Doña María Josefa Casanova, de esta vecindad, viuda del finado don Domingo Aravalles, tutora y curadora ad bona de doña María Guadalupe Aravalles, hija única, otorga poder especial a don Cristóbal Álvarez, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre y representación del mencionado encargo de tutora de su hija, perciba y cobre del Real Tribunal del Consulado de dicha ciudad, la cantidad de 3 000 pesos y réditos que le adeudan desde el año pasado de 1812, de cuyo capital y premio le otorgaron carta de obligación y reconocimiento el mismo tribunal, en aquella ciudad el 29 de diciembre de 1809, por ante el escribano don José Ramón de Betancurt, cuya obligación fue por el término de cinco años, ya vencidos con exceso, y para el seguro de la deuda hipotecaron en ella los arbitrios de avería y peaje que les están concedidos a dicho consulado, pues este capital se invirtió en la obra del camino carretero de Veracruz a Perote.
PEROTE, PUEBLO DE
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Don Diego de Alcalde, vecino del Pueblo de Perote, residente en esta Villa de Xalapa, otorga que ha recibido de don Salvador Martínez, de la misma vecindad, la cantidad de 10 000 pesos, los cuales se obliga a satisfacer en el término de tres años, con sus 5 % en cada uno; y para seguridad del principal, hipoteca, sujeta y grava dos haciendas de ganado y labor, nombradas Altiyucam [San Juan Alteyuca] y Tehuetla, que posee en las inmediaciones del Pueblo de Perote, Jurisdicción de Jalacingo.\t
Don Juan Crespo Patrón, vecino y del comercio del pueblo de Perote, otorga que se obliga a pagar a don Mariano Peña, apoderado de don Ángel Pedro Puyade, vecino y del comercio de la Ciudad de México, en la testamentaria de don Antonio Callebout de quien es albacea y heredero, la cantidad de 4, 000 pesos en 8 plazos de 6 meses cada uno, por lo que hipoteca una tienda que tiene en el pueblo de Perote.
Don José Antonio Rodríguez, vecino del pueblo de Perote, otorga que ha recibido desde el día 6 de diciembre de 1781 de don Fernando Menacho, del Comercio de España y residente en Jalapa, la cantidad de 3, 304 pesos y 5 reales, importe de varios géneros y efectos de Castilla que le compró, de los cuales sólo a satisfecho 506 pesos y 5 reales restando 2, 798 pesos, por lo que se obliga a dar y pagar los 798 pesos en todo el mes de septiembre y los 2, 000 se obliga a tener en depósito irregular por tiempo de 20 meses y 9 días, hipotecando dos casas que tiene en el pueblo de Perote, la de su morada ubicada en el barrio del Calvario y la otra en la calle de la Palma.
Don Juan García Barrio, vecino de Jalacingo, se obliga a pagar a don Esteban Gutiérrez de Olea, vecino de Veracruz, y a su nombre a don José Antonio de la Pedreguera, de esta vecindad, la cantidad de 261 pesos 4 reales; para seguridad de esta deuda hipoteca una casa y un solar ubicada en la Calle Real del pueblo de Jalacingo, frente a la de su suegra doña Rita Bravo y contigua a la del Capitán don José Martín de Vélez, como consta en escritura que entregará a dicho Pedreguera en 10 o 12 días, quedando por fiador mientras tanto, don Felipe Noceda, vecino de Perote.
Don José de Trapaga, vecino del pueblo de Perote Jurisdicción de Jalacingo, informa que el difunto Andrés de Somoza le quedó debiendo 608 pesos 1 real y para cobrar dicha cantidad otorgó poder a don Bartolomé Pico Palacios, vecino de México, de lo que resultó que el Juez General del Juzgado General de Bienes de Difuntos decretó satisfacerle dicha cantidad con la condición de que si salía un acreedor de mejor derecho tenía que devolver el dinero, saliendo dicho apoderado por su fiador, por lo que el otorgante se obliga a sacar a su fiador a paz y salvo, de tal manera que no gaste de su caudal cosa alguna. Como seguro hipoteca una casa y una tienda mestiza que posee en este pueblo en la Calle Real.
