Juan [de] [Balderas], se obliga con Juan de Butrón, de llevar al puerto de San Juan de Ulúa, 90 quintales de harina,pagándole 4 pesos de oro común.
Francisco Hernández, arriero, se obliga de pagar a Hernán Vázquez, tratante en el río de Alvarado, 190 pesos de oro común, los cuales son por razón de cinco mulas.
[Juan Blanco], otorga poder a Roque Álvarez, para que pueda vender, hasta la cantidad de 1000 chivatos, a las personas y a los precios que le parecieren.
Pedro Juárez, arriero, se obliga de pagar a [Salvador] López, 66 pesos de oro común.\n\n\n
Juan Gutiérrez de Villaparte, otorga poder a Francisco Velasco para cobro de dinero de los bienes de Gómez González de la Borbolla.
Pedro [Zaro], estante en el pueblo de Orizaba, se obliga de pagar a Francisco de [Oliveros], y a Juan Blanco [39] pesos de oro común de resto y fenecimiento de cuentas entre él y los susodichos.
Francisco de Velasco se obliga de dar y pagar a Diego González, 163 pesos de oro común, los cuales declaró deberle del resto de un año que el susodicho le sirvió de pastor en su hacienda.
Carta de dote y arras que María de Oliveros y Luis de Oliveros, Clérigo beneficiado del pueblo de Tequila, otorgan a Inés de Oliveros, para que tenga con que sustentar las cargas del matrimonio que contrae con Juan Blanco.
Rodrigo de Vivero recibió de Gutierre Diez de Miranda, Juez Ejecutivo de la Real Hacienda de Su Majestad, 1 580 pesos de oro común, que se obliga a entregar al señor Lope de Miranda, del Consejo de Su Majestad, a Domingo de Baquio o a Pedro Núñez de Prado, de la ciudad de México, cantidad que éstos entregarán a la caja de Su Majestad. \n\n\n
Juan López se obliga a dar y pagar a [Francisco] de Oliveros, 80 pesos de oro común, los cuales son por razón de un caballo bayo. \n\n\n