Reinos] de España, para que en sus nombres haciendo presentación de dichos testimonios y licencias puedan parecer ante Su Majestad y en su Real y Supremo Consejo de Indias pidan les hagan merced de dichas confirmaciones de licencias de trapiches.

              ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0023-PC_0023_0001 · Unidad documental simple · 1688/07/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Nicolás Rodríguez, Alcalde Ordinario de primer voto por ausencia del Alcalde Mayor de esta villa; el Alférez Mayor Miguel Valero [Grajeda]; Francisco de Solís, Alguacil Mayor; Joseph [José] de Leyva [Leiva] y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos que actualmente tiene esta villa, otorgan poder al Capitán y Sargento Mayor Francisco de Contreras Chávez, Caballero de la Orden de Calatrava, Alcalde Mayor y vecino de la ciudad de Sevilla y Prior de Consulado; a Pedro de Castro y al Capitán Joseph [José] de Castro, vecinos de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda, para que en representación del Cabildo, parezcan ante el Rey y Real Consejo de Indias y pidan se confirme y apruebe la sentencia dada y pronunciada el año pasado de 1687 por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, en el pleito que contra esta villa, sobre sus [privilegios] y tierras [roto], siguió el Doctor Martín de Solís Miranda [roto] Consejo de Su Majestad y su Fiscal en dicha Real Audiencia; asimismo, se confirme a dicha villa el título de su fundación y erección dado por el Excelentísimo señor Marqués de Guadalcázar siendo Virrey de esta Nueva España por el año de 1617; y también pidan se le conceda a esta villa todo lo que fuera para su mayor utilidad y aumento como si cada cosa fuese especificada en este poder. Por otra parte, si en atención a que por dicha sentencia se manda, se remita testimonio de esta sentencia y de los autos en dicho pleito hecho al Supremo y Real Consejo de las Indias y que según sea entendido por este Cabildo, aunque dicho testimonio esté sacado no sea remitido en la flota que está surta en el puerto de Veracruz para salir al Reino de Castilla, que pidan a su Majestad y Real Consejo de Indias se sirvan de que se les despache Real Cédula para que dichos señores de esta Real Audiencia manden que dicho testimonio se despache a dicho Real Consejo como está mandado, respecto de haberlo podido hacer este Cabildo. También dan este poder para que el ajuste de gastos de lo contenido en este poder y de lo que por [roto] de dicho Alguacil Mayor Francisco [de] Solís como Procurador Mayor que es de esta villa a los susodichos se les debiere, saque los pesos de oro, reales y maravedís de cualesquier personas que se los quieran dar, obligándolos a pagarlos con los premios e interese que corrieren, y para todo lo referido y su dependiente en cualquier manera dan este poder con libre y general administración.

              NICOLÁS RODRÍGUEZ, JUEZ RECEPTOR