Gabriel de Caravantes, vecino de la ciudad de México, ratifica haber vendido, por medio de Luis Diez, quien tenía su poder, ocho mulas y ocho machos en precio de 160 pesos de oro común, a Hernando de la Plata, vecino de Maltrata.\n
MÉXICO, CIUDAD DE
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Juan Moreno de Moya, vecino de la ciudad de México, se obliga de pagar a Luis de Saavedra, Cura y Vicario de esta provincia, 70 pesos de oro común, resto de una mula parda gateada del hierro del margen, que del susodicho recibió comprada en 100 pesos de oro común, de los cuales le ha pagado 30 pesos de oro común.\n
Diego de Lucas, vecino de la ciudad de los Ángeles, estante al presente en este pueblo de Orizaba, se obliga a llevar 21 mulas de su recua al pueblo de Tlalixcoyan para cargarlas de cacao, y entregarlas en la ciudad de Tlaxcala a Juan Mejía de la Torre, vecino de dicha ciudad, y consignadas de Francisco Mejía Saavedra, vecino de la ciudad de México, quien fletó las mulas, por precio de siete pesos de oro común cada una.\n\n
Nicolás de Herrera[Nicolás Pedro de Herrera], como principal deudor, y Juan de Cabañas, como su fiador, vecinos de la ciudad de México, se obligaron a pagar a Lucas Marín, tratante en mulas cerreras, vecino de la jurisdicción de Jalacingo, 400 pesos de oro común, precio de ocho bestias mulares cerreras, en esta manera: 200 pesos para de la fecha de esta escritura en cinco meses, y los 200 pesos restantes para de allí en seis meses.
Don Diego Rubín de Celis, Teniente Coronel del Regimiento Provisional de Infantería de Tlaxcala, residente en esta Villa, otorga poder especial a favor de Dionisio Rodríguez, Sargento del Regimiento fijo de México, para que a nombre de él, perciba y cobre judicialmente o extrajudicialmente de don José María Santibáñez, que se haya en la Provincia de la Puebla de los Ángeles, veinte y una mulas aparejadas, y la cantidad de pesos que le entregó; para cuyo cobro haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que se requieran.
Sebastián de Torres, Administrador de la recua de Nicolás Sánchez de los Riscos, junto con José de Pevedilla, vecino de México, informan que la semana pasada llegó a este pueblo una conducta de plata, la cual el citado Nicolás despachó en mulas de Pevedilla, y entregó a Sebastián de Torres 216 cajones de plata, resultando que hizo falta un cajón con valor 3, 000 pesos, por lo que para evitar lo molesto de los pleitos, han convenido en pagar 1, 500 pesos cada uno de los otorgantes con la condición de que se harán las diligencias para descubrir donde esta dicho cajón, y en caso de que aparezca se repondrá a cada uno lo lastado, pero en caso de que no resultasen culpables, se pagarán las costas de daños que se ocasionaron para hacer las diligencias.
Don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, de esta vecindad, como apoderado de don Pedro Paredes y Serna, vecino de la ciudad de México, usando de la facultad que le confirió, ha procedido al cobro de las cantidades que se le están debiendo a su poderdante y siendo una de éstas la de 3 899 pesos 2 reales de la que es deudor don Javier Arias, hacendado de este partido, según la escritura en la que consta y que otorgó Arias en esta ciudad el 13 de noviembre de 1835, con hipoteca de la hacienda de Zimpizagua [Zimpizahua], otorga que ha recibido de dicho señor Arias en cuenta de los 2 436 pesos 2 reales que por compra de mulada y costo de aquella escritura le restaba a su poderdante, la cantidad de 927 pesos 6 reales en partidas parciales hasta 31 de diciembre de 1837, más los réditos que a la cantidad total de dicha deuda de 2 436 pesos 2 reales le han correspondido hasta aquella fecha, sin incluir el principal de 1 463 pesos y los réditos que adeuda por el mismo respecto el licenciado don Carlos Hernández Viamonte, de que se hizo pagador el mismo señor Arias, según consta de la expresada escritura. Y como para satisfacer el resto de ambas sumas han celebrado nuevos convenios, que se expresarán en la nueva obligación que debe otorgar Arias, formaliza a su favor el más amplio recibo y carta de pago por los citados 927 pesos 6 reales y los réditos de su adeudo hasta treinta y uno de diciembre pasado.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOPedro López Morales, vecino de México, se obliga de pagar a Francisco Mercado Sotomayor, Alcalde Mayor de Jalapa, 50 pesos de oro común que son el precio de una mula con su freno.
Nicolás de Anaya, mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora de la Concepción que está en la villa Santiago de los Valles, y en virtud del despacho especial que presentó del Doctor don José de Torres y Vergara, Catedrático Propietario de Prima de Leyes en la Real Universidad de la ciudad de México, Cura del Sagrario de la santa iglesia catedral, Juez ordinario, Visitador de Testamentos, Capellanías y Obras Pías en aquel arzobispado; para que recaude y cobre la cantidad de 2 100 pesos que debía el Capitán Juan José Fernández, vecino del pueblo de San Juan Cuesomatepeque [Coscomatepec] a la citada cofradía; y en virtud de dicho despacho, el presente otorgante como mayordomo de dicha cofradía otorga que ha recibido del Capitán Juan José Fernández, la citada cantidad, que es la misma que el susodicho quedó debiendo a la cofradía, del procedido de una partida de mulas que le compró a Juan Gómez [roto], pertenecientes a la cofradía, de los cuales se da por entregado y da por nula y cancelada la escritura de obligación.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán don Juan Antonio de Zavalza, el Alférez don Francisco Pérez de Arellano, don Laureano Fernández de Ulloa, don Domingo Díaz Mier, don Bartolomé de Borja, don Pedro de Campos, don Bernardo Gómez, don Sebastián Barradas, don Ignacio Barradas, don Manuel Barradas, don José de Castro, don Carlos Roso, Manuel José de Acosta y Luis de Rojas, vecinos del pueblo de Jalapa y dueños de mulas, otorgan poder general a don Juan Francisco Vértiz, vecino de la Ciudad de México, para que los represente en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.