Alonso Sánchez, hermano mayor y administrador del Hospital de Perote, arrendó a don Antonio Hernández, residente en su estancia de Cocoltepeque, jurisdicción de San Juan Iztacamaxtitlán, 4826 ovejas por tiempo de tres años, y se obligó a pagar 70 pesos de oro común anuales por cada millar.
PEROTE, PUEBLO DE
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Antonio Primo de Rivera Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de la jurisdicción de Jalapa, debe y se obliga pagar a don Sebastián Martínez, vecino de Perote, la cantidad de 3, 000 pesos de oro común en reales efectivos, por de la compra de un atajo de mulas, durante el mes de abril del próximo año.
Don Juan García Barrio, vecino de Jalacingo, se obliga a pagar a don Esteban Gutiérrez de Olea, vecino de Veracruz, y a su nombre a don José Antonio de la Pedreguera, de esta vecindad, la cantidad de 261 pesos 4 reales; para seguridad de esta deuda hipoteca una casa y un solar ubicada en la Calle Real del pueblo de Jalacingo, frente a la de su suegra doña Rita Bravo y contigua a la del Capitán don José Martín de Vélez, como consta en escritura que entregará a dicho Pedreguera en 10 o 12 días, quedando por fiador mientras tanto, don Felipe Noceda, vecino de Perote.
Don José de Trapaga, vecino del pueblo de Perote Jurisdicción de Jalacingo, informa que el difunto Andrés de Somoza le quedó debiendo 608 pesos 1 real y para cobrar dicha cantidad otorgó poder a don Bartolomé Pico Palacios, vecino de México, de lo que resultó que el Juez General del Juzgado General de Bienes de Difuntos decretó satisfacerle dicha cantidad con la condición de que si salía un acreedor de mejor derecho tenía que devolver el dinero, saliendo dicho apoderado por su fiador, por lo que el otorgante se obliga a sacar a su fiador a paz y salvo, de tal manera que no gaste de su caudal cosa alguna. Como seguro hipoteca una casa y una tienda mestiza que posee en este pueblo en la Calle Real.
Don Salvador Rincón, vecino en el pueblo de Perote, debe y se obliga pagar a don Francisco González, la cantidad de 3, 997 pesos, producto de la venta de una tienda mestiza que ha traspasado en la cantidad de 1, 407 pesos y de una casa por la cantidad de 1, 400 pesos, en dos partes, la primera el 24 de marzo de 1768 y la restante en 1769, nombrando como fiadores a sus hermanos don Ignacio Rincón, José Rincón, vecinos del mismo pueblo.
Don José Bazán de Otero, vecino del pueblo de Perote, Jurisdicción de Jalapa, quien solicitó el remate de una casa que fuera de sus difuntos padres don Fernando Bazán de Otero y doña Ángela de Malpica, por la cantidad de 650 pesos, la cual se le admitió, por lo que mandó a exhibir dicha cantidad y dejó depositada en don Bernardo de la Fuente desde hace 3 años, cantidad que ahora solicita le entreguen, comprometiéndose a devolverla, conforme a las condiciones que le impongan o que se le entregue dicha casa a cambio de la citada cantidad, por lo cual ofrece como fiador a don Mariano de Acosta, dueño de mulas y vecino de este pueblo, obligándose ambos a pagar los 650 pesos de dicho principal y fianza.
Don José María Martínez, vecino de Perote, otorga que le es deudor a don Dionisio Camacho, de esta vecindad, de la cantidad de 100 pesos, para cuyo pago le deja consignada una deuda que debe recaudar de un sujeto de Naolinco, en el concepto de que si antes de dos meses se logra el cobro y su monto cubre los 100 pesos o aunque excedan, se dará por cubierta la cantidad y si no llegase a cubrir los completará el otorgante. Y en el evento de que al cumplirse los dos meses no se haya hecho el cobro, el comparente le enterará a Camacho la suma, los cuales confiesa deberle.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICODon Manuel y José María de Goiri, padre e hijo, ambos de este comercio y vecindad, otorgan que han recibido de doña Mariana de la Vega, vecina de Perote, viuda y albacea de don Salvador Martínez, la cantidad de 12 000 pesos, mismos que se obligan a satisfacer en el término de 5 años, que deberán contarse desde el día 1 de octubre del presente año, pagando el 5 % anuales, por lo que hacen hipoteca de dos casas de paredes de edificio altas y bajas que hacen esquina a la Plaza Principal y Calle Real de esta Villa, de madera y tejas, deslindadas en esta escritura, que se obligan a no vender ni enajenar hasta que la deuda este pagada.
Don Diego de Alcalde, vecino del Pueblo de Perote, residente en esta Villa de Xalapa, otorga que ha recibido de don Salvador Martínez, de la misma vecindad, la cantidad de 10 000 pesos, los cuales se obliga a satisfacer en el término de tres años, con sus 5 % en cada uno; y para seguridad del principal, hipoteca, sujeta y grava dos haciendas de ganado y labor, nombradas Altiyucam [San Juan Alteyuca] y Tehuetla, que posee en las inmediaciones del Pueblo de Perote, Jurisdicción de Jalacingo.\t
El Capitán Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Ciudad de la Puebla, residente en el pueblo de Jalapa, otorga carta de pago, lasto y cesión irrevocable, en causa propia al Capitán Bartolomé de Castro para que pueda pedir, demandar, recibir y cobrar judicial o extrajudicialmente de Eugenio de Pro, vecino del pueblo de Perote, 567 pesos, que el mencionado como principal y el Capitán Castro como su fiador, se obligaron de pagarle al plazo que ya es cumplido por carta de crédito, en virtud de la cual haga la cobranza y otorgue recibo por su pago.