Don Miguel de Leiva [Esparragosa], Regidor de esta villa por Su Majestad, ha recibido de Domingo Murzio 2 000 pesos de oro común en reales, por otros tantos que el susodicho le estaba debiendo por escritura que a su favor otorgó en esta villa el dos de diciembre de 1694, la cual cancela por la presente.
JUAN GÓMEZ DÁVILA, JUEZ RECEPTORAntonio de Olivera, Tercero profeso de hábito exterior de la Tercera Orden de penitencia de San Francisco, vecino de esta villa de Córdoba y natural del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], hijo legítimo de Simón de Olivera y de Petrona Gómez, difuntos; dijo que por cuanto está próximo a hacer viaje a la ciudad de la Veracruz y temeroso de la muerte, otorga poder al Capitán Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa y Alcalde Ordinario de ella por Su Majestad, y a su mujer Ana de Algarín, vecina de esta villa, para que después de su muerte hagan y ordenen su testamento en la forma y manera que les tiene comunicado. Declara estar casado con Ana de Algarín.
El Regidor [Joseph] de Leyva [José de Leiva] y Antonio de Leyva [Antonio de Leiva Esparragosa], su hijo, vecinos de esta villa de [Cór]doba y dueños de hacienda de beneficiar azúcar [roto], otorgan poder al Capitán Juan [roto].
Gaspar Rendón, vecino de esta villa de Córdoba, vende al Capitán Pedro López del Castrillo, un negro esclavo ladino nombrado Diego, de veinte cuatro años de edad, el cual hubo y compró a Matías Rodríguez, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en esta villa el diez de febrero de 1698. Lo vende en precio de 200 pesos de oro común.
JUAN DE LA BEGUELLINA Y SANDOVAL, JUEZ RECEPTORMiguel de Salcedo, vecino de esta villa de Córdoba, marido de María de Aguilar, hija legítima del Alférez Juan de Aguilar y de María Rodríguez [Palomino], difuntos, dijo que dicho matrimonio tuvo efecto el día 30 de agosto de este presente año y por cuanto la susodicha se encuentra con diferentes bienes que heredó de sus padres, que importan 1 427 pesos 4 reales, y le ha pedido la susodicha le otorgue escritura de recibo y dote a su favor, por la presente recibe de María de Aguilar los dichos 1 427 pesos 4 reales en los géneros y precios que se mencionan en esta escritura, los cuales se obliga a tener por dote y propio caudal de su mujer sobre lo mejor y más bien parado de sus bienes, y a no obligarlos ni hipotecarlos a deuda alguna, y en caso de ser disuelto el matrimonio a devolverlos a su mujer.
JUAN DE LA BEGUELLINA Y SANDOVAL, JUEZ RECEPTORDon Nicolás de Olivera, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción nombrado San Francisco [de las Mesillas], ubicado en el paraje que llaman las Mesillas; otorga poder a Diego de Monte Gallo, vecino de la ciudad de los Ángeles y Notario de la Audiencia Episcopal de dicha ciudad; para que en su nombre pueda buscar y busque 3 000 pesos de oro común para el avío y apresto de dicha hacienda, y los cargue y sitúe sobre ella a censo redimible. Declara que dicha hacienda sólo tiene cargados 1 300 pesos y por ellos paga 65 pesos en cada un año a favor de una capellanía que impuso don Gaspar Carlos de Rivadeneira.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Alférez Juan García del Castillo, vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes que fue del Capitán don Lope de Iribas, difunto, vecino que fue de esta villa, como administrador del trapiche de fabricar azúcar nombrado San Miguel Asesenatl [Azezenatl] en esta jurisdicción, propiedad que fue de dicho Iribas; dijo que habiéndose realizado los inventarios, avalúos y demás diligencias de los bienes que quedaron de dicho difunto por ante la Real justicia de esta villa, se han opuesto diferentes acreedores de Iribas solicitando se paguen sus débitos y en atención de que él se haya acreedor de mayor derecho a dichos bienes y para que se represente su derecho, otorga poder general a Domingo de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia de la ciudad de México, para que en su nombre, pueda parecer y parezca ante los señores de dicha Real Audiencia y demás jueces y justicias de Su Majestad, en especial, ante el del conocimiento de dichos autos, oponiéndose a la cantidad que importaren sus salarios y empeños que tiene hechos para el avío de dicho trapiche como consta en los instrumentos que tiene presentados.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán Manuel Gómez Dávila, natural de la ciudad de los Ángeles y vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo del Secretario Domingo Antonio Gómez y doña Juana Dávila Valero, difuntos y vecinos que fueron de esta villa, otorga poder a doña Gertrudis de Guzmán y Picaso, su legítima mujer, a don Alonso y Juan Gómez Dávila, sus hermanos y vecinos de esta villa, para que en su nombre hagan su testamento en la manera que se los tiene comunicado. Ordena ser amortajado con el hábito de Nuestro Señor Padre San Francisco. Declara que en su primer matrimonio fue con doña Juana de Gatica Padrón, difunta, de cuyo matrimonio le quedó una hija nombrada doña Estefanía de trece años y en su segundo matrimonio con doña Gertrudis de Guzmán y Picaso, en cuyo matrimonio procrearon como hijos legítimos a José Gómez de cuatro años de edad, más o menos, y a Pedro de Alcántara de dos meses de edad. Nombra como herederos universales a sus tres hijos y curador de sus personas a José Gómez Dávila, su hermano. Y para pagar y cumplir este testamento nombra como albaceas a doña Gertrudis de Guzmán y Picaso, su mujer, y a sus hermanos, y como tenedor de bienes a José Gómez Dávila.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOMiguel de Leiva Esparragosa, vecino y Regidor de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, dueño de diferentes sitios de tierras que ha comprado en esta jurisdicción, constando su legitimación en los títulos de ventas, posesiones y composiciones; en atención a que para en su poder una merced hecha por el Señor Marqués de Villamanrique, Virrey que fue de esta Nueva España, de 4 sitios de tierra para ganado menor en los términos del pueblo de [San Antonio] Guatusco [Huatusco], solicita al Señor Capitán don José Gómez Dávila, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, se sirva mandar que el presente escribano la protocolice en el registro del oficio público de dicho cargo para la mayor seguridad y permanencia.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que posee en esta jurisdicción una hacienda de trapiche de hacer azúcar que compró por escritura que a su favor le otorgó Francisco de Barrios, vecino de esta villa, y al mismo tiempo le entregó licencia original que tenía para fundar dicho trapiche, otorgada por el Excelentísimo Señor Conde de Gálvez, Virrey que fue de este reino; por lo tanto, pide que el presente escribano la protocolice en este registro para la mayor seguridad y permanencia.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO