Real provisión emitida por el Rey para que puedan testar los naturales, dirigida a los corregidores, alcaldes mayores y ordinarios y a sus demás jueces y justicias de todas ciudades, pueblos y villas de la Nueva España, con motivo de que el Licenciado Tomás Espinosa de la Plaza, Fiscal de la Real Audiencia de México, hizo relación diciendo que en todo el distrito de esta audiencia se va introduciendo una injusticia y abuso contra todo derecho entre los naturales, defraudando en sus últimas voluntades de los padres a los hijos y los hijos de los padres de sus legítimas, y para que esos excesos no pasasen adelante y se remediasen, suplicó al Rey se le librase esta provisión real, insertando en ella las reales leyes que se tratan sobre las sucesiones, testamento y abintestato, dándoselas a entender a los naturales y repartiéndose a todas las justicias de los pueblos. Entre las leyes que se citan están la ley trece del título sexto, libro quinto de la Recopilación de Leyes y la ley primera título ocho y en el mismo título la ley octava.
MÉXICO, CIUDAD DE
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Testamento, inventario y partición de los bienes que quedaron por fin y muerte de Isabel Arias de Paz, hija legítima de Gabriel de Vargas y de doña Isabel Arias de Paz, vecinos que fueron de la Ciudad de México, viuda de Lorenzo López Tisnado, vecino que fue del pueblo de Alvarado.
Testamento de Margarita Márquez, vecina de Jalapa, hija legítima de Don Antonio Rodríguez y Juana Márquez, vecinos que fueron de la ciudad de México, de donde es natural la otorgante.
Antonio López de Uría, residente en Jalapa, natural de la villa de Rivadeo, en el reino de Galicia, dio su poder cumplido a su tío Gregorio Pérez de Pozos y a su hermano Rodrigo de Uría, vecinos de la ciudad de México, para que en su nombre hagan y ordenen su testamento con las mandas, legados y obras pías que les pareciere.
Testamento de Diego de Perea, de color pardo libre, vecino de la ciudad de México, hijo legítimo de Simón de Perea, mulato libre, difunto, y de Juana Ramos, mulata su legítima mujer.
Don Antonio Montesinos, Ayudante Mayor del Regimiento de Dragones de México, del cual es Coronel don Víctor Cadelo y Fardela, realiza testamento en donde nombra como albacea a don José Gil, Teniente de Dragones del mismo Regimiento. Nombra como heredera a su alma.
Don Joaquín José Pardo, natural de Sevilla y vecino de la Ciudad de México, residente en este pueblo de Jalapa, hijo legítimo de don Ángel Tomás Pardo y de doña Jacoba Cristina de Vera, otorga su testamento en donde declara es poseedor de un Mayorazgo y varios patronatos en la Ciudad de Alcalá de Henares y que por ser soltero y no tener hijos, recaerá en el hijo o hija mayor de su tía doña Ana Josefa Pardo. Nombra como albaceas y herederos a don Manuel María de Vera Soto Sánchez, vecino de España, junto con don Antonio de Basoco, vecino de la Ciudad de México.
Don Nicolás Brun, natural de Balegen en Irlanda, Condado de Mayo, hijo legítimo de los difuntos don Tomás Brun y doña Margarita Linche, otorga poder para testar, nombramiento de albaceas y de herederos a don Roberto Quirbán, vecino de México, junto con don Juan Antonio de Herreros, vecino de España.
Doña Josefa de Acosta, hija legítima de los difuntos don Manuel de Acosta y de doña Lucía Lagunes, natural del pueblo de Naolinco y vecina del pueblo de Jalapa, fue casada con don José Ruiz Cañete, realiza su testamento, en el cual nombra como albacea al Bachiller José Nicolás de Acosta, y como herederos designa a su hijo el Licenciado don José Francisco Ruiz Cañete, Abogado de la Real Audiencia de México, junto con doña Antonia, doña Mariana y el Presbítero don Clemente, sus hijos legítimos.
María de Peñalosa, hija legítima de los difuntos José de Peñalosa y Juana Vázquez, natural del Santuario de Chalma en las inmediaciones de México y vecina del pueblo de Jalapa, casada en primeras nupcias con Juan de Alarcón y en segundas nupcias con Juan Méndez, realiza testamento, en el cual nombra como albacea a Nicolasa de Jesús de Alarcón, su hija legítima del primer matrimonio, y como herederos designa a la citada Nicolasa, José y María, hijos legítimos del primer matrimonio, y Ana María, hija legítima del segundo matrimonio.