Doña María del Moral, doncella, mayor de 25 años, vecina del pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a don Fernando de Reina Morales, vecino de España, la cantidad de 250 pesos, en el periodo de 1 año.
Ana Francisca de Vargas, mujer legítima de don Pedro Antonio de Campo, Rita Susana, mujer legítima de Francisco Pastrana y Juana Antonia de Vargas, doncella, hijas legítimas y herederas de los difuntos Juan José de Vargas y Juana Josefa Luis, con licencia expresa de sus citados maridos, venden a don Pedro Gorrindo Palomino, vecino de este pueblo, una casa de paredes y teja con el sitio que le pertenece, la cual linda al oriente con la Calle Real que de la Plaza sube para la casa del Rey y casas de don Juan de Quiñones, al norte con casas de doña María Montañés de la Cueva, al poniente con solar del comprador y al sur con casa del mismo, al precio de 400 pesos.
Los vecinos de este pueblo, firmados en el poder anterior, en donde confirieron varios ocursos, mencionando al Capitán Gaspar de Olavarrieta, Bartolomé Salvo, Carlos José Garzón y Pedro de Senande de esta misma vecindad, dijeron se celebró junta ante el Rey a fin de conseguir la renovación de las antiguas mercedes, continuidad y perpetuidad del establecimiento de las ferias que en este pueblo se han celebrado, señalando que para dichos ocursos se requerían cantidades de pesos que dicho vecindario no podrían facilitar; situación por la que mencionan, pagarán solamente la cantidad de 2, 000 pesos, para cuyo seguro hacen obligación, ratificando una y otra vez que no se excederán en el pago de dicha cantidad y que de acuerdo a las facultades que tienen en dicho poder dijeron que obraran con la libertad de su administración sin la menor restricción.
El Capitán Alonso de Alba , Mayordomo de la Cofradía del Santísimo Sacramento y vecino del pueblo de Jalapa, vende a don José Sanchinel, vecino de este pueblo, una casa alta, la cual linda al norte con la Calle Real de este pueblo, al oriente con casas de don Manuel de Villa Pinto, al sur y poniente con corral y casas de don José de la Calle, al precio de 1, 600 pesos, quedando dicha casa cargada a censo redimible junto con todo lo que se edifique, pagando réditos del 5% anuales.
Joaquín Felipe Sarmiento, hijo de padres difuntos, natural y vecino del pueblo de Jalapa, casado con doña Juana Cecilia Meléndez, viuda que fue de Miguel Jerónimo de Acosta, realiza su testamento, en el cual nombra como albacea a su citada mujer, en compañía de don Manuel de Villa Pinto y como heredera a dicha Juana Cecilia.
Los Gobernadores y Oficiales de Gobierno de los pueblos de Naolinco, San Miguel Aguasuelos, San José Miahuatlán, San Juan Miahuatlán, San Pedro Chiconquiaco y San Antonio Tepetlán, otorgan poder especial al Doctor Miguel Primo de Rivera, Abogado de la Real Audiencia de la Ciudad de México, para que notifique la notoria mortandad que padecieron sus pueblos en la última epidemia y por dicho motivo, pida a las autoridades correspondientes les libre el despacho para rebajarles los Reales Tributos.
El Licenciado Carlos José Suárez, Teniente de Cura, junto con el Licenciado Miguel Suárez, Clérigo Presbítero del Obispado de Puebla, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder general al Doctor José Suárez, Cura de esta Doctrina, para que pida, demande, reciba y cobre judicialmente a todas las personas, fiadores, herederos, etc., las cantidades de dinero, plata, etc. que les adeuden a través de vales, libranzas u otros documentos, también para que tome posesión de cualquier Capellanía.
El Licenciado don Antonio Mateo Ortiz de Zárate, Clérigo Presbítero, Domiciliado del Obispado de Puebla y vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder general a su hermano, el Licenciado Mateo Antonio Ortiz de Zárate, Clérigo Presbítero del mismo Obispado y vecindad, para que pida, demande, reciba y cobre judicialmente a todas las personas, tesoreros, herederos, etc., las cantidades de dinero, joyas y mercaderías que le adeuden a través de vales, libranzas, conocimientos, etc., y para que los defienda y demande en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Los Oficiales de Gobierno del pueblo de Jalapa, otorgan poder general a don Juan Manuel Castañón, vecino de este pueblo, para que comparezcan ante las autoridades correspondientes, donde los defienda y demande, en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Doña Petrona Nolasco de Zárate y Sandria, mujer legítima de don Antonio de Noriega, de quien tiene licencia expresa, debe y se obliga pagar primeramente al Licenciado Carlos Suárez, Teniente y Cura de esta Doctrina, la cantidad de 120 pesos, que redimió don Gabriel de Arteaga, quien los reconocía a censo redimible sobre su casa en este pueblo y pertenecen a la obra pía de misa, y al Reverendo Fray Antonio Juvera, de la Orden de San Hipólito Mártir, la cantidad de 300 pesos, que también redimió Gabriel de Arteaga, pertenecientes a la obra pía que fundó doña Petrona Josefa de Castro, en el periodo de 3 años, con el 5 % anuales, a las iglesias o personas que por ella fuere.