Francisco Hernández de la Higuera, dueño del ingenio Nuestra Señora de la Concepción, en esta provincia, como principal deudor, y Andrés Pérez de la Higuera, dueño del Ingenio La Santísima Trinidad, como su fiador, dieron su poder cumplido a Don Juan Ochoa de Lejalde y Reynoso y al Lic. Alonso Díaz de Herrera, vecinos de la ciudad de Los Angeles, y a Juan de Castillete, vecino de México, para que representando sus personas puedan comprar oro y plata labradas o por labrar en la cantidad de pesos que les pareciere ser necesario, y una vez hecha barata y salida de ellos, quede de lo procedido horros de daños y costas hasta la cantidad de 10, 000 pesos de oro común.
Andrés Pérez de la Higuera, dueño del Ingenio La Santísima Trinidad, dio su poder cumplido a Juan de Castillete, su primo, vecino de la ciudad de México, generalmente para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, y para que pueda recibir y cobrar cualesquiera pesos de oro, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones, y otros bienes que le deban en esta Nueva España.
Tomás de Soto, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a Francisco Luis de la misma vecindad, para que representado por su persona y a su dita y crédito, pueda comprar oro y plata labrada o por labrar, pipas de vino, cacao, y otro cualquier género; y una vez vendidos, queden horros de costas y daños hasta 400 pesos de oro común, los cuales haya para sí a cuenta de lo que se debe.
Andrés Pérez de la Higuera, dueño del Ingenio La Santísima Trinidad, como principal, y su hermano Francisco Hernández de la Higuera, como su fiador, dieron su poder cumplido a su madre Doña María González de Amarilla, y a su primo, Juan de Castillete, vecino de la ciudad de México, para que en sus nombres y a su dita de crédito, compren oro y plata labrada o por labrar que les pareciere; y una vez vendido, queden horros de daños y costas, hasta la cantidad de 10,000 pesos de oro común.
Andrés Pérez de la Higuera, residente en su ingenio La Trinidad, dio poder cumplido a José Ortiz de Avilés, vecino de Los Angeles, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre oro o plata labrada o por labrar; y una vez vendido, queden de su procedido, horros de daños y costas, hasta la cantidad de 2500 pesos de oro común.
Francisco Pérez Romero, dueño de su ingenio de azúcar nombrado Nuestra Señora del Socorro, en esta provincia, dio su poder cumplido a Baltazar Vázquez de Herrera, residente en la ciudad de México, y a Cristóbal de Lozana Salazar, vecino de Jalapa, para que representando su persona y a su dita y crédito, compren de cualquier persona la cantidad de oro o plata labrada o por labrar; que les pareciere necesario; y una vez vendido, queden horros de todas costas y daños, hasta 460 pesos de oro común, los cuales tome para sí el dicho Baltazar Vázquez de Herrera a cuenta y pago de 860 pesos de oro común que debía del plazo pasado; más 400 pesos en reales que dio a Cristóbal de Salazar, personero del susodicho, le pagó todo lo corrido.
Francisco Hernández de la Higuera, residente en su ingenio nombrado Nuestra Señora de la Concepción, jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido a su primo Juan de Castillete, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que le pareciere necesario; y una vez hecho barata y salida de ello, queden horros de todas costas y daños, hasta 8000 pesos de oro común, de los cuales haga y disponga, según le tiene tratado.
Andrés Pérez de la Higuera, residente en su ingenio nombrado La Santísima Trinidad, dio su poder cumplido a Pedro de Gracia, vecino de Los Angeles, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que le pareciere necesario ; y una vez hecho barata y salida de ello, queden horros de todas costas y daños, hasta 4000 pesos de oro común, de los cuales haga y disponga, según le tiene tratado.
El Capitán Roque Gutiérrez de Ceballos, residente en su ingenio de azúcar, en esta provincia, dio su poder cumplido a Antonio de Goitia, vecino de Los Angeles, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que le pareciere convenir; y una vez hecho barata y salida de ello, queden horros de todas costas y daños, hasta 1 000 pesos de oro común, de los cuales haga y disponga, según le tiene tratado.
María de la Cruz de Villanueva, mujer legítima de Tomás de Soto, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a su esposo para que la pueda obligar como su fiadora y principal pagadora, por la cantidad de pesos de oro que debe y debiere a Pedro López Borricón, vecino de la ciudad de México, otorgando la escritura o escrituras de obligación que le fueren pedidas.