Área de identidad
Código de referencia
Título
Fecha(s)
- 1718/08/02 (Creación)
- Córdoba (Creación)
Nivel de descripción
Volumen y soporte
173 vta. – 175 vta.
Área de contexto
Nombre del productor
Historia biográfica
Institución archivística
Historia archivística
Origen del ingreso o transferencia
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
Don Alonso Bueno, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la villa del Lopera, una de las del partido y campo de Calatrava en la Andalucía en los reinos de Castilla, hijo de Pedro Bueno y Luciana Bueno, difuntos; y doña Francisca Merodio, natural de esta villa, hija de don Domingo Merodio y de doña Juana Franco de Guzmán, vecinos de esta villa. Ambos, se otorgan poder mutuo para testar, señalando que el que sobreviva de los dos en el término que la ley 33 de Toro dispone, haga su testamento con las mandas y disposiciones que se tienen comunicados el uno con el otro, en el que mencionan lo siguiente: Alonso manda sea amortajado con el hábito y cinta de San Juan de Dios, y doña Francisca con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya orden es hermana, y sepultados en la iglesia de esta villa delante del altar de San José. Declaran que habrá tiempo de cuatro años poco más o menos contrajeron matrimonio, y Alonso tenía de capital como 4 000 pesos y doña Francisca no llevó caudal alguno, de cuyo matrimonio han procreado a Maximiliana. Ambos se nombran albaceas y tenedores de bienes. Nombran por heredera a su única hija. Revocan cualquier otro testamento, poderes y últimas disposiciones.
Valorización, destrucción y programación
Acumulaciones
Sistema de arreglo
Área de condiciones de acceso y uso
Condiciones de acceso
Condiciones
Idioma del material
español
Escritura del material
Notas sobre las lenguas y escrituras
Características físicas y requisitos técnicos
Instrumentos de descripción
Área de materiales relacionados
Existencia y localización de originales
Existencia y localización de copias
Unidades de descripción relacionadas
Área de notas
Notas
Observaciones: Documento deteriorado. Desfase en orden cronológico del protocolo. El juez receptor registra el nombre Lusiana Bueno, para su ubicación se registró como aparece en resumen del acta. El escribano registra Juana de Guzman, Juana Franco de Guzman, Juana Franco de Algarin, para su ubicación se registró como aparece en el resumen del acta.
Identificador/es alternativo(os)
Puntos de acceso
Puntos de acceso por materia
Puntos de acceso por lugar
Puntos de acceso por autoridad
- BUENO, ALONSO (Materia)
- BUENO, LUCIANA (Materia)
- BUENO, PEDRO (Materia)
- FRANCO DE GUZMÁN, JUANA (Materia)
- LÓPEZ, GREGORIO (Materia)
- MERODIO, DOMINGO (Materia)
- MERODIO, FRANCISCA (Materia)
- PALAFOX Y MENDOZA, JUAN DE (Materia)