Don Marcos Barreda, vecino del pueblo de Perote, se obliga a pagar a don Francisco Javier y don Juan José Gil, menores hijos y herederos de don Francisco Gil y de doña Francisca Javiera Sáenz de Santa María, difuntos, la cantidad de 2, 000 pesos de a 8 reales de plata a cada uno, por préstamo que en calidad de depósito irregular le hizo don Antonio Sáenz de Santa María, vecino de la ciudad de la Veracruz, albacea y tutor de los menores citados, para pagarlos en 2 años con sus réditos correspondientes, y para la seguridad de su pago hipoteca las casas de su morada que son de piedra y madera, ubicadas en la calle que llaman del Reloj, con 70 varas de frente y 90 de fondo, linda al oriente con la calle que viene del de la casa de Guerra a entrar en la plaza, al norte con casa de don Francisco Agustín Blanco, al poniente calle en medio con la iglesia parroquial y al sur con casa de doña Petrona Barreda.
Don Pedro Rodríguez de la Torre, vecino del pueblo de Perote, otorga que debe y se obliga a pagar a pagar a don Francisco Villa, vecino y del comercio de Perote, la cantidad de 800 pesos que por hacerle bien y buena obra y para habilitación de sus comercios le ha dado y tiene gastados en labrar una casa en el pueblo de Perote, y para el seguro pago de la deuda, hipoteca la referida casa.
Don Tomás Rajadel, vecino del pueblo de Perote, dijo que como albacea de don José López Trujillo, don Sebastián Martínez y de don Salvador de Zepeda, entregó 500 pesos de cada uno de ellos a su hijo don José Antonio Rajadel, quien otorga los recibió. Cuya cantidad está cargada a censo, sobre los ranchos Aguatepec, Teaco y Tlastepec, con la obligación de reconocer sus réditos al 5% anuales a favor de su padre don Tomás Rajadel, por estar cargados al culto de Divinísimo, Cofrade o hermanos, siempre y cuando se verifique haber Cofradía del Santísimo Sacramento en esta parroquia por ser para su culto y ornato, y para seguridad de dicho principal, hace hipoteca especial de dichos ranchos.
Don Manuel Morales, vecino de Perote, dijo que teniendo noticia de que la hacienda de Cuautotolapa, lo mismo que una casa y otros bienes muebles del finado don Francisco Antonio Cortina, salían a pública subasta para con su producto satisfacer a los acreedores que resultaron al tiempo de su muerte, hizo postura en forma legal el día 28 de junio último a los mencionados bienes en calidad de licitante, prometiendo dar por todos ellos 26 000 pesos, ofreciendo dar 500 al contado, igual cantidad anualmente para pago de réditos atrasados, reconocer los capitales que ha reconocido hasta ahora la finca, dejando la redención de los de plazo cumplido reservada a un convenio particular por no poder satisfacerlos desde luego, y pagar los réditos corrientes con toda exactitud, fuera de otras cosas que ofreció, que constan en el acta del remate celebrado judicialmente. Y para la mayor seguridad de todas estas promesas hipotecó todos sus bienes, después de haber dado los abonadores de estilo y ofreció presentar dos fiadores legos, llanos y abonados, que obligándose como principales pagadores gravarán con hipoteca especial sus bienes. Que vista esta postura por el Señor Diputado Licenciado don Manuel Fernández Leal que representa la mayoría de acreedores así en créditos como en personas; por don José Joaquín Cowley, síndico del concurso; por don José Ignacio Martínez, representante de otros acreedores; y por don Andrés Castillero, que obraba por la viuda de Cortina, pidieron al señor juez de los autos que diese por admitida esta postura y que se anunciara al público por si se presentase otro individuo que mejorara dicha postura, lo cual no se presentó, verificándose finalmente el remate en don Manuel Morales, a quien se la ha comenzado a dar posesión de los bienes y a cumplírsele lo que por parte de los acreedores se le había prometido. En cuya virtud, queriendo dar cumplimiento a lo que él prometió, otorga que ratifica de nuevo todas las promesas y estipulaciones con que se le remataron los bienes raíces, muebles y semovientes de que queda hecha relación, dando aquí por insertas e incorporadas todas las cláusulas de la referida acta de remate. Y para mayor seguridad hipoteca lo expresada hacienda de Cuautotolapa, asimismo, presenta como sus fiadores a don Marcelino de Rugama, de esta vecindad, y a don José Antonio Morales, vecino de Cruz Blanca, cantón de Jalacingo, quienes hipotecan sus haciendas nombradas Tenestepec [Tenextepec], que posee Rugama en el distrito de Perote, y don Antonio Morales la casa de comercio que posee en la ranchería de Cruz Blanca, edificada en tierras propias del pueblo de Tlacolulan.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO