Antonio Rosales, pardo libre, residente en esta jurisdicción, se obliga a pagar a Francisco Rodríguez [de Olmedo], vecino de esta villa, 55 pesos y 4 reales de oro común, cantidad que Rodríguez se obligó a pagar en su nombre al Regidor Joseph [José] de Leiva. Los 50 pesos para sacarlo de la cárcel de esta villa y los 5 pesos y medio restante en cumplimiento a toda la cantidad del carcelaje y costas de su prisión. Como paga se obliga a servir a Francisco Rodríguez [de Olmedo] en el trapiche que tiene en esta jurisdicción a razón de 5 pesos y medio mensuales.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALFrancisco de Aguilar, vecino de esta villa de Córdoba y regidor en ella por Su Majestad, dijo que por diecisiete años más o menos, ha servido dicho oficio y ateniéndose a que se halla viejo y con enfermedades que le impiden el cumplimiento de su obligación, renuncia y traspasa su oficio de regidor en su hijo Francisco de Aguilar, de treinta años de edad poco más o menos, quien tiene las calidades que para el uso de dicho oficio se requieren.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALNicolás de Figueroa, vecino y labrador de la jurisdicción de San Andrés Chalchicomula, provincia de Tepeaca, dueño de tierras y criador de ganado menor en la provincia de San Antonio Guatusco [Huatusco], otorga poder a [roto] [Arévalo] [roto] para que en su nombre cobre todo lo que le deban, asimismo, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL[Baltazar] González [de Velilla Blanco] por la presente recibe 400 pesos de oro común, principal de una capellanía de misas rezadas que actualmente sirve el Licenciado don Joseph [José] Rodríguez de la Peña, Clérigo Presbítero, vecino de esta villa, por el alma de María de la Concepción, difunta, cuya cantidad se obliga a tener [roto] por tiempo de tres años y pagar los réditos correspondientes.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALDoña María de Brito [Lomelín], viuda del Capitán don Tomás López de Sagade, vecino que fue de esta villa, como albacea testamentaria nombrada en su testamento con fecha de 20 de mayo de 1683, por la presente realizan el inventario de los bienes que quedaron por fin y muerte de su marido, entre los que destacan una casa con dos divisiones, de un lado un aposento y del otro un [aposento] que divide la tienda que está en la esquina; varios aposentos, entre ellos uno que sirve de panadería, una caballeriza y un horno de pan. Otra casa de altos labrada de piedra y cal, cubierta de teja, en esta villa. Una hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, nombrada San José Suchiatl. Varios libros intitulados la Política de Bobadilla en 2 tomos; Espejo del buen soldado; Política y mecánico militar; Resumen de la verdadera destreza; y un libro de comedias, entre otros bienes que se mencionan.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALDomingo Antonio Gómez, Escribano de Su Majestad y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder a Alonso Gómez Dávila, su hijo, vecino de esta villa, para que en su nombre compre de fiado dos negras y un negro del armazón que está en el pueblo de Orizaba a cargo del Factor Capitán Juan de la Carra, obligándolo a la paga y satisfacción del precio en que los comprare. Y para seguro de la deuda hipoteque los tres esclavos y la hacienda de trapiche que tiene en esta jurisdicción, declarando estar gravada con 640 pesos de censo principal.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALJoseph [José] de Leiva, Regidor perpetuo de esta villa de Córdoba, y doña Josepha [Josefa] García de Miranda, viuda de Joseph [José] de Olivera, dijeron que la susodicha tiene ordenado a su sobrino Juan García de Miranda, vecino de esta villa, comprar al fiado diez piezas de esclavos de la armazón de negros bozales que está en el pueblo de Orizaba a cargo del Factor Capitán Juan de la Carra. Por lo tanto, le otorga poder a su sobrino para que compre las diez piezas de esclavos por tiempo de dos años y por el precio que le parezca, asimismo, para que obligue a la susodicha como principal pagadora y al regidor como su fiador, con hipoteca de un trapiche de hacer azúcar que tiene en esta jurisdicción.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEl Bachiller Nicolás Díaz, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino del pueblo de Orizaba, como principal deudor y obligado, y Juan de los Santos Cubillos, [vecino] de esta villa de Córdoba, como su fiador, se obliga a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles y a su mayordomo de la Masa General la cantidad de 263 pesos 1 real y [roto] granos de oro común, que dicho bachiller está debiendo a la Santa Iglesia procedidos de la administración de los diezmos del pueblo y jurisdicción de Orizaba que estuvo a su cargo.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEl Capitán Joseph [José] Rodríguez Ramos, vecino del pueblo de San Juan Quescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de San Antonio Guatuzco [Huatusco], se obliga a pagar a Francisco de Cortaza, vecino del pueblo de Tentiyuca [Tantoyuca], provincia de Pánuco, 2 316 pesos de oro común y a su hermano Francisco de Sosa, vecino de dicho pueblo, 1 096 pesos de oro común, cantidades que les resta debiendo de 4 000 pesos que importó el precio de doscientas cincuenta mulas cerreras que les compró en los ejidos de esta villa a precio de 16 pesos cada una, cantidad que se obliga a pagar a finales del mes de julio del año 1687 en la ciudad de los Ángeles. Asimismo, se obliga a pagar a Su Majestad y al señor alcalde mayor de esta villa en su real nombre, 240 pesos de oro común correspondientes a la Real Alcabala.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEl Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto Juan Caballero, residente en esta dicha villa, entregó a Juan Lanceta Osorio, vecino de la misma, unos ornamentos y otras cosas de cuenta de [roto] Margarita Núñez Chacón, vecina de Cádiz, para que los vendiese, de cuya entrega le otorgó escritura de obligación en fecha 19 de septiembre de 1684. Al presente dicho Juan Caballero presentó concierto para que Juan Lanceta declare la cantidad de pesos en que vendió dichos ornamentos y lienzos y se retuviese en la cárcel. Por lo que Juan Lanceta declaró ante el Alcalde Mayor que vendió los ornamentos en 440 pesos y los dos lienzos de pintura en 16 pesos, que ambas partidas importaron 556 pesos, por los cuales está preso. Reconociendo dicho Joseph [José] Blanco la imposibilidad en la que Juan Lanceta Osorio se halla y no teniendo bienes para la paga, se ofrece como fiador de dicha cantidad para pagar al citado Juan Caballero dentro de un año.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL