Doña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, otorga que vende en favor de don Joaquín Fernández del Campo, residente en esta villa, una casa de edificio bajo de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa en la primera cuadra de la calle que llaman Principal, con la que hace frente hacia el sur y del otro lado casa alta y baja de doña María Francisca Javiera Sáenz de Santa María e Illanes y de don Juan Francisco de Abaroa; por su fondo al norte hace otro frente y linda con el callejón que nombran de Flores; por el costado del oriente linda con el de casa también baja de don Pedro Miguel de Echeverría; y por el del poniente con el fondo de las casas altas de don José María de Goiri y del mesón que nombran de las Ánimas. Cuya casa es la misma, que con otras se le adjudicó en la división de los bienes de su difunto marido, don Mariano Ladrón de Guevara, en parte de gananciales habidos en el matrimonio. La vende por la cantidad de 8 000 pesos, de los cuales 4 000 pesos que declara haber recibido en reales de contado y los otros 4 000 que el comprador reconoce a premio de un 5 por ciento anual, con hipoteca de la misma finca, por el tiempo que sea su voluntad.
Sem títuloDoña María Josefa Fernández de Ulloa, viuda y albacea de don José de Arias y Torija, vecino que fue de la misma villa, dijo que teniendo pactada por convenio expreso con don Francisco Fernández y Agudo, la venta de una casa de alto y bajo, ubicada en esta villa, en la primera calle antes llamada Real y ahora Principal, cuya casa quedó por bienes de don José de Arias, difunto. Dicha casa linda por el oriente con la de don José Antonio de la Peña; por el poniente con la que antes fue de don Juan Esteban de Elías; por el sur con la de la cofradía Señora de Santa Anna; que tiene de frente 28 varas castellanas y de fondo 55 y tres cuartas. Y para que el contrato tuviere efecto, otorga que vende a don Francisco Fernández y Agudo, la referida casa, por la que ha de reconocer de censo redimible con el rédito de 5 por ciento y con hipoteca especial la cantidad de 1 000 pesos, de un ramo de capellanía fundado por don Laureano Fernández de Ulloa y su mujer doña Margarita Martínez Navarro, el cual goza don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa; asimismo, 2 600 pesos pertenecientes al convento de San Francisco de esta villa; y 6 000 pesos que corresponden a él Beaterio; también, reconocerá 3 000 pesos con que la misma testamentaria consigna al bachiller don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa. La venta la hace por el precio de 22 000 pesos, bajo las condiciones que se mencionan en el acta.
Sem títuloDon Francisco Fernández y Agudo, vecino de esta villa de Xalapa, recibió de don Antonio Lombo, vecino de Pueblo viejo de Tampico, la cantidad de 3 000 pesos en reales en depósito irregular, por el espacio y tiempo de un año, contado desde la fecha, con causa de réditos de un 5 por ciento anuales. Por dicha cantidad, hipoteca y grava una casa que posee en esta villa, en la primera cuadra de la calle Principal, alta y baja, cubierta de madera, ladrillo y teja, con la frente al norte y del otro lado, la casa mortuoria de don Domingo Franceschi, por su fondo al sur, linda con casa perteneciente a una fundación, en favor de la Señora de Santa Ana, en esta parroquia de Señor San José, por el oriente, linda con el costado de la casa de doña Josefa María Gómez de Estrada y por el poniente, con el de casa baja de Manuela de Bárcena y Zugadi. Casa que compró al presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, misma que se obliga a no empeñar hasta que no éste satisfecho dicho principal y réditos.
Sem títuloDon José Iravedra, de esta vecindad, vende al presbítero con José Vicente de Espino, dos casas bajas de paredes contiguas la una a la otra, cubiertas de madera y teja, situadas en esta villa, en la última cuadra de la calle Principal a la que hacen su frente hacia el sur, y del otro lado, casa alta de don Diego Briseño, lindan por su fondo al norte, con solar de los naturales de esta villa, por el costado del oriente la una con el de la casa de Juan José Lagunas, y por el del poniente, linda la otra, con el de la casa de doña María Josefa, y doña María Ignacia Heredia. Cuyas fincas, son las mismas que compró a doña Luisa Luque, y le vendió a su nombre don Dionisio Camacho, por escritura del 23 de abril de 1824. Las vende con sus entradas, usos y costumbres, y servicios que de hecho y derecho le pertenecen, libre de empeño, censo, hipoteca, al precio de 1 180 pesos que confiesa que tiene recibidos de contado.
Sem títuloDon Lorenzo Meso, vecino y del comercio de esta villa y doña María del Carmen Rivera, viuda de don Gregorio López Brizuela, dijeron que de mutuo acuerdo dispusieron establecer una compañía, para lo cual dispusieron traspasar una tienda de ropa de don Juan Calvillo, que tiene en esta misma villa, en la calle Principal. A cuyo efecto, procedieron al nombramiento peritos apreciadores, resultando del avalúo 4 972 pesos cinco y medio reales, de los que exhibieron a cuenta 2 000 pesos de contado, poniendo 1 000 pesos cada uno de los otorgantes como fondo de la compañía. Por lo tanto, Lorenzo Meso se obligó a pagar el resto en la forma siguiente: 2 000 pesos que se exhibirán en esta villa en un término de seis meses, contados a partir del día 23 de abril último, y el resto de 972 pesos y cinco y medio reales dentro de dos meses siguiente al plazo que se cumplirá en diciembre próximo. Y para cumplimiento, hipotecó la misma negociación que ha traspasado y una casa tienda de comercio que tiene en esta misma villa, en la esquina a la Lagunilla de Señor San José, las cuáles no podrá vender, gravar enajenar hasta que la deuda éste satisfecha.
