Don Miguel de Cendoya, vecino de Sevilla y residente en el pueblo de Jalapa, informa que don José Domingo de Goyeneta, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de dicha ciudad y residente de este pueblo, le otorgó poder especial, mismo que sustituye a favor de don Pantaleón Ruiz de Montoya, vecino de Manila, para que cobre la cantidad de 819 pesos a don José Antonio Iriarte, vecino de las Islas Filipinas.
SEVILLA, CIUDAD DE
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El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando congregados en el ayuntamiento a saber el Pagador don Juan de Buendía, Alcalde Mayor y Teniente Capitán General de esta villa y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] por Su Majestad; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor y Alcalde Ordinario; el Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; y los Regidores don Diego Valero Grajeda, don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General, Francisco de Aguilar y don Juan Valero Grajeda, Regidores; por ellos y en nombre de los demás capitulares y vecinos de esta villa, por quienes prestan voz y caución; otorgan poder en primer lugar al Capitán don Miguel Vélez de la Rea, Caballero de la Orden de Santiago y Diputado Mayor del Comercio de esta Nueva España; en segundo lugar al Capitán don Francisco Vélez de la Rea, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad de Sevilla; y en tercer lugar al Muy Reverendo Padre Predicador Fray Juan de Ayeta, de la Orden del Seráfico Padre San Francisco, residente en la villa de Madrid; para que en sus nombres y el de los vecinos y moradores de esta villa y su jurisdicción, comparezca ante el Rey Nuestro Señor en su Real y Supremo Consejo de Indias y sigan, prosigan, fenezcan y acaben cualesquier pleitos y negocios que este cabildo y vecinos tuvieren, con cualesquier persona de cualquier estado y calidad que sean; y especialmente, pidan se guarde y cumpla lo determinado por la Real Audiencia de la ciudad México, en los autos que este cabildo, regimiento y vecinos han seguido con el Señor Oidor don Baltazar de Tovar, Juez Privativo para las Medidas y Composiciones de Tierras en esta Nueva España, sobre lo intentado por el Capitán Juan López Mellado y lo demás que se contiene en los autos que este cabildo y regimiento remiten a Real y Supremo Consejo de Indias, para que vistos en dicho consejo se pida se mande guardar, con graves penas, la Real Cédula ejecutoria despachada a favor de esta villa en el pleito que siguió con el fiscal de Su Majestad, sobre la jurisdicción de sus alcaldes ordinarios y sobre la propiedad de las tierras de esta villa, sobre sus límites y linderos desde el principio de su fundación, que son los mismos que contienen las cuatro leguas en cuadro, dos por cada viento, según lo contenido en la Real Cédula de Nuevas Poblaciones. Asimismo, para que pidan se ponga perpetuo silencio a don Gaspar de Rivadeneira y a don Juan López Mellado, para que no inquieten ni perturben a esta villa y sus vecinos en la pacifica posesión de las tierras que Su Majestad les concedió. También, para que se declare esta villa exenta de medirse y componer sus tierras, por haberlo hecho ya en diferentes ocasiones.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Juan Bernardo de Guardia, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, a nombre de don Juan Antonio de Goyeneta, Caballero de la Orden de Santiago y vecino de la ciudad de Sevilla, solicita la cancelación de una escritura, por la cantidad de 2,400 pesos que recibe de don José Secundino Márquez, vecino de la Ciudad de Cádiz.
El General Don Juan Velázquez de la Cadena, dueño del ingenio de San Pedro Buenavista, y Doña Juana Josefa de Orduña Loyando y Sousa, su legítima mujer y dueña de dicho ingenio, dieron carta de libertad a Juan de Sevilla, negro criollo de la ciudad de Sevilla, de 48 años de edad, hijo legítimo de Juan de la Cruz y de Lucrecia de la Cruz, esclavos negros que fueron del General Don Fernando de Sousa [Suárez], Caballero de Santiago, y abuelo de la otorgante; el cual esclavo le cupo en dote a su madre Doña Juana María de Sousa Farfán de los Godos, y el día de hoy lo libertaron del cautiverio y servidumbre en que se hallaba sujeto.
Joseph [José] de Leiva, Regidor perpetuo de esta villa de Córdoba, Joseph Gómez Dávila y Francisco de Barrios, dueños de trapiches de fabricar azúcar, dijeron que el Excelentísimo Señor Virrey de esta Nueva España les concedió licencia para tener dichos trapiches con cargo de traer confirmación de Su Majestad dentro de tres años, por este motivo otorgan poder especial a don Feliciano de [Barrueta] y a don Martín de Ollo [Hoyo], Caballero de la Orden de Santiago, Veedor del [Consulado] de la ciudad de [Sevilla], próximos a realizar viaje a [los Reinos] de España, para que en sus nombres haciendo presentación de dichos testimonios y licencias puedan parecer ante Su Majestad y en su Real y Supremo Consejo de Indias pidan les hagan merced de dichas confirmaciones de licencias de trapiches.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALJosé de Burgos, Caballero del Orden de Santiago, Coronel de los Reales Ejércitos de Su Majestad, Gobernador, Capitán General del Reino de la Nueva Galicia y presidente de la Audiencia y Cancillería Real en que reside, natural de la Ciudad de Sevilla, hijo legítimo de los difuntos don Jacinto Burgos Lozano y de doña Catalina Vallejo, casado en primeras nupcias con la difunta doña Beatriz María de Herrera y en segundas con doña Rafaela María Fernández Marín, realiza testamento, en el cual nombra como albacea a su citada esposa, junto con el Brigadier don Valerio Gutiérrez de Figueroa, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, don Blas Clavijero, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles y al Capitán de Dragones don Antonio Domingo de Andrade, vecino de la Nueva Veracruz, y como herederos a sus 9 hijos legítimos de ambos matrimonios.
El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba de la Nueva España, en el obispado de la Puebla de los Ángeles, estando congregados en las salas del Cabildo, a saber el Alférez Nicolás Rodríguez, Alcalde Ordinario, por ausencia del Capitán don Lope de Yribas [Iribas], Alcalde Mayor de ella; don Miguel Valero Gargeda [Grajeda], Alférez Mayor; José de Leiva, Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos; ausente de esta jurisdicción el Alguacil Mayor Francisco de Solís, Procurador General de esta Villa; por ellos y en nombre de los ausentes otorgan que dan su poder especial al Sargento Mayor don Francisco de Contreras [Chávez], Caballero de la Orden de Santiago, Prior del Consulado de la ciudad de Sevilla, para que ante el Rey en su Real y Supremo Consejo de las Indias, pida se apruebe y confirme la sentencia dada por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España a favor de esta villa, en la que se ampara la posesión de su jurisdicción, tierras, privilegio y lo demás que posee desde su fundación, en el pleito que esta villa y su Cabildo ha seguido en el superior gobierno y Real Audiencia de Nueva España, por el señor Doctor Martín de Solís Miranda, Caballero del Orden de Santiago del Consejo de Su Majestad. Asimismo, dan su poder a dicho Sargento don Francisco de Contreras [Chávez] para que pida de quien hallare los pesos de oro que hubiere menester para los costos de lo referido, obligando a esta villa a pagar con los intereses que corrieren.
NICOLÁS RODRÍGUEZ, JUEZ RECEPTOR