Don Martín de Funes, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Juan Vidal Villamil, Capitán de Milicias, vecino de Papantla, para que acepte y firme las escrituras de compra de 2 sitios nombrados Cuapechape y los Naranjos, ubicados en la jurisdicción de Papantla, bajo la condición de que deben ser de cinco leguas de extensión más o menos, cuyo dueño de los sitios es don José Guerrero.
PAPANTLA, PUEBLO DE
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Don Antonio Primo de Rivera, Factor Administrativo de Rentas Reales de esta jurisdicción de Jalapa, apoderado del Bachiller don José Velázquez de la Cadena, Clérigo Presbítero de la Ciudad de México, y de doña Ana Micaela de Atienzo y Ábrego, viuda de don Juan Isidro Velázquez de la Cadena, vende a don Plácido Pérez, vecino del pueblo de Papantla, una esclava negra de nombre Francisca Seferina, de 8 años de edad, nacida en el Ingenio de La Orduña, hija de otra esclava de nombre María Anastasia y de José Antonio Medrano, libre. La vende en 100 pesos horros de escritura y alcabala.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial al Capitán don Gregorio Fernández Mantilla, vecino de este pueblo, para que administre las reales alcabalas de Jalacingo, Teziutlán, San Juan de los Llanos, Papantla, Tetela y Jonotla.
El Capitán don Bartolomé de Castro, el Capitán don José Robledano de Cardeña, el Alférez Laureano Fernández de Ulloa y José Antonio de Acosta, mercaderes y vecinos de este pueblo de Jalapa, administradores de las Reales Alcabalas de San Juan de los Llanos, Jalacingo, Teziutlán, Tetela y Papantla, mediante poder otorgado el 27 de febrero de 1731, entregan en substitución el citado poder a don Antonio Fermín Bandera y al Sargento don Francisco Pérez Quijano Bustamante, vecinos de la provincia de Papantla, para que las administren y cobren.
El ciudadano José Joaquín Cowley, vecino de Papantla, residente en esta villa, otorga poder especial al ciudadano Agustín Mendiola Veitia, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre y representación de sus derechos haga uso de los que le asisten contra los bienes del finado don Juan José de Iraeta, también vecino y del comercio que fue de la Nueva Veracruz, haciendo para ello todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que sea necesarias.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOLos Capitanes Juan Antonio de Zavalza, Alonso de Alba, y Gaspar de Olavarrieta, el Teniente Pedro de Parraga Robledano, Joaquín Ildefonso de Torquemada, Manuel de Eguía, y el suegro de este último, Manuel de Olmedo, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder especial al Alférez Real Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo, para que se obligue como principal deudor y los obligue como fiadores y pagadores de las posturas, pujas y mejoras que por bien tuviere hacer al arrendamiento de Reales Alcabalas de este pueblo, Jalacingo, Teziutlán, San Juan de los Llanos, Atempa, Papantla, Jonotla.
Leonor de Miranda y Rivillar, vecina de Jalapa, viuda de Domingo Gómez, dio su poder cumplido a su hijo José Gómez para que en el pueblo de Papantla, donde falleció se padre, reciba y cobre de la persona o personas en cuyo poder estuvieron los bienes muebles o semovientes que Domingo Gómez dejó, siguiéndose en todo por el testamento, so cuya disposición dicen falleció.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, administrador de las reales alcabalas de Jalacingo, Teziutlán, San Juan de los Llanos, Papantla, Atempa y Jonotla, otorga poder especial a don José de Velasco, vecino de este pueblo, para que con vara de la justicia o sin ella, administre las Reales Alcabalas de los lugares ya mencionados, cobrando lo que sea necesario.
Don Manuel Manuel Antonio del Valle y Vieyra y don Juan Bautista de Lezama Antonio del Valle y don Juan Bautista Lezama, apoderado éste de don Pedro Pablo Bandala, del comercio de Papantla, dijeron que usando de las facultades que le están conferidas al citado Lezama por el poder que le dio para el establecimiento de una compañía, su término y condiciones, han deliberado hacer y establecer dicha compañía bajo las condiciones siguientes: 1ª Que la compañía subsistirá por el término de dos años, y durante ellos no se extraerá cantidad alguna, ni del principal, ni de las utilidades, y concluido el término se hará un balance para hacer partibles las cantidades producidas. 2ª Si conviniere a ambos otorgantes, seguirán la compañía bajo nuevas condiciones, capital y demás circunstancias, y no queriendo alguno de los socios continuar, se dará en el acto mismo por concluida la compañía. 3ª Que el capital ha de ser de 6 206 pesos 4 y cuartilla real que pone el socio don Manuel Antonio del Valle y Vieyra, uel Antonio del Valle, que es el importe de dos remesas que le entregó en Tampico y una hecha desde Veracruz. 4ª Que el producido de utilidades que de la compañía será divisible por mitad entre el socio Bandala y el capitalista. 5ª. Que los gastos del comercio saldrán del fondo de la compañía, y los particulares del socio Bandala se los cargará en una cuenta corriente, donde se abonará las utilidades que le corresponden. 6ª. Llevará Bandala con toda exactitud sus apuntes y libros como previene la ordenanza. 7ª. En caso de mala versación del socio Bandala, podrá el socio capitalista intervenir y separar a aquel, mirando a la seguridad de los intereses. Con cuyas calidades y condiciones el apoderado don Juan Barrientos y don Manuel Antonio del Valle, establecen esta compañía y se obliga a observar las condiciones en las que se instituye.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO DE CÁMARAIsabel González de Sosa, vecina de Jalacingo, dio su poder cumplido a su yerno Jacinto Marín, vecino de este pueblo, para que en su nombre comparezca ante las justicias del pueblo de Papantla, y llame a cuentas a los herederos y administrador de la hacienda de ganado mayor nombrada Mesa Chica, situada en aquella jurisdicción, que fue de sus padres.