El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, patrimonial y vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, Alcalde Ordinario en ella por Su Majestad, otorga poder general a don Juan Francisco de las Navedas y la Concha, residente en esta villa y próximo para la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor y señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y en el Superior Gobierno del Excelentísimo Señor Duque de Linares, Virrey Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y presente la Real Provisión en la que Su Majestad declaró los privilegios, excepciones y fueros que gozó el Regidor don José de Leiva, su difunto padre, como hijo legítimo que fue de Juan de Miranda y Leiva, primer poblador de esta villa; y el otorgante por ser nieto legítimo del dicho Juan de Miranda, pida se sirva Su Majestad de declarar los fueros, privilegios y excepciones que goza como tal nieto de poblador de esta villa, en virtud de las Reales Cédulas de Su Majestad de la aprobación de esta villa.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDONUEVA ESPAÑA
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Antonio de Altamirano, dueño de recua, residente en esta villa y vecino de la ciudad de México, como apoderado de María de la Candelaria, parda libre y soltera, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, vende al Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, vecino de esta villa y Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, electo [Alcalde de la Sala del Crimen] de dicha Real Audiencia; una esclava negra nombrada Ana Rodríguez, natural de la ciudad de San Cristóbal de la Habana, de treinta años de edad más o menos, que hubo y compró de José Alejo del Río, vecino de la Nueva Veracruz, por escritura con fecha de 17 de mayo de 1710. La vende en precio de 350 pesos de horros de alcabala, con la condición de que cuando dicha esclava pague los 350 pesos se le otorgue su libertad.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario, Juez Eclesiástico de esta villa y Comisario del Tribunal de la Santa Cruzada, dijo que por el amor que le tiene a la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de esta villa de Córdoba, le hace cesión, traspaso y donación de todas las primicias que le deben hasta el día de hoy y en adelante, mientras sea cura de esta villa, por las personas y dueños de los trapiches siguientes: Licenciado don Juan López de Sagade Bugueiro; Licenciado don Andrés de Meza y Mendoza; el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís, de sus tres haciendas con especificación de lo que corresponde a cada una; don Lope Antonio de Iribas, de sus tres haciendas; Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa; don Felipe López del Castrillo, Alcalde Ordinario de esta villa; los Capitanes don Pedro López del Castrillo; don Nicolás Rodríguez Dávila; don José de Carvajal y Contreras; don Alonso López de Sagade Bugueiro; don Diego de Altamirano; Juan de los Santos Cubillos; el Alférez Juan Gómez Dávila; don Hipólito del Castillo de Altra; el Tesorero Amaro José Bocarando; Secretario Juan de Espinosa; don Pedro Ignacio Rodríguez; doña María Hurtado de Mendoza y Arriola; don Mateo de Garay; y Antonio Pérez Padrón. Dicha donación la hace para que con el importe de dichas primicias, por mano del mayordomo que sea de dicha cofradía, se digan misas por las Ánimas del Purgatorio, por la del otorgante y la de todos sus feligreses, a cuyo mayordomo encarga la cobranza de ello y que por su omisión se le haga cargo en el tribunal supremo, reservando como reserva en si los trapiches siguientes: al Licenciado Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, del Consejo de Su Majestad y electo Alcalde de Corte de la Real Sala a del Crimen de esta Nueva España; Regidor don Diego Valero Grajeda; don Manuel de Rosas, Caballero de la Orden de Calatrava; don José de Segura y Ceballos; y el Capitán don Manuel Gómez Dávila; cuyo importe reserva para su gasto. Excluyendo de esta cesión a los siguientes: el Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda; Regidor don Francisco de Aguilar; Regidor don Juan Valero Grajeda; Juan Álvarez de Rivera; Domingo Merodio; Capitán Alonso Gómez Dávila; Francisco de Barrios; Juan Manuel de Meza y Mendoza; y Capitán Juan de Piña; a los cuales por hallarse atrasados por su suma pobreza se las remite y perdona íntegramente para que dicho mayordomo de Ánimas no les pida ni compela se las paguen.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODoña María Hurtado de Mendoza y Arriola, doncella mayor de veinticinco años, residente en la jurisdicción de esta villa de Córdoba y vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, como albacea testamentaria y tenedora de los bienes que quedaron por muerte del Capitán don Francisco Cruzado; otorga poder especial a don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa, para que en su nombre parezca ante el Señor Capitán de Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa por Su Majestad y Teniente General en ella, y en su juzgado donde paran los autos del testamento e inventarios de los bienes que quedaron por muerte de dicho Provincial don Francisco Cruzado, y juicio de división de dichos bienes entre sus herederos y concurso de acreedores, que se han devuelto a su juzgado por mandado de los Señores Presidente y Oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España; y los siga por todas las vías, instancias y sentencias por dichos acreedores y siendo necesario para cuenta de división y partición de dichos bienes entre los herederos, nombre contador que la haga y estando hecha la apruebe o adiciones y conforme al derecho la ratifique.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco Valero y Espinosa, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Juan Valero Grajeda, su hermano, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban. Asimismo, para que en su nombre parezca ante el Rey y ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y en el Superior Gobierno del Excelentísimo Señor Duque de Linares, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y pida se le hagan la merced o mercedes que el otorgante le tiene comunicado a su apoderado.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJosé de Villa Ceballos, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Orizaba, otorga poder general a don Nicolás Antonio de Navia, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en su nombre lo obligue a favor de Su Majestad en cantidad de 2 000 pesos para el cumplimiento del remate del Asiento de Bizcocho que tiene hecho don Fernando de Carvajal, vecino del pueblo de Orizaba, para el abasto de la Armada de Barlovento, Castillo de San Juan de Ulúa y demás presidios.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Morera de Silva, Escribano por Su Majestad y vecino de esta villa de Córdoba, como único y universal heredero de su difunto hermano, Manuel Morera de Silva, nombrado como tal por despacho del señor juez general de bienes de difuntos de esta Nueva España, y que tiene presentado ante la Real Justica de la Nueva ciudad de la Veracruz para que se le entreguen los bienes que quedaron por muerte de su hermano; por lo cual, otorga poder genera al Capitán don Pedro Ignacio Rodríguez, residente en esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, próximo a realizar viaje a la Nueva Veracruz, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos causa y negocios, civiles y criminales, que tenga con cualquier persona. Asimismo, para que demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban. También para que pida y tome cuentas de los bienes de dicho su hermano y arrendamiento de las casas.
FELIPE LÓPEZ DEL CASTRILLO, JUEZ RECEPTOREl Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el año pasado compró un negro nombrado José, casta rayado de veinticinco años de edad, esclavo de Jacinto de Coto, vecino de la Veracruz, que envió a vender a esta dicha villa con Tomás de Contreras, vecino de ella. Y a pocos días, dicho esclavo se le huyó y se fue a la ciudad de Veracruz a la casa de su amo, quien a su vez le avisó que paraba en su poder y que le convenía quedárselo y devolverle la cantidad que por él había pagado. Por tanto, ambas partes convinieron en cancelar la escritura de venta.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICONicolás de Olivera, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que es dueño de una hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción con escrituras de ventas, títulos y posesiones, y por hallarse con la merced original de dichas tierras, otorgada por el Señor don Álvaro Manrique de Zúñiga y Sotomayor, Márquez de Villamanrique, Virrey que fue de esta Nueva España, y la primera escritura original que se hizo de dichas tierras; con la finalidad de que estén seguras, pide y suplica al Señor Capitán don José Gómez Dávila, Alcalde Ordinario en ella por Su Majestad, se sirva a mandar al presente escribano las protocolice en el registro del oficio público de dicho cargo para la mayor seguridad y permanencia, del mismo modo que con inserción de este escrito.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, bajo la escritura que pasó en la villa de Madrid Corte de Su Majestad a los 12 de julio de 1696, ante Diego Fernández Piñero, Escribano de Cámara en el Real Consejo de Indias y de la Junta de Guerra, que fue Su Majestad servido de aprobar por Real Cédula su fecha en dicha villa a 17 de julio de 1696, refrendada por el Señor don Bernardo Antonio de Pardiñas Villar de Francos; y en virtud de nombramiento que le hicieron de dicho cargo los diputados de la junta de dicha Real Compañía en la ciudad de Lisboa a los 22 de mayo de 1699, firmado por dichos diputados y refrendado por Francisco Méndez de Barros, que en testimonio esta protocolado en el registro del oficio público de José de Orduña, Escribano Público de la ciudad de la Veracruz, de cuya facultad usando, otorga que vende a Juan Vázquez, vecino de esta villa, una esclava pieza casta Loango, calimbada con una CR en el brazo izquierdo, de los que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. La vende por esclava cautiva, sujeta a servidumbre, libre de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas buenas o malas, alma en boca huesos en costal, excepto las enfermedades de mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; en precio de 350 pesos. Y para garantizar el pago de la cantidad mencionada, nombra a don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Regidor y vecino de esta villa, como su fiador y principal pagador.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO