Don Felipe Nicolás de Acosta, vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de los difuntos Sargento don José de Acosta y doña Josefa Lagunas, junto con doña María Gertrudis Lagunas, vecina de este pueblo, hija legítima de don Felipe Lagunas y doña Josefa de Meza, se otorgan poder para testar y nombramiento de albaceas, en compañía de don Miguel Pérez, vecino de este pueblo y Antonio de Acosta, hijo legítimo del primer matrimonio del citado Felipe de Acosta y como herederos, el citado Acosta nombra a sus hijos del primer matrimonio con la viuda Gertrudis García, los cuales son además de Antonio, Micaela, María, Antonia y José, y la citada María Lagunas, viuda del primer matrimonio con Juan de Oliva, a Norberto, hijo de dicho primer matrimonio.
Josefa Lagunes, vecina del pueblo de Jalapa, viuda y heredera de Mateo José Viveros, vende a José Luciano Pérez, vecino de este pueblo, una casa de palos y cubierta de tejas, junto con su solar que mide 43 varas de frente y 43 varas y 3 cuartas de fondo, linda al oriente con solar de Lucas de Campos, al norte con solar de Modesto Viveros, al poniente con la calle que sale al campo y al sur con solar de Miguel Viveros, al precio de 40 pesos.
Bernabela Antonia Montiel, viuda de Pedro Godínez, vecina del pueblo de Jalapa, vende a don Manuel José Velad, vecino de este pueblo, una casa de paredes y cubierta de tejas, misma que se le adjudicó en la repartición de los bienes heredados de su difunto padre Pedro Montiel, dicha casa mide 13 varas y tercia de frente y 26 varas y media de fondo, linda al oriente con casas del Capitán don José Robledano y calle que sube al Calvario, al norte con casas de don Domingo Díaz Mier, al poniente con casas de la que vende y al sur con casa de Polonia de la Cueva, al precio de 490 pesos.
Don Alonso González, vecino del pueblo de Jalapa, solicitó a Juan Romero de Acosta, vecino de este pueblo, le comprara su recua, por lo que recibió de manos de don Miguel Ponce, la cantidad de 265 pesos, mismos que se da por entregados y otorga recibo de dicha venta a favor del citado Juan.
El Capitán don Juan Ricardo Grant de Guzmán, natural de Irlanda y vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de los difuntos don Esteban Grant de Guzmán y doña Anastasia Luet, viudo de doña María del Rosario Ravelo, vecina de Cuba, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a su hijo el Licenciado don Nicolás Ricardo Grant de Guzmán, Clérigo Presbítero, Domiciliado de este Obispado de Puebla, y como herederos señala a sus hijos Nicolás y a José de Guzmán.
Don Matías de la Mora Castañeda, vecino del pueblo de Jalapa, solicita la cancelación de una escritura, por la cantidad de 237 pesos, los cuales ha recibido de don Carlos José de Montes.
Don Pedro de Parraga Robledano, el Licenciado don Bartolomé Martínez de Mora, Clérigo Presbítero Domiciliado de este Obispado de Puebla y el Capitán don Manuel de Olmedo, vecinos del pueblo de Jalapa, albaceas del difunto Capitán don José Robledano de Cardeña, otorgan que fundan una capellanía por orden de dicho difunto, la cual dotan con 4 000 pesos de principal que ha recibido don Vicente de Rementería como apoderado de los albaceas de don Juan de Rementería, quien los recibió en plata doble y los ha cargado sobre unas casas a censo redimible, obligándose a pagar al capellán que fuere 200 pesos anuales. Nombran como primer capellán al Bachiller don Manuel de Olmedo y Araciel, por la renuncia hecha de don Bartolomé Martínez de Mora al citado cargo.
Don Pedro de Parraga Robledano, el Licenciado don Bartolomé Martínez de Mora, Clérigo Presbítero, Domiciliado de este Obispado de Puebla y el Capitán don Manuel de Olmedo, vecinos del pueblo de Jalapa, albaceas del difunto Capitán don José Robledano de Cardeña, otorgan poder especial a don Juan García de León, Procurador de la Audiencia Eclesiástica y vecino de la Ciudad de Puebla, para que pida la fundación, administración, nombramiento de capellanes y los 4, 000 pesos de bienes eclesiásticos de la capellanía fundada por los citados albaceas.
Don José Antonio de Sierra, vecino de la Ciudad de Tepeaca y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Cristóbal González, vecino de dicha ciudad, para que venda una casa de piedra, lodo y cubierta de azotea, ubicada en la Calle de San Francisco de Paula, en el precio y al comprador que se ajuste.
Doña María Nicasia Meléndez, viuda y albacea de Ignacio de Zárate, dijo que Diego Rodríguez, vecino de los Reinos de Castilla, dejo por sus albaceas a dicho su marido y a don Manuel García Cosío y habiendo fallecido su marido dejo un poder para testar en el que dejo como albacea a la otorgante y a don Manuel García Cosío, y habiendo defraudado dicho García Cosío mucha parte de sus bienes y por no haber dado cuenta de la herencia ultramarina del difunto Diego Rodríguez, otorga poder especial a don José Antonio de Acosta, Justicia Mayor de esta jurisdicción, junto con don Fernando Butrón y Mojica, don Gregorio Rodríguez Toral y don Felipe Antonio de la Peña, Escribano Real, vecinos de la Ciudad de México, para que la defiendan de los fraudes, que el citado Manuel García Cosío realizó con el testamento de su difunto esposo.