Andrés Pérez de la Higuera, residente en su ingenio nombrado La Santísima Trinidad, jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido al Lic. Alonso Díaz de Herrera, vecino de Los Ángeles, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que le pareciere convenir; y una vez vendido de contado, y hecho barata y salido de ello, queden horros de todas costas y daños, 5 355 pesos de oro común, con los cuales se ha de hacer pago de otros tantos que le debe.
El Doctor Diego Fernández del Hierro, beneficiado del partido de Tlacolulan, dio su poder cumplido a su sobrino Juan Fernández del Hierro y al Lic. Antonio de Acosta, presbítero, residente en esta provincia de Jalapa, de mancomún y a cualquiera de ellos in solidum, para que en su nombre y como heredero y albacea testamentario que quedó de Pedro Antonio Buco, muerto en la nueva ciudad de Veracruz, parezcan ante las justicias de Su Majestad, presenten el testamento y codicilio, y cobren todos los bienes que hubiere dejado.
Francisco de Ortega, residente en la Venta de Los Naranjos, jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido a su esposa, María de Rosas, y a Juan Rodríguez de Espinosa, y a cualquiera de ellos in solidum, para que en su nombre y a su dita y crédito, compren la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que les pareciere convenir, y una vez vendido de contado, queden horros de todas costas y daños, 200 pesos de oro común, de los cuales hagan lo que les tiene comunicado
Manuel Rodríguez de Maya, vecino de Jalapa, dueño de sus recuas, dio su poder cumplido a su hijo Gonzalo de Córdoba, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre la cantidad de oro o plata labrada o por labrar, u otro género de mercaderías que le pareciere, y una vez vendido, hecho barata y salida de ello queden horros de todas costas y daños, 360 pesos de oro común, con los cuales pague a Don Pedro Sarmiento una escritura de obligación que le tiene hecha.
Manuel Rodríguez de Maya, vecino de Jalapa, dueño de sus recuas, dio su poder cumplido a su hijo Gonzalo de Córdoba, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre de la persona que hallare, la cantidad de oro o plata labrada o por labrar, que le pareciere convenir, y una vez vendido de contado, queden libres 600 pesos de oro común, con los cuales ha de pagar a Juan de Uribe, vecino de la ciudad de México, una escritura que le debe.
Andrés Pérez de la Higuera y su hermano Francisco Hernández de la Higuera, residentes en sus ingenios, en esta jurisdicción, juntos de mancomún y cada uno de por sí in solidum, dieron su poder cumplido al Capitán Manuel González y al Lic. Alonso Díaz de Herrera, vecinos de Los Ángeles, para que en sus nombres y a su dita y crédito, compren la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que les pareciere convenir; y una vez vendido de contado, queden horros de todas costas y daños, 3, 125 de oro común, con los cuales se ha de hacer pago el Capitán Manuel González, de los pesos de oro que Don Andrés Pérez de la Higuera le debe.
Andrés Pérez de la Higuera, residente en su ingenio nombrado La Santísima Trinidad, jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido a Bartolomé Buzoni [Bartolomé Buzón], vecino y encomendero de la nueva ciudad de Veracruz, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre la cantidad de oro o plata labrada o por labrar, mercaderías de Castilla y de la tierra, pipas de vino, cacao, u otro cualquier género que le pareciere; y una vez hecho barata y salida de ello, vendiéndolo de contado, queden horros de todas costas y daños, 1 000 pesos de oro común, de los cuales haga y distribuya, según le avisare.
Andrés Pérez de la Higuera, residente en su ingenio, nombrado La Santísima Trinidad, jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido a Pedro de Gracia, y a Pedro de Miranda[Pedro Miranda], mercaderes de Los Ángeles, a los dos juntos y a cualquiera de ellos in solidum, para que en su nombre y a su dita y crédito, compren la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que les pareciere; y una vez vendido de contado, queden horros de todas costas y daños, 700 pesos de oro común, de los cuales hagan, según les avisare.
Francisco Luis, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a Pedro Rodríguez, vecino y encomendero de la nueva ciudad de Veracruz, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre la cantidad de oro o plata labrada o por labrar, pipas de vino, cacao, mercaderías de la tierra y de Castilla, u otro cualquier género de géneros; y una vez vendidos de contado, queden horros de todas costas y daños, 1 000 pesos de oro común, con los cuales se haga pago por otros tantos que le debía a Juan González, difunto, de quien es albacea.
Domingo Díaz, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Jorge Rodríguez o a Pedro González Hurtado, 300 pesos de oro común que quedó debiendo Beatriz de Campos, para fin del mes de abril de 1619, puestos en la nueva ciudad de Veracruz o en este pueblo de Jalapa.