Doña Ángela Gorrindo Palomino, vecina de la Nueva Veracruz, viuda de don Felipe Díaz de Peón, otorga que vende en favor de María Josefa Ramírez, de esta vecindad, a saber una casita de paredes revocadas de barro, cubierta de madera y teja, situada en esta villa, en la calle que nombran de San Juan y es la que nace en la plazuela del Carbón para el camino de Naolinco a la que hace su frente hacia el norte y del otro lado solar abierto que pertenece a los herederos de José Roque de Castro y por el fondo el sur se compone de 13 y medias varas linda con la barranca de Jalitique [Xallitic]; por el costado del oriente con el de casa que pertenece a la capilla del Calvario y por el del poniente con casas de los herederos de doña María Ana Roso. Cuya casita se compone de 17 varas, es la misma que hubo muerte de su padre don Pedro Gorrindo Palomino y la de todos sus hermanos, quien la hubo y compro de Ángela Jaimes por escritura pública en esta villa a 25 de septiembre de 1801. La vende por el precio de 300 pesos al contado.
Sans titreDon Cristóbal Mateos, de esta vecindad, otorga que debe a los señores Bernabé de Elías Vallejo y Julián de Tellaeche, de este comercio y vecindad, la cantidad de 1 719 pesos 6 y medio reales, que con 400 pesos que tiene entregados a don José María de la Rocha y Flandes, es el monto del balance de la tienda mestiza que éste administraba en la casa de su padre, ubicada en la esquina de la plazuela del Carbón, la cual ha traspasado al otorgante y de que procede dicha cantidad. Por tanto, se obliga a pagar esta suma en el término de dieciocho meses, en la siguiente manera: a los doce meses entregará 1 299 pesos 6 y medio reales y al cumplimiento de los dieciocho meses los 420 restantes. Y para seguridad de su pago ofrece por fiador a don Antonio José Peredo, también de este comercio y vecindad, quien otorga que se constituye fiador y principal pagador por el mencionado Mateos.
Sans titreDon José María Valero, de esta vecindad, otorga que vende, cede y traspasa en favor de don José María León, también vecino de esta villa, una casita de paredes situada en esta villa, de edificio bajo, cubierta de madera y teja, en la calle que nombran de San Juan, la que atraviesa de la plaza de la Constitución para la plazuela del Carbón, con el frente al poniente, el que se compone de 12 varas, y del otro lado paredes del fondo de la casa del difunto licenciado don José María Durán; y 23 de fondo hacia el oriente por donde acaba con una cuchilla angosta y linda con el de la casa de los herederos de don Manuel Rincón; por el costado del sur, linda con el de casa de los herederos de don Manuel Ochoa; por el del norte, con el de casa que fue de Catalina Casanova. Cuya casita es la misma que con una mitad hubo y compró de don José Fernández Gallardo, por escritura pública otorgada en esta villa el 5 de febrero de 1820; y la otra mitad la fabricó a sus expensas en otras 6 varas de terreno que extrajudicialmente compró a Mariano Palmeros. La vende por el precio de 400 pesos que declara haber recibido en reales de contado.
Sans titreDoña Ana Antonia y doña Margarita Guillén, de esta vecindad, hermanas enteras, mayores de veinticinco años, esposa la primera de don Juan Nepomuceno Durán y con licencia marital, dijeron han poseído de mancomún y por indiviso en esta villa, dos casas de cal y canto, cubiertas de tejado, una ubicada en la calle de la Amargura que linda por el oriente a que hace frente con la plazuela que nombran del Carbón, por el poniente calle en medio con casas de la testamentaría de don Antonio Arcos, por el sur con la de don José María de la Rocha, y por el norte con casa baja de doña Manuela Ochoa; y la otra situada en la esquina del callejón conocido por el del Diamante, que linda por el oriente calle en medio con casa de doña Josefa Bacón, por el poniente con casa baja de don PedroMartín del Puerto Vicario, por el norte calle en medio con casas de la testamentaría de Ollín y por el sur con la de Carlos Díaz y Herrero. Señalan que las casas las obtuvieron por herencia de su finado padre; la primera propiedad reporta sobre sí el reconocimiento de 500 pesos a favor de la capilla del Señor del Calvario; y la otra está libre de gravamen por haberse amortizado el que reconocía en la parte de las hijuelas de doña María Josefa Guillén, hermana de las otorgantes. Y deseando éstas disfrutar con toda libertad cada una de por sí de su haber paterno, y disponer de él con legitimidad han acordado la adjudicación y partición de ambas casas, tomando para sí doña Margarita, la situada en la calle de la Amargura, y doña Ana Antonia la del callejón del Diamante; y para que esta partición tenga toda la firmeza y validación competente en la vía y forma, otorgan que aprueban, ratifican y dan por hecho con el debido arreglo la citada participación, y de las casas respectivamente aplicadas a cada una se dan por entregadas mutuamente a su satisfacción. Declaran que la propiedad que le corresponde a doña Ana Antonia tiene un exceso de 435 pesos 1 real 9 granos sobre la otra, por lo que hace expresa obligación de reconocer la cantidad al rédito corriente de un 5 por ciento al año en la casa que se aplicó por el tiempo y espacio de cinco años, hipotecándola en segundo lugar respecto de cualquier gravamen.
