Diego de Mérida, vecino de la ciudad de Panamá, dueño y mercader de la Balandra, nombrada el Santo Cristo de San Román, Nuestra Señora del Rosario y Las Ánimas, anclada en el puerto de San Juan de Ulúa, que al presente se apresta y despacha para hacer viaje a cualquier puerto donde hallare carga, otorga poder al Capitán Miguel Jerónimo, Piloto de ella para que en su nombre y representación pueda administrar dicha balandra, como dueño y mercader de ella, así pueda concertar cualquier piloto, guardianes, marineros y demás ministros y oficiales que fueren necesarios para los viajes que se ofrezcan.
Francisco Ortiz, vecino de este pueblo, vende al Alférez Francisco Antonio Patiño, Refuerzo del Castillo de San Juan de Ulúa, una casa, con su solar correspondiente, ubicada en La Antigua Veracruz; tiene de frente al río 45 varas y de fondo 24, el cual hubo de Francisca de Yebra, libre de empeño, al precio de 258 pesos.
Don José Díaz de Guítián, cargador de la flota a cargo del Teniente General Marqués de Mari, anclada en el puerto de San Juan de Ulúa, informa que recibió y tiene de don Nicolás Sánchez de los Riscos, la cantidad de 15, 815 pesos de oro común en plata doble, los cuales le envió el Teniente Coronel don Francisco Antonio Sánchez de Tagle, Caballero de la Orden de Santiago, prior actual del Real Tribunal del Consulado de este Reino.
Don Salvador Ramírez de Aguilera, natural de Cádiz y residente en este pueblo de Jalapa, Escribano del navío “Salomón”, el cual se halla en la bahía de San Juan de Ulúa, hijo legítimo del difunto don Alejandro Ramírez de Aguilera y de doña María Rosa Guido, viva, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a don Francisco Javier Yáñez de Vera, vecino de este pueblo, y como herederos nombra a su madre, y por fallecimiento de ésta, a sus dos hermanos.
Doña Ramona Altete, natural de la heroica Veracruz, hija de don Juan Altete y doña Manuela Herrera, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: Declara fue casada con el capitán don Francisco Muñoz Estepa, difunto, que por no haber tenido hijos, adoptaron a Pedro José Estepa. Por bienes suyos, declara dos casas altas y bajas contiguas en la Heroica Veracruz, haciendo frente a la plazuela de la Campana y esquina del callejón de Flores, afecta la de la esquina al principal de 3 000 pesos de una capellanía y a otros 1 500 pesos que se tomaron a premio de un 6 por ciento, para reparar las dos del deterioro que sufrieron de las hostilidades de Ulúa. Y la otra reporta 3 000 pesos de otra capellanía con 3 000 pesos de dote, que se fincó en ella para casarse el dicho Pedro José Estepa por ser militar subalterno, a cuyos bienes se incluyen ropa de su uso y algunas alhajas. Menciona que su difunto marido siguió cuentas con el finado don Martín Cos, en razón de varias partidas de pesos que para su seguridad le entregó, así en plata como en oro, y de las rentas también de las casas citadas, y que en una liquidación equivoca que hicieron sus dependientes resultaba un alcance contra Estepa de 1 000 pesos, situación que ella aclaró con su viuda albacea, doña María del Carmen Muñoz, de lo que resultó no deber nada Estepa a la testamentaria o concurso de Cos. Es su voluntad y deja a su hijo adoptivo Pedro José Estepa, la casa chica frente a la plazuela con los dos gravámenes que reporta, un baúl grande, el menaje y muebles de su casa. A su hermana María Josefa Hernández y sus hijos Sebastián y María del Amparo Quesada, les deja la otra casa de la esquina contigua a la primera, con ropa de uso y el otro baúl chico. Ordena que sus albaceas cuiden con celo el puntual pago de los premios de la capellanía que reporta la casa chica y grande y pide traten de no enajenarlas ni empeñarlas. Nombra por sus albaceas a su hermana María Josefa Hernández y a los hijos de ésta, Sebastián y María del Amparo Quesada, sus sobrinos. Revoca y anula cualquiera otro testamento, codicilo, poderes para testar u otra última disposición.
Zonder titelDon Genaro Garza, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, dijo que el 25 de septiembre de 1822 en aquella ciudad, otorgó su testamento con todas las cláusulas, vínculos y requisitos que lo constituyen legal, pero no pudo firmarlo, porque en el preciso momento fue el rompimiento del fuego que hizo el Castillo de Ulúa a la Plaza, teniendo que salir de allí, ya no pudo atender éste ni otros asuntos particulares y; como en dicha disposición están comprendidos todos los particulares y por menores como su última voluntad. Por la presente que quede subsistente y valedera en todas y cada una de sus partes sin que lleve su firma; pues al efecto hace la presente, para que en el caso de que, si antes que llegue a firmar dicho testamento falleciere, quede valedero aquel con la fuerza que le da la presente declaración.
Zonder titelDon Eliseo Antonio Llanos de Vergara, vecino de la Ciudad de México y residente en Jalapa, solicita cancelación de escritura, por la cantidad de 6, 031 pesos que ha recibido de don Felipe García, vecino de España, quien los recibió en Cádiz de don Bartolomé Amil y Troncoso sobre cierta partida de barriles que condujo a este Reino en los navíos nombrados Nuestra Señora del Rosario y Buen Consejo de la Conserva de la flota surta en el Puerto de San Juan de Ulúa que vino a cargo de Señor Idiaques.
Doña María Gertrudis Rodríguez, natural de Tlacotalpan y vecina del Castillo de San Juan de Ulúa y de la Antigua Veracruz, residente en Jalapa, hija legítima de José Rodríguez y Felipa Fernández, difuntos, casada en primeras nupcias con don Juan Bautista Migoni, y en segundas nupcias con don José Alcalá, difunto, otorga poder para testar a don Esteban Gutiérrez de Olea, asimismo lo nombra albacea testamentario y como heredera universal nombra a Ángela Josefa Alcalá, de 11 años de edad, su hija legítima del segundo matrimonio.
Don Ignacio Rincón y don José Antonio Rincón, vecinos del pueblo de Perote, dijeron que le pidieron a su acreedor don Miguel del Corral, les prorrogase el plazo para pagar la casa que le compraron y les concediese facultad para poder venderla, por libre de deuda, petición que les fue otorgada, por lo que a través de la presente señalan que deben a Miguel del Corral, actual Comandante del Castillo de San Juan de Ulúa, la cantidad de 2, 000 pesos como adeudo de la casa que les vendió en Perote, y se obligan a pagar a fines de 1782.
Don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, del Comercio de España, residente en esta Villa de Xalapa, como Maestre de la Fragata de Guerra denominada la Venus, estacionada en el puerto de San Juan de Ulúa de la ciudad de la Nueva Veracruz y a punto de hacer un viaje a los Reinos de Castilla, otorga poder especial a don José Antonio de la Madrid y Lobiano, para que en su nombre haga registro de dicha nave dando las fianzas correspondientes de este viaje, para las mercancías que se transportarán a España, además de las personas que viajarán.