Sem títuloLos ciudadanos Juan Nepomuceno Herrero e Ildefonso del Castillo, vecinos de esta villa, el primero como apoderado de Juan Ruiz Abascal, vecino del comercio de Veracruz, demandando en nombre de éste al segundo la cantidad de 4 721 pesos dos y cuartillas reales, mismos que por escritura hipotecada le había dado sobre la casa en donde vive. Conforme Castillo con esta demanda manifestó que la casa no valía lo que debía a Ruiz, pero por saldar su deuda entregaría 3 079 pesos cuatro reales y dos granos, que son las dos terceras partes de su avalúo. Por lo que dicho apoderado, con instrucciones de Ruiz, aceptó la citada cantidad en pago de la deuda, adjudiando Castillo la casa que vive en favor del ciudadano Ruiz. Casa que está situada en la calle Principal del Calvario, de cal y canto, cubierta de tejado, situada en terreno de comunidad de los indígenas de esta villa, que ocupa 50 varas de largo en el frente, y poco más o menos de fondo, formando un sitio irregular por la cuchilla que hace camino principal de México a Veracruz, en cuya esquina está ubicada dicha casa, haciendo frente al poniente lindando por este viento y por el sur con el mismo camino principal, y por el poniente y norte con solares eriazos de la citada comunidad de indígenas, estando cercado de finca con paredes de cal y canto, y en su centro construida una troje de tablones de madera sobre pilares de cal y piedra con soleras también de madera y cubierta de tejado. Castillo, señala vende dicha casa a Juan Ruiz, libre de gravamen y enajenación, al precio de 3 079 pesos cuatro reales y dos granos.
Sem títuloDon Simón Peña, de esta vecindad, otorga que se obliga a reconocer sobre una finca suya propia, la cantidad de 200 pesos pertenecientes a la cofradía de las Benditas Ánimas de la parroquia de esta villa, de que es actual mayordomo don Joaquín Ruiz, obligándose a redimir el capital en el término de nueve años con el rédito de 5 por ciento anual. Y para la seguridad de la deuda, hipoteca una casa de paredes, de edificio bajo, cubierta de madera y teja, ubicada a la cuarta cuadra de la calle Principal o de Señor San José, haciendo esquina con el callejón que nombran el Perro, con su frente principal al sur por dicha calle de San José, y otro al oriente por el referido callejón, lindando por el norte con el costado de casa y solar de un tal Eugenio, y por poniente con casa y solar de Sebastián Barradas.
Sem títuloEl señor Nicolás Juan Bautista Froger, de esta vecindad y comercio, dijo que su esposa madama Rosa María Vatri, llevó al matrimonio 5 000 pesos de capital, y él tenía igual cantidad, las cuales han logrado incrementar. Actualmente, él tiene que viajar a Francia, dejando una tienda de quinquillera con principal de 5 000 pesos, situada en la calle Principal de esta misma ciudad, esquina del callejón del Diamante, que cede a su esposa para que la administre. Tienda que esta apreciada en 7 000 pesos, quedando integrada de los 5 000 pesos que su esposa llevó al matrimonio, más los 2 000 pesos por el lucro que ha habido hasta la fecha, se la entrega junto con los muebles de casa y toda la ropa. Declara que dicha tienda no tiene deudas y su esposa podrá disponer como si fuera dueña absoluta y aunque el otorgante se encuentre ausente o presente, éste no podrá reclamar cosa alguna y porque los 5 000 pesos que él aportó al matrimonio, éste se los lleva a su viaje, más otros 2 000 pesos y las cuentas activas que ha de cobrar.
Sem títuloDon José María de Goiri, residente en este suelo, otorga poder especial a don Francisco Fernández y Agudo, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones pueda gravar e hipotecar una casa de edificio alto y bajo, de su propiedad, ubicada en esta ciudad a la calle Principal, haciendo frente con las que fueron del finado don Domingo Franceschi. Para que sobre dicha casa imponga el capital o capitales que quiera tomar, ya sea de las arcas de los conventos, del cofre de las catedrales o de personas particulares, con el premio permitido del 5 por ciento por el tiempo que a bien tuviere. También, le da poder para que proceda a la enajenación de una huerta ubicada en esta ciudad y sitio que llaman del Molino Viejo, en el precio que le pareciere.
Sem títuloDon José María de Espino y Soria, de esta vecindad, se obliga de pagar a su hermano don Francisco Ciriaco, la cantidad de 827 pesos y medio real, que le ha ministrado en diversas partidas, en reales, ropa y otras cosas desde el año de 1833 hasta la fecha. Para seguridad de esta deuda, hace hipoteca especial de la tercera parte que le corresponde en una casa, que en unión de sus hermanos doña María Manuela y don Francisco Ciriaco (de Espino y Soria] heredó de sus padres. Casa que está ubicada en el pueblo de Coatepec a la calle principal, con la cual hace su frente al sur con dicha calle y del otro lado las casas curatales, por oriente linde con casa que hoy es de don José Isidro Maldonado y antes fue solar de Esteban Ballesteros, y por poniente con casas que fueron de Miguel Gorrón y José Antonio Segovia y por norte con solar que fue de José Félix.
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