Sans titreFrancisco Pérez de Huesca, residente en esta villa, otorga que vende, cede y traspasa en favor de José Mariano Estévez, también de esta vecindad, una casita de paredes de lodo, en un pedazo de terreno que se compone de 14 varas de frente hacia el norte, ubicada en la callejuela que nombran de San Juan, y es la que sale de la plazuela del Carbón para el camino de Naolinco, y del otro lado, casa de José Roque de Castro, y 17 de fondo hacia el sur y remata después con una cuchilla aguda que termina con un tronco de un árbol de capulín, que es el lindero con el terreno del difunto maestro velero que vivió en el bajo del Xalitic, por el costado del oriente, linda con solar de Sebastián Solano y, por el poniente, con casa y solar que fue de Ángela María, viuda de Joaquín López, misma que hubo y compró el 5 de agosto de 1801. Dicha casita y terreno los vende por la cantidad de 170 pesos ha recibido en reales de contado.
Sans titreDon José María Rivera, originario del pueblo de Naolinco, vecino de esta ciudad, hijo legítimo de don Antonio José Rivera y doña Inés Viveros, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que habiendo contraído matrimonio con doña Dolores Sayas hizo con ella vida conyugal hasta el año de 1820, en que por haber adulterado dicha señora, según consta en la causa criminal que se siguió contra ella y para en el oficio público de esta ciudad, quedaron separados ambos conyugues, sin haber vuelto a reunirse ni un solo momento. Declara que durante el tiempo que vivió maritalmente con su citada esposa hubo por hijos a doña Rafael Bernarda y a doña Petra Plutarca y otros que murieron en su infancia. Declara que las dos expresadas sus hijas se hallan casadas, doña Rafaela con don José Antonio Casas y la doña Petra con don Francisco Pérez Rincón, y que ninguna de sus dos hijas expresadas ha recibido cantidad ni cosa alguna, en razón de dote ni de otra manera. Declara que en el año de 1820 al tiempo de separarse de su esposa la nominada doña Dolores no tenía más bienes que 250 pesos del valor que le tocó en la división de su herencia paterna, consistente en una casa, y que a la vez tenía varios acreedores que le habían dado habilitaciones de consideración, siendo uno de ellos don Bernabé de Elías Vallejo que le prestó 4 000 pesos; y otro don Manuel Ignacio Aparicio en compañía de su tío don Antonio José Rivera a quien debía 2 800 pesos, cuyas deudas pagó paulatinamente. Declara que sus bienes consisten en la casa de su habitación con la fábrica de aguardiente anexa a ella; en las otras dos casas contiguas a la expresada, que llega hasta la esquina de la plazuela del Carbón y bajan por la cuesta de Xallitic hasta encontrar con la fábrica mencionada; en otra casa que fue comprada a doña Carmen Rivera que está en medio de las de don José María León y de los hijos de don Domingo Cereseto alias Piamonte; en un trapiche situado en la hacienda de Sosocola, con los respectivos campos de caña y todos los aperos necesarios; y finalmente en todas las cercas, casas y cualquiera otra finca o mejora que haya en la expresada hacienda, pues ésta la recibió en arrendamiento sin más que las tierras y la casita que se halla respecto al río de Sedeño, que fue la que habitaron antiguamente los dueños de la misma finca. Ordena que el quinto de sus bienes, deducidos los gastos que se tienen que cubrir, quede a cargo de sus albaceas, quienes administrarán las casas que lo compongan y entregarán mensualmente a doña Romana Casanova su líquido para que disfrute de él mientras la señora viva y no se case, y se distribuirán los bienes del quinto entre todos sus nietos con igualdad. Ordena que, a Teodora Contreras, de esta vecindad, y lavandera antigua de su casa, se le consigne un cuartito de algunas de sus casas para que durante sus días viva en él sin que se le cobre renta alguna. Nombra por sus albaceas a sus hijos políticos don José Antonio Casas y don Francisco Pérez Rincón, y a su primo don Antonio María de Rivera. Instituye por sus universales herederos a las dos referidas sus hijas, doña Rafaela Bernarda y doña Petra Plutarca Rivera.
Sans titreEl ciudadano Ramón Lozada, de esta vecindad, dijo que debe a doña Mariana Martínez de Aguirre, de esta vecindad, la cantidad de 1 050 pesos, mismos que se obliga de pagar en término de 3 años con réditos de 5 por ciento anual. Para caución y seguridad del capital y réditos, hipoteca una casa que posee su esposa en la tercera calle de la Amargura con su frente al oriente, que lo hace con la plazuela del Carbón y casa que fue del finado don Domingo Nogueira, por el costado del norte con casas de las herederas de Mariano Zavaleta, por el costado del sur con casa de doña Josefa Ochoa, y por el poniente, que es su fondo, con solar que pertenece a la misma casa. Cuya deslindada finca la hubo y heredó su esposa, doña Guadalupe Paredes, de su señora madre doña Josefa Pozo, cuando ésta era viuda de su señor padre don Francisco Paredes, quien la hubo y compró a don José Roque de Castro, don Francisco Javier López y José Vázquez, en fecha de 28 de septiembre de 1796, ante el escribano don Ignacio José Justiniano, que se halla gravada en 200 pesos de censo principal en favor del convento de San Francisco de esta ciudad y libre de otro gravamen.
Sans titreDon Simón Santiago de Murrieta, vecino del pueblo de Jalacingo, residente en esta Villa, otorga que vende a don Antonio José Rivera, de esta vecindad, una casa de edificio bajo, cubierta de madera y teja, que hace esquina con la Plazuela del Carbón y calle que baja para Xallitic. Está compuesta de 37 varas de frente que hace su vista al poniente, en la calle que atraviesa de dicha plazuela para la del Rey, y del otro lado solar y paredes de los herederos de don Juan Florido; 77 varas de fondo al oriente, por donde linda con una barranca detrás del aguaje de Xallitic; por el sur con casa de don Domingo Cereseto; por el norte con la citada calle que baja para Xallitic, y del otro lado las paredes y estribos de casa que pertenece a doña María Ana Roso. La vende por precio de 1 100 pesos.
Doña Rita Orue Camargo, residente en la capital de México, viuda de don Domingo Antonio Castelu, otorga que vende a doña Catalina Casanova y a su esposo don Domingo Cereseto, una casa de edificio bajo, cubierta de madera y teja, con 7 ½ varas de frente que lo hace al poniente calle en medio que nombran de San Juan, y atraviesa de la Plazuela del Rey a la que nombran del Carbón, haciendo frente con asesorías de los herederos del difunto don Roque Jacinto Florido, y 68 varas de fondo hacia el oriente por donde linda con tierras y posesiones del mayorazgo de don Francisco Javier de Gorospe [ Irala y Padilla], por el norte linda con otra casa que también quedó por bienes de doña Josefa Monroy y don Nicolás Orue Camargo, y por la banda del sur linda con casa que fue de la difunta Manuela Peña. La venta la hace en 400 pesos que tiene recibidos de contado.
Don José Antonio [de] Rivera, vecino de esta Villa, otorga que da en arrendamiento a don Ildefonso del Castillo, también de esta vecindad, una pieza de vivienda que sirve de tienda y otra interior que sirve de trastienda, situada en una casa que fue del difunto [Juan Manuel] Castañón, en la Plaza del Carbón, la cual tiene para su custodia y arriendo, por el término de un año, que debe contarse desde esta fecha en adelante. El arrendamiento lo hace por precio de 8 pesos por mes.