NUEVA ESPAÑA

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0030 · Unidad documental simple · 1708/04/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando juntos y congregados en el Ayuntamiento conviene a saber el General don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor por Su Majestad y Teniente General en ella; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; don Diego Valero Grajeda; don Francisco de Aguilar; don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General; y don Juan Valero Grajeda; todos regidores perpetuos de ella por Su Majestad; otorgan que dan su poder general al dicho Regidor don Juan Valero Grajeda, para que en sus nombres parezca ante el Rey y ante su presidente y oidores de la Real Audiencia, y siendo necesario ante el Excelentísimo Señor Duque de Alburquerque, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y presente la consulta que con este poder y pida se sirva su alteza declarar lo que se debe guardar en los actos públicos que tuviere este Muy Ilustre Cabildo en la santa iglesia parroquial de esta villa, con el clero su cabezal y la que debe observar dicha cabeza con el citado cabildo, por las diferencias que se han experimentado hasta [hoy] y sucedieren en adelante; sobre lo cual hagan cualquier pedimento y requerimientos que se ofrecieren. Asimismo, le dan poder al citado Regidor don Juan Valero Grajeda para todas las causas y negocios civiles y criminales que tenga este cabildo hasta el día de hoy y tuviere en adelante.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0036 · Unidad documental simple · 1695/09/25
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Balthasar [Baltazar] González de Velilla Blanco, dijo que por cuanto obtuvo el oficio de Depositario de esta villa y Regidor, que estuvo poseyendo por remate que de él se le hizo, el cual por sus muchas ocupaciones y embarazos que en aquel tiempo tuvo, no le dieron lugar a poder enviar por la confirmación, sin embargo de no habérsele pasado el término hizo dejación y renuncia de él en Su Majestad para que pudiese beneficiar y aprovecharse de su valor, y respecto a haber tenido noticia de que se haya actualmente en el beneficio entre otros de regidores de esta villa por cuenta de dicha Real Majestad. Por lo que otorga poder especial al Capitán Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa y estante en la ciudad de México, para que en su nombre y representación comparezca ente la Real Hacienda y Caja de esta Nueva España, en la corte de la ciudad de México, y reproduzca los derechos que le asisten sobre el remate del oficio de depositario y regidor de esta villa. Asimismo, haga posturas en la cantidad que convenga, ofrezca y exhiba de contado, según y cómo se debe hacer. Y hecho el remate lo acepte en su nombre, y para todo lo conveniente se le otorga el presente con libre y general administración.

              NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0081 · Unidad documental simple · 1697/10/28
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Balthazar [Baltazar] González de Belilla [Velilla] Blanco, Regidor Perpetuo y Depositario General, vecino de esta villa, dijo que se halla destituido de bienes y en suma pobreza, respecto a que desde hace mucho tiempo sigue pleito en la Real Audiencia de esta Nueva España contra el Licenciado don Diego [Peláez] Sánchez, Prebendado de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, sobre [roto] un trapiche que le vendió al otorgante [roto] en esta dicha villa [roto]. Dijo también, que teniendo algunas tierras pertenecientes al Ilustre Cabildo de esta villa y no tener conque labrarlas y cultivarlas, ni casa en que vivir en ellas, hizo relación de sus muchas necesidades a Joseph de Leiba [José de Leiva] y Esparragosa, Capitán de la Infantería Española de esta villa, quien condolido con su situación le prometió ayuda para el fomento de hacer una casa y labrar dichas tierras. Por lo cual declara y confiesa que tiene en su poder 340 pesos que le dio dicho capitán para el avío y rancho, de lo cual dio vale en forma el primero de abril pasado, más 660 pesos con que dicho capitán le ajusto a 1 000 pesos de oro común para el efecto referido. Y en esta conformidad, se obliga a pagar al susodicho capitán los 1 000 pesos más lo que pareciere en otros recibos, dentro de cinco años a partir del primero de abril de este año, y en cada año se obliga a darle la mitad de los frutos que obtenga de dichas tierras; asimismo, le ha de pertenecer al Capitán Leiva la mitad del aumento de dicho rancho que en dichas tierras está fabricando con el nombre de San Diego. Y para el seguro de la deuda hipoteca dicho rancho.

              NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0067 · Unidad documental simple · 1693/11/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Balthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Depositario General que fue de esta villa de Córdoba, dijo que al presente se le notificó un mandamiento del Excelentísimo señor Conde de Galve, Virrey de esta Nueva España, “en que Su Excelencia se sirvió demandar se me notificase la vacante de dicho mi oficio por no haber presentado la confirmación y porque dicho oficio a tiempo de dos años poco más o menos que hice renuncia de él, por hallarme imposibilitado de poderlo servir por diferentes ocupaciones que se me presentaron fuera de esta villa”. Y en atención a que en dicho mandamiento se manda que si tuviere algo que decir lo hiciese en el superior gobierno dentro de veinte días. Por tanto, para que haya persona por su parte, otorga poder especial a Domingo de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, y al Capitán Francisco de Heredia, vecino de dicha ciudad, para que en su nombre representen su persona al excelentísimo y hagan presentación del testimonio del Real Título de su oficio y pidan se le admite el uso y ejercicio, concediéndole el tiempo que fuere servido para traer y presentar confirmación a Su Majestad.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0029 · Unidad documental simple · 1708/04/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo, Justicias y Regimiento de esta villa de Córdoba estando juntos y congregados en el ayuntamiento conviene a saber el General don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, su partido y jurisdicción por Su Majestad y Teniente General en ella; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; don Diego Valero Grajeda; don Francisco de Aguilar; don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General; don Juan Valero Grajeda; todos regidores perpetuos de ella por Su Majestad; otorgan que dan su poder general al dicho Regidor don Juan Valero Grajeda, para que en sus nombres parezca ante el Rey y ante su presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y ante el excelentísimo Duque de Alburquerque Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España en su superior gobierno, y presente la consulta que va con este poder y pida se sirva su alteza de declarar lo que se debe guardar en los actos públicos que tuviere este Muy Ilustre Cabildo en la santa iglesia parroquial de esta villa con el clero y su cabeza; asimismo, la que debe observar dicha cabeza con el cabildo por las diferencias que se pueden ofrecer, sobre lo cual y hasta que lo consiga haga pedimentos, requerimientos, memoriales, suplicas, protestas, presente testigos y escritos. También le dan este poder a dicho regidor para todos los demás pleitos, causas y negocios que se ofrecieran, haciendo pedimentos y demás diligencias que se ofrezcan, y le otorgan dicho poder con libre y general administración.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0023 · Unidad documental simple · 1698/03/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor y Depositario General don Balthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto en él se hizo remate en la Real Almoneda del oficio de regidor y depositario general de esta villa, aprobado por el Excelentísimo Señor Conde de Galve Virrey que fue de esta Nueva España, y en virtud del título que se le despachó en México el 12 de octubre de 1695, por la presente otorga poder a don Pedro Cristóbal del Alcázar, Caballero del Orden de Calatrava y Ayuda de Cámara de Su Majestad, y a don Juan Esteban de Aparicio, Agente de Negocios en la villa de Madrid, y por ausencia de ambos a don Juan Díaz de Madrigal, Caballero de la Orden de Santiago, y a don Juan Ambrosio de [la Calle] Madrigal [roto], su hijo, todos vecinos de la villa de Madrid y de la corte de Su Majestad, para que en su nombre comparezcan ante Su Majestad en su Real Consejo de Indias y ante quien con derecho deban, y presenten testimonio de su real título de regidor para que su alteza se sirva a confirmarlo; asimismo, presenten en el Real Consejo la información de filiación y demás papeles que les remite para que se le apruebe y declare el gozo de todas las honras y preeminencias y demás cosas que se le deban como descendiente de primeros pobladores de esta villa.

              NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0046 · Unidad documental simple · 1698/04/29
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Balthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor perpetuo y Depositario General de esta villa, como Procurador nombrado por la Justicia, Cabildo y Regimiento de ella, dijo que por cuanto los naturales del pueblo del Naranjal, jurisdicción de Orizaba, han aprehendido posesión de tierras en la jurisdicción de esta villa de Córdoba en grave perjuicio de dicho Cabildo, por ser dichas tierras de las que le tocaron en su fundación a sus primeros pobladores. Y hallándose imposibilitado para ir personalmente a la ciudad de México donde está radicado este juicio, otorga poder al Regidor [roto], quien se halla en la [ciudad de Mé]xico, y a Domingo de Córdoba, Procurador [roto] de la Real Audiencia de esta Nueva España; para que puedan parecer ante Su Alteza y Señores de la Real Audiencia de esta Nueva España y hagan los pedimentos, requerimientos, citaciones, alegaciones, protestas suplicas, presenten escritos y demás pruebas, hasta lograr que los poseedores de dichas tierras lo están en quieta y pacifica posesión de ellas.

              SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0015-PC_0015_0009 · Unidad documental simple · 1679/05/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez [Nicolás] Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán Francisco de las Casas, vecino de la ciudad de México, para que en su representación parezca ante el Excelentísimo Señor Arzobispo de México, Virrey de esta Nueva España, señores oficiales reales de la Real Hacienda de México, donde pida y suplique se saque a la almoneda el oficio de depositario general y regidor perpetuo de esta villa, que fue del Capitán Pedro [de] Gatica, y que por su muerte está vacío, al cual en nombre del otorgante y para él haga la postura en la cantidad que le parezca, con cargo y calidad que ha de gozar de las mismas condiciones que gozó como depositario general y regidor que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz, don Diego Felipe de Estrada, por razón de dicho su oficio. Y haciéndose dicho remate, lo acepte en su nombre y pida se le despache título real en forma.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0085 · Unidad documental simple · 1714/07/31
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, otorga haber recibido del Capitán de Caballos Corazas, don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, de don Francisco Valero y Espinosa y de Juan Álvarez de Rivera, vecinos de esta villa, dueños de haciendas de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, la cantidad de 1 200 pesos de oro común en reales de contado, mismos que pusieron en depósito del otorgante con cargo de que los tenga en su poder y no los entregue a persona alguna hasta que por los señores de la Real Hacienda de esta Nueva España otra cosa se le mande. Cuya cantidad es la misma que demanda la parte de don Cristóbal de Medinilla y Benavides a Juan Álvarez de Rivera como fiador que fue del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, difunto, y de ellos se dio por entregado a su voluntad, y entregó recibo en forma y se obligó a tenerlos en depósito.

              FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0071 · Unidad documental simple · 1716/07/18
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, a saber el General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa por Su Majestad y Teniente de Capitán General en ella; el Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; el Depositario General don Baltazar González de Velilla Blanco; el Regidor don Francisco de Aguilar, todos Regidores Perpetuos de esta villa de Córdoba por Su Majestad; otorgan poder general en nombre del Cabildo al Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, para que en nombre del Ilustre Cabildo parezca ante el Rey y en su Real Audiencia de este reino y ante el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España y donde más convenga, pida se le haga merced o mercedes que fuere servido a este Ilustre Cabildo, dándole el paso a la [confirmación] de la Real Cédula de esta villa, haciendo para ello los memoriales, suplicas, autos y demás diligencias que convengan. También se le da éste, para todos sus pleitos causas y negocios civiles y criminales, movidos y por mover, que dicho Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa tengan con cualquier persona.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO