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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0100 · Unidad documental simple · 1705/09/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que da su poder general al Doctor don Diego de la Veguellina y Sandoval, su hermano, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre pueda buscar en dicha ciudad o en la que hallare a su crédito de la persona o personas que se los quieran dar, 2 000 pesos, obligándolo como principal o fiador a que los dará a los tiempos y en las partes que ajuste y concierte; otorgando en razón de ello la escritura que le fuere pedida.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0136 · Unidad documental simple · 1705/12/31
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Morera de Silva, Escribano del Rey, vecino de esta villa de Córdoba, que al presente así lo despacha del oficio público de ella como Teniente del Capitán Juan Jiménez, su propietario, en virtud de mandamiento del Superior Gobierno de esta Nueva España, certifica y da fe que este registro se compone de [roto] y cuarenta y cuatro fojas, y en él se han otorgado ciento veintidós instrumentos, los cincuenta y seis ante el citado Capitán Juan Jiménez; ocho ante Sebastián de la Peña, Escribano de Su Majestad; y los cincuenta y ocho restantes ante el presente otorgante; y para que conste lo certifica.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0102 · Unidad documental simple · 1706/09/30
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba y Teniente de Capitán General en ella, su partido y jurisdicción, otorga que vende al Gobernador, Alcaldes, Regidores y demás Oficiales de República, Común y naturales del pueblo de Amatlán de los Reyes de esta jurisdicción y a los que en adelante fueren, un corateral [colateral] de cedro labrado de escultoría de más de dos varas de alto en el cual está colocado el Dulcísimo Nombre de Jesús [roto] granadillo torneada con su colgadura de damasco encarnado [roto] sus colchoncitos, dos sabanas y almohadas, y en el remate de dicho colateral una hechura de bulto del Señor San Antonio de tres cuarta de […] con su peana dorada. Lo vende por libre de deuda, empeño e hipoteca, en precio de 150 pesos de oro común los cuales deben quedar a censo sobre dicho colateral. Dicho colateral se está colocado en el barrio nuevo que han fundado los naturales del citado pueblo de Amatlán con licencia del Virrey de esta Nueva España, en el puesto que llaman de Amayuca con el título del Dulcísimo Nombre de Jesús, con la obligación de que se han de mandar decir por su intención, por dicho gobernador, alguaciles, regidores y demás oficiales de república, común y naturales del pueblo de Amatlán, en cada un año dos misas cantadas por memoria y censo perpetuo, una el día de la circuncisión del Señor, primero de enero de cada año y la otra el día 13 de junio del Señor San Antonio de Padua. Es calidad y condición de esta escritura que cada y cuando que los naturales quisieren e intentaren sacar del dicho colateral las hechuras del Dulcísimo Nombre de Jesús y Señor San Antonio para ponerlos en otra parte fuera del dicho barrio, la presente escritura quedará sin ningún valor. Finalmente, estando presente don Miguel García Gobernador del citado pueblo, Marcos Flores, Baltazar [Alcalde Ordinario], Alcaldes, Juan Antonio, Miguel Hernández, Esteban de la Cruz, Francisco Antonio, Juan García [roto], Juan Francisco, Pascual Vázquez, Juan Gaspar, Andrés Lorenzo, Salvador de la Cruz, Alguaciles Mayores; don Diego Pablo Gobernador pasado; Gaspar Gregorio, Juan Mateo, Regidores pasados, por ellos y por los demás que los sucedan, otorgan que aceptan la escritura como en ella se contiene.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0013 · Unidad documental simple · 1707/02/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Manuel Morera de Silva, residente en esta villa de Córdoba, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, otorga poder general a don Francisco Félix Díaz Hidalgo, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para todos sus pleitos, causas, negocios civiles y criminales que tenga contra cualquier persona.

              LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0033 · Unidad documental simple · 1707/03/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de ella, residente en esta villa de Córdoba; don Jerónimo Hernández, Gobernador actual del pueblo de San Jerónimo Sentla [Zentla] de esta jurisdicción; don Pedro Jiménez y don Andrés Jiménez, Alcaldes; Martín Jiménez y Diego Hernández, Regidores; Andrés Hernández, Alguacil Mayor; don Juan Jiménez y don Martín de Olmos, Gobernadores pasados de dicho pueblo; dijeron que tuvieron pleito ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, con el Capitán don Francisco de Torija Ortuño, Regidor Perpetuo de la ciudad de los Ángeles, dueño de haciendas de ganado menor y de labor, padre del citado don Sebastián de Torija, sobre el derecho a las tierras de la loma que llaman Mataluca [Matlaluca], que están a una legua poco más o menos del pueblo de San Jerónimo Zentla. Asimismo, señalaron que los señores de la Real Audiencia dieron sentencia y ampararon a los naturales sobre la propiedad de la loma en lo más inmediato a su pueblo, las 2 400 varas a 600 por cada viento, y las tierras que quedaron fuera de dichas medidas le tocaron al citado Francisco de Torija Ortuño. También informaron que el 25 de febrero del presente año el Bachiller don Lorenzo de Cabrera, Presbítero, medidor nombrado por el superior gobierno de esta Nueva España, midió las tierras en la loma de Mataluca [Matlaluca], por la parte más inmediata al referido pueblo de San Jerónimo Zentla y después de medidas las 600 varas por cada viento, señalando linderos, se les dio posesión a los naturales, quedando fuera de dichas medidas como tres cordeles de a 50 varas cada una y un ranchito de vacas de dichos naturales, los cuales pasaron a ser propiedad del Bachiller don Sebastián de Torija. Por lo que ahora, en esta presente fecha, los otorgantes han convenido y transigido en hacer una escritura de arrendamiento bajo las condiciones siguientes: Primeramente, el Bachiller don Sebastián de Torija concede plena facultad a los naturales para que entren en sus tierras, pasteen sus ganados mulares y caballares, como no sean vacunos y que no perjudiquen a sus ganados, así como a sus montes, cultivos de milpa, por cuya razón le han de pagar de arrendamiento 50 pesos en cada un año. Segundo, es condición de esta escritura que se han de obligar los naturales a construir la puente que llaman el paso del Cuarto, por donde conduce sus ganados y los de su padre, que siempre la tendrán permanente y en caso de caerse la han de aderezar y componer a su costo. Tercero, es condición que este arrendamiento y transacción ha de durar y permanecer en toda su vida o hasta que sucedan a otro poseedor. Finalmente, los citados gobernador, alcaldes y demás naturales de dicho pueblo de San Jerónimo Sentla [Zentla], habiendo visto y entendido esta escritura por José Márquez, intérprete, dijeron que la aceptaban y se obligaban a los demás naturales a pagar los 50 pesos en cada un año y a hacer la dicha puente.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0074 · Unidad documental simple · 1707/05/28
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba, mayordomo actual de la archicofradía del Santísimo Sacramento sita en la iglesia parroquial de esta villa, otorga poder general a don Diego Fernández [roto], vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre pueda parecer ante el Rey Nuestro Señor, señores, presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, donde pasan los autos de concurso de acreedores que se sigue a la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Miguel Asenal [Azezenatl], de que fue dueño el Capitán Nicolás Blanco y después el Capitán don Lope de Iribas y don Francisco de Santa Ana Irimo, difuntos, y se oponga a dicho concurso, pidiendo se le apliquen a dicha cofradía 3 000 pesos que le legó y mandó el dicho Capitán Nicolás Blanco y doña Ana de Sandoval y Velilla Blanco, su mujer, los 2 000 de ellos para una lámpara y los 1 000 restantes para el aceite de la lámpara; y sobre dicha cobranza haga pedimentos y requerimientos.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0075 · Unidad documental simple · 1707/06/02
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro Trillo de Figueroa, Notario del Santo y Recto Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de esta Nueva España, natural del reino de Galicia, arzobispado de Santiago en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Domingo Trillo de Figueroa y doña Inés del Corral y Figueroa, difuntos; y doña María de Pedraza, su legítima mujer, natural de esta villa de Córdoba, hija legítima de [roto] de Pedraza y Ana García de Meza, difuntos, dijeron que por cuanto las cosas del descargo de su conciencia y bienes de su alma las tienen comunicadas el uno al otro y el otro al otro, por tanto, en aquella vía y forma otorgan el uno al otro y el otro al otro el poder cumplido para que puedan hacer y otorgar su testamento en la manera siguiente: Mandan a las cofradías sitas en la iglesia parroquial de esta villa a cada una 10 reales de limosna de quienes son hermanos con declaración que han de asistir el día del entierro. Ítem, mandan 10 pesos a la fábrica material de la santa iglesia parroquial de esta villa y otros 10 al convento de San Antonio. Declaran que habrá tiempo de trece años que contrajeron matrimonio, que dicho Pedro Trillo de Figueroa trajo por su caudal 3 477 pesos, aunque era más cantidad, declara no quiere dañificar a la dicha doña María de Pedraza, su legítima mujer, por algunos menoscabos como consta declarado por un testamento. Y la dicha María de Pedraza trajo por su dote de limosna 600 pesos, que durante el matrimonio han tenido por hijos legítimo a Pedro que será de edad de cuatro años, a María Trillo de Figueroa de tres y a Miguel Trillo de Figueroa de ocho meses y el póstumo o póstuma de que la susodicha se encuentra en cinta. Ítem, declaran que se tienen comunicado el uno al otro se pague de sus bienes todo lo que conste por vales y escritura. Y para pagar y cumplir las mandas y legados del testamento se nombran el uno al otro y el otro al otro por albaceas testamentarios y tenedores de bienes, para que entren en ellos los vendan, y en caso de que Pedro Trillo fallezca primero nombra como sus albaceas al Capitán Juan Gómez Dávila y al Alférez Antonio Muñoz de Anaya y a la susodicha la nombra por tenedora de sus bienes. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes nombran por sus universales herederos a Pedro Joaquín, María Trillo de Figueroa, Miguel Trillo de Figueroa y al póstumo o póstuma.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0123 · Unidad documental simple · 1707/08/22
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado Juan Antonio de la Veguellina Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Francisco Martínez Pizarro, vecino de esta villa, un solar de 50 varas en cuadro, ubicado en esta villa, en la calle Real, que linda con casa y solar que fue del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y por la otra con casa de doña Gertrudis de Gatica, calle en medio y por otra con casa y solar de los herederos de doña María de Brito Lomelín. Dicho solar es el mismo que le hizo merced el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, lo vende en precio de 200 pesos de oro común en reales de contado.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0161 · Unidad documental simple · 1707/12/16
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Gaspar Rendón, vecino y mercader de esta villa, dijo que por cuanto doña Josefa Rendón, su hermana, viuda del Capitán Diego Jacinto de Carmona, difunto, le otorgó poder en la ciudad de Sanlúcar de Barrameda el 3 de junio del presente año, y de dicho poder usando, otorga que lo sustituye en don Francisco Félix Díaz Hidalgo, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0094 · Unidad documental simple · 1694/12/16
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Balthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, vecino de esta villa, y dueño de la hacienda de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que por cuanto en la audiencia de esta Nueva España tiene pleito pendiente que está siguiendo con el señor Racionero don Diego Pelaes [Peláez] Sánchez, que lo es de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles. Por lo que a través de la presente otorga poder especial a Juan de Simancas, vecino de dicha ciudad, al Bachiller [Joseph] Rodríguez, y a Miguel de Venavides [Benavides], residentes en dicha ciudad, a todos y cada uno in solidum para que en su nombre y representación parezcan ante los señores jueces, justicias eclesiásticos y seculares, y pidan se les entregue Real Provisión y demás diligencias para presentarlas en dicha Real Audiencia, por lo que se les da éste con libre y general administración para ello